Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de Emprendedorfiscal

Autor Mensaje
Tópico: requerimiento ya con accesorios,multa.g.ejecucion
Emprendedorfiscal

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2007 Asunto: Re: requerimiento ya con accesorios,multa.g.ejecucion
[quote:35707c8020="tiamala"]Gracias. es un permiso de funcionamiento. Si procede según la ley hacendaria del edo. de Durango. Pero segun el 38 de cff. y el 16 de la constitucion . pues no es la forma de cobrar! Ya arregle un descuento, pero pues les digo que incluso los descuentos tienen sus lineamientos. Y me dicen: Pues como no hay lineamientos no hay descuentos :x Que cosas! Pero Gracias.... Yo nada mas digo que le pasa al municipio? Pues que no completa para pagar nominas ficticias! ¿¿Ya checaste la legislación de tu Etado?? Generalmente las licencias de funcionamiento se expiden sin costo, pero, el municipio, para allegarse los recursos, en el recibo correspondiente anota otro concepto.. por ejemplo... servicio de limpia. Saludos.[/quote:35707c8020]
Tópico: COMISIONES POR CHEQUE REBOTADO
Emprendedorfiscal

Mensajes: 28
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2007 Asunto:
[quote:90c70b751c="mirnalcantu"]En mi opinion una comision por cheque devuelto, seria deducible por la simple razon de que ese gastos seria para cubrir una orden de pago, pero que resulto con insuficiencia de fondos... La indemnizacion a que se refiere del pago del 20% sobre el valor emitido en el cheque devuelto seria para el beneficiario y no para el banco.... El banco cobra esa comision por "trabajar y no equvocarse" pues podria pagar ese cheque sin fondos. Para hacerse no deducible de manera definitiva habria que determinarse la conducta delitiva de defraudacion. Y sin un juicio de por medio no habria tal afirmacion todavia. Mientras no se pruebe que ese acto es fradulento y seria inapropiado PRESUPONER un gasto inherente como NO DEDUCIBLE, SOLO POR PRESUPOSIONES.... Si algun beneficiario se vio perjudicado por el cheque devuelto, el podria reclamar una indemnizacion por ese cheque, mas el valor de su cheque... por este valor de indemnizacion SI SERIA NO DEDUCIBLE. puesto que no habria justificacion para realizar una erogacion por indemnizacion, puesto que seria como una multa y no seria estrictamente indispensable para los fines del negocio El banco cobra comisiones, debido a que se realiza un contrato por el manejo de una cuenta bancaria y por los diferentes servicios que preste esa institucion de manera inherente a esa cuenta Saludos[/quote:90c70b751c] MUCHA PALABRERIA PERO NULO FUNDAMENTO LEGAL..¿¿¿DESESPERATED WIFE???
Tópico: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 31
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2007 Asunto: Re: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
[quote:719154c281="pepesoto"]:( Buenas noches. Lo Peligroso del manejo de los trabajadores "asimilados" es que es una imposicion por parte del patron. A la larga, el trabajador verá que no le conviene aunque le paguen $$ bien al principio. Por experiencia, esta relacion no funciona y termina por romperse por el hilo más delgado: La demanda laboral. Sobre aviso no hay engaño. El Lic.[/quote:719154c281] ES UNA GRAN VERDAD
Tópico: Ayuda por favor
Emprendedorfiscal

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: Ayuda por favor
Yo veo aqui dos cosas: Primero que nada, que a esta persona le faltó la asesoria suficiente para que, recien haberse quedado sin empleo, acercarse al Infonoavit y solicitar una prorroga. Por otra parte, creo poco factible que en nueve meses transcurridos, esta perosona no haya obtenido un empleo. Quiero pensar que si lo obtuvo pero no como asalariado, lo cual le impidió al Infonavit localizarlo. Coincido con pepesoto de que el Infonavit no es tan arbitrario, ya que, finalmente, su función es de tipo social y no económica. Sin embargo, si el trabajador no da la cara, se activa el procedimiento tendiente a recuperar la vivienda. De ahí que es indispensable que el trabajador se haga presente y acuda a la oficina del INfonavit que le corresponda y manifieste su intencion de conservar la vivienda asi como los motivos que le obligaron a no cumplir cons sus amorticaciones del crédito. Repruebo totalmente los comentarios de [color=red][b:cfbade1a72]mirnalcantu[/b:cfbade1a72] ya que no aportan/color] una solución al caso y si vierten un dejo de amargura. Dice mucho, pero no fundamenta nada. Tal parece que se trata de un tipo que se denomina "Huracan", que actua en otro foro, solo para desgraciar al projimo.
Tópico: Ayuda por favor
Emprendedorfiscal

