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05/Nov/07 10:30
IMSS TABASCO

Hola,

Se ha manejado en algunos medios informales que posiblemente habrá algún tipo de estimulo o excención de impuestos a consecuencia de la tragedia acurrida en días recientes en el estado de Tabasco, sin embargo no he encontrado nada oficial ¿Alguien sabe si hay comunicados oficiales de parte del IMSS, INFONAVIT o SHCP?

Gracias
 
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GOMEZHM
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05/Nov/07 10:36
Re: IMSS TABASCO

TODA FACILIDAD OTORGADA EN CASOS DE DESASTRE NATURALES COMO EN EL CASO DE TABASCO, TIENE QUE SER PUBLICADO EN EL D.O.F., POR ENDE TIENES QUE ESTAR AL PENDIENTE DE LAS PUBLICACIONES EN EL DOF

www.dof.gob.mx
 
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lcruizuscanga
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05/Nov/07 20:05
Re: IMSS TABASCO

:| Buenas noches. Es evidente que esta ayuda vendrá para los pocos patrones que realmente hayan quedado en pie en Tabajco. Ojalá no se olviden de Chiapas y que los comunicados salgan antes del 20 de nov (imss e infamevit, x ejemplo)

El Lic.
 
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pepesoto
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06/Nov/07 15:50
Re: IMSS TABASCO

gracias, si encuentro algo les informo.

Saludos.
 
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GOMEZHM
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07/Nov/07 8:49
Re: IMSS TABASCO

[color=blue:254c84646f]AQUI HAY ALGUNAS FACILIDADES PARA TABASCO Y CHIAPAS[/color:254c84646f]

Decreto que otorga facilidades para diferimiento de impuestos en zonas afectadas.

Categoría: Fiscal
Fecha de Publicación: Miércoles 07 de noviembre, 2007




Derivado de las recientes lluvias que afectaron regiones de los estados de Chiapas y Tabasco, y considerando que las consecuencias de las inundaciones en las poblaciones urbanas y rurales de los Estados de Chiapas y Tabasco no serán transitorias, el Ejecutivo ha estimado necesario otorgar diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las áreas geográficas afectadas, que ayuden a la restauración de los daños y a la reactivación de la actividad económica.

Por lo anterior, con fecha 7 de noviembre de 2007, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan los beneficios fiscales que se mencionan, a los contribuyentes de las zonas afectadas por las precipitaciones pluviales ocurridas en los estados de Chiapas y Tabasco, cuyo contenido se comenta a continuación.

Beneficio en pagos provisionales y anual de ISR
Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) a las personas morales y a las personas físicas con actividad empresarial, profesional y arrendamiento, correspondientes a los períodos mencionados a continuación, según les corresponda:

Los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007
Cuarto trimestre de 2007
Tercer cuatrimestre de 2007
Segundo semestre de 2007
Los meses de enero a junio de 2008
Primero y segundo trimestre de 2008
Primero y segundo cuatrimestre de 2008
Primer semestre de 2008
Este beneficio aplicará siempre que el domicilio o establecimiento del contribuyente se encuentre en las zonas afectadas, y por los ingresos que correspondan a esas locaciones.

Además, estos contribuyentes podrán pagar el ISR del ejercicio 2007 en el número de parcialidades que corresponda al número de meses contenidos en el periodo comprendido desde el mes en el que se deba presentar la declaración del ejercicio y hasta el mes de diciembre de 2008.

Beneficio en pagos definitivos de ISR e IVA para el REPECO
Se exime de la obligación de efectuar pagos definitivos del ISR y del Impuesto al valor Agregado (IVA), correspondientes al quinto y sexto bimestres de 2007 y primero, segundo y tercero de 2008, a las personas que tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECO), que tengan su domicilio o establecimiento en las zonas afectadas, siempre que los ingresos correspondan a dichas locaciones.

Deducción inmediata de inversiones
Se permite a los contribuyentes con domicilio o establecimiento en la zonas afectadas, deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo por las que proceda aplicar el artículo 220 de la Ley del ISR, realizadas en las zonas afectadas entre el 1 de octubre de 2007 y el 30 de junio de 2008, en el ejercicio en el que adquieran dichos bienes, aplicando el 100% sobre el monto original de la inversión, y siempre que dichos activos se utilicen exclusiva y permanentemente en las zonas afectadas.

Diferimiento de entero de retenciones de ISR por salarios
Quienes efectúen pagos por salarios, excepto los asimilados a salarios, que tengan su domicilio fiscal o establecimiento en las zonas afectadas, podrán diferir el entero de las retenciones del ISR correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre, de 2007, siempre que el servicio se preste en dichas zonas.

Las retenciones deberán enterarse en el 2008, en 11 parcialidades mensuales y sucesivas.

Beneficio en pagos provisionales y anual de IA
Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto al Activo (IA), correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007, a los contribuyentes con domicilio o establecimiento en las zonas afectadas, respecto de los activos ubicados en dichas zonas.

El IA del ejercicio 2007 podrá se pagado en el número de parcialidades que corresponda al número de meses contenidos en el periodo comprendido desde el mes en el que se deba presentar la declaración del ejercicio y hasta el mes de diciembre de 2008.

Beneficio en pagos provisionales de IETU en 2008
Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), correspondiente a los meses de enero a junio de 2008, por los ingresos provenientes de las actividades que correspondan a su domicilio fiscal o establecimiento ubicado en las zonas afectadas.

Diferimiento de IVA e IEPS
Los contribuyentes con domicilio o establecimiento en las zonas afectadas podrán diferir el pago definitivo del IVA y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, de 2007, por los actos o actividades que correspondan a su domicilio fiscal o establecimiento en dichas zonas, debiendo enterarlos en el año de 2008 en 11 parcialidades mensuales y sucesivas.

Beneficio para contribuyentes con autorización para pago en parcialidades
Quienes con anterioridad al 1 de octubre de 2007 cuenten con autorización para efectuar el pago a plazos de contribuciones y que tengan su domicilio fiscal en las zonas afectadas, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al mes de octubre de 2007 y subsecuentes, reanudando en los mismos términos y condiciones autorizadas, el programa de pagos de dichas parcialidades a partir del mes de enero de 2008, sin que se considere que las parcialidades no fueron cubiertas oportunamente.

Aplicación a todos los pagos provisionales y definitivos
Los beneficios deberán aplicarse todos los pagos provisionales o mensuales a que se refiere el decreto, que se encuentren pendientes de efectuar a la fecha de su entrada en vigor, correspondientes al periodo de octubre a diciembre de 2007.

Requisitos para aplicación de beneficios
Para aplicar estos beneficios los contribuyentes deben presentar la declaración anual 2007 del ISR e IA, dentro del plazo correspondiente.

Quienes efectúen el pago en parcialidades en los términos del Decreto no estarán obligados a garantizar el interés fiscal; sin embargo, de no pagar dos o más parcialidades, sucesivas o no, se considerarán revocados los beneficios

La aplicación de estos beneficios no dará lugar a devolución o compensación alguna.

La administración pública no gozará de estos beneficios.

El SAT emitirá reglas para la debida aplicación de estas disposiciones.

Definición de zona afectada
Se consideran zonas afectadas:

Estado de Chiapas: los municipios de Bochil, Chicoasén, Coapilla, Copainalá, Chapultenango, Huitiupán, Ixhuatán, Ixtacomitán, Ixtapangajoya, Juárez, Ostuacán, Pantepec, Pichucalco, Pueblo Nuevo Solistahuacán, Rayón, Reforma, Sabanilla, Simojovel, Solosuchiapa, Tapalapa, Tapilula y Tecpatán,
Estado de Tabasco: los municipios de Balancán, Cárdenas, Centla, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez, Jonuta, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Tacotalpa, Teapa y Tenosique.
Vigencia
Este decreto entra en vigor el 8 de noviembre, 2007.

Texto original
Para la aplicación de estos beneficios se suigiere consultar el texto original del decreto el cual está disponible en el módulo Legislación de Fiscalia.
 
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lcruizuscanga
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07/Nov/07 16:42
Re: IMSS TABASCO

Oficialmente para el IMSS, no hay nada, pero no dudes que si saldra.