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: Ayuda por favor
Yo veo aqui dos cosas: Primero que nada, que a esta persona le faltó la asesoria suficiente para que, recien haberse quedado sin empleo, acercarse al Infonoavit y solicitar una prorroga. Por otra parte, creo poco factible que en nueve meses transcurridos, esta perosona no haya obtenido un empleo. Quiero pensar que si lo obtuvo pero no como asalariado, lo cual le impidió al Infonavit localizarlo. Coincido con pepesoto de que el Infonavit no es tan arbitrario, ya que, finalmente, su función es de tipo social y no económica. Sin embargo, si el trabajador no da la cara, se activa el procedimiento tendiente a recuperar la vivienda. De ahí que es indispensable que el trabajador se haga presente y acuda a la oficina del INfonavit que le corresponda y manifieste su intencion de conservar la vivienda asi como los motivos que le obligaron a no cumplir cons sus amorticaciones del crédito. Repruebo totalmente los comentarios de [color=red][b:50f5ac6427]mirnalcantu[/b:50f5ac6427] ya que no aportan/color] una solución al caso y si vierten un dejo de amargura. Dice mucho, pero no fundamenta nada. Tal parece que se trata de un tipo que se denomina "Huracan", que actua en otro foro, solo para desgraciar al projimo.
Tópico: REQUERIMIENTO IMSS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: REQUERIMIENTO IMSS
[quote:e7a935c232="mirnalcantu"]Hola JuanFranciscoMartinezRdz: Mi opinion es contraria a la de jjfarias, pienso que el IMSS tiene la facultad de hacer censos, investigaciones, preguntar lo que sea necesario para que los patrones cumplan con sus obligaciones.PERDONA MI IGNORANCIA[color=red:e7a935c232]..¿¿ME PUEDES DECIR EN QUE PARTE DE LA LEY DEL IMSS SE FACULTA A SUS FUNCIONARIOS PARA HACER ESTOS CENSOS???[/color:e7a935c232] [color=red:e7a935c232]¿¿DONDE COLOCAS LO QUE DISPONE EL ARTICULO 16 DE NUESTRA CONSTITUCION???[/color:e7a935c232] Los patrones tiene la obligacion ineludible, ni poniendo hospitales, ni contratando medicos en favor de sus trabajores pudiese quitarse esa obligacion. Concuerdo al 100% con los comentarios de pepesoto, muy razonados y fundados, si hay un requerimiento o llamada de antencion es para hacerle caso de inmediato, las repercusiones podrian ser fuertes a tal grado de cerrar ese centro de trabajo de ser necesario. No hay excusas para el cumplimiento, el problema para las atenciones deberan ser para los trabajadores no para el patron. Que al patron no se indigeste con lo que no come.... eso es harina de otro costal Saludos[/quote:e7a935c232] Mi experiencia con este tipo de encuestas es que si un empleado del imss se presenta en mi empresa, deberá solicitar autorización, primero, para entrar, despues para realizar la encuesta. Por supuesto, dicha autorización es negada. ¿Que nos amenasan con una auditoria "directa"?? Por supuesto, pero hasta ahorita no a sido enviada. Y en caso de darse dicha revisión, estamos en posición de atenderla, pero siguiendo los lineamientos que el CFF ogliga al imsss a observar.
Tópico: MULTA X SUPUESTA FALTA DE PAGO DE CUOTAS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: MULTA X SUPUESTA FALTA DE PAGO DE CUOTAS
¿¿¿Y el acto de molestia?? CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, [size=18:b8fcc4f585][color=red:b8fcc4f585]que funde y motive [/color:b8fcc4f585][/size:b8fcc4f585]la causa legal del procedimiento. ¿¿Y los corajes??? ¿¿Y el tiempo perdido?
Tópico: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 31
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
[quote:7f7b48d3f7="mirnalcantu"]Hola: Disculpame Vabdo. En parte entendi lo que comentabas y tu entendimiento.... pero tambien me parecio que quedo un dejo de incertidumbre con lo de la responsabilidad social. Y fui muy grocero en mi anterior participacion, por eso ofrezco mis disculpas a ti y los demas, por mi mal proceder. Lo siguiente, se muy bien que lo dominas, y lo dirigo a las personas que tengan interes en el tema de este topico. ------------------------------------------------------------------------------- Nos falto a todos, el argumentar que las pruebas y documentaciones deben respaldarlas por hechos feacientes y no solo de papel. Siendo esto la parte mas importante del circulo completo que comentaba y que terminaria por cerrarlo. Si una persona ofrece sus servicios y firma un contrato por servicios profesionales independiente, pero esta no declara sus ingresos, pues seria un contrato por servicios subordinados, aun y cuando exista algun contrato por servicios profesionales independiente. No hay que olvidar que el contrato de trabajo, existe aun, sin establecerse alguno por escrito y eso fortalece a las obligaciones del patron y/o derechos del trabajador. Ya que el mismo trabajador o prestador de servicios en esta situacion, consideraria que merce las prestaciones como cualquier trabajador. Cuando menos, asi se demostraria con sus hechos al no declarar sus ingresos y tambien el proceder