Mientras Tanto el director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Víctor Borrás Setién, señaló que el organismo pondrá en marcha un programa de apoyo a los miles de acreditados en Tabasco y para las empresas que están obligadas a enterar aportaciones del 5% por los trabajadores a su servicio cada bimestre, en las condiciones siguientes:

• A los acreditados se les hará efectivo el seguro de daños materiales por catástrofes naturales hasta por un máximo de 250,000 pesos, cuando la situación de emergencia pase, se realizarán brigadas para evaluar los daños en cada casa y realizar el pago directo a cada persona, quedando bajo su responsabilidad la reparación. El seguro cubre daños a la casa en cuanto a vidrios, puertas, paredes, estructura, pisos, pintura, etcétera, pero no las pérdidas en mobiliario y aparatos electrodomésticos.

• Para las empresas se está evaluando posponer el pago de los siguientes tres bimestres.
 
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aruiz
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07/Nov/07 19:56
Re: IMSS TABASCO

[quote:f027395bcc="aruiz"]Oficialmente para el IMSS, no hay nada....[/quote:f027395bcc]
:? Buenas noches. Administrativamente ya sabemos que el imss es peor que una tortuga para responder ante estas eventualidades.

, pero no dudes que si saldra.
Ojalá.


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12/Nov/07 12:05
Re: IMSS TABASCO

El dia de ayer se publico ya un comunicado (No. 428) del IMSS a traves de la coordinacion de comunicacion social de la dependencia, donde dice a la letra:

EL IMSS APOYARÁ A LAS EMPRESAS Y PATRONES DE TABASCO PARA EL PAGO DE CUOTAS: JMH

- Ningún trabajador del IMSS en la entidad ha dejado de cobrar su quincena.
- Se restableció la operación médica fundamental de la Institución de manera rápida y eficiente en aquel estado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respondió con energía y de manera ejemplar a la emergencia en Villahermosa, Tabasco; al restablecer de manera rápida y muy eficiente su operación fundamental, afirmó el director general Juan Molinar Horcasitas.

En gira de trabajo por el estado de Morelos, dijo que en Tabasco se han recuperado dos tercios del nivel de operación hospitalaria del Seguro Social, y puntualizó que se está trabajando para que se restablezca la capacidad operativa en su totalidad.

http://www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/IMSS_06/prensa/prensa.htm
 
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aruiz
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12/Nov/07 12:19
Re: IMSS TABASCO

[quote:22a930e954="aruiz"]El dia de ayer se publico ya un comunicado (No. 428) del IMSS a traves de la coordinacion de comunicacion social de la dependencia, donde dice a la letra:

EL IMSS APOYARÁ A LAS EMPRESAS Y PATRONES DE TABASCO PARA EL PAGO DE CUOTAS: JMH[/b:22a930e954]

- Ningún trabajador del IMSS en la entidad ha dejado de cobrar su quincena. [b:22a930e954][color=red:22a930e954]LAMENTABLEMENTE LOS DEL SECTOR PRIVADO NO HAN DE ESTAR CORRIENDO CON LA MISMA SUERTE....[/color:22a930e954]
- Se restableció la operación médica fundamental de la Institución de manera rápida y eficiente en aquel estado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respondió con energía y de manera ejemplar a la emergencia en Villahermosa, Tabasco; al restablecer de manera rápida y muy eficiente su operación fundamental, afirmó el director general Juan Molinar Horcasitas.

En gira de trabajo por el estado de Morelos, dijo que en Tabasco se han recuperado dos tercios del nivel de operación hospitalaria del Seguro Social, y puntualizó que se está trabajando para que se restablezca la capacidad operativa en su totalidad.

http://www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS_SITIOS/IMSS_06/prensa/prensa.htm[/quote:22a930e954]
 
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lcruizuscanga
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12/Nov/07 12:50
Re: IMSS TABASCO

Tienes razon lcruizuscanga, lamentablemente las afectaciones a la iniciativa privada son fuertisimas y los apoyos de los programas de GOBIERNO, en ocasiones no llegan a todos al 100%
 
Alejandro Gamborino
 
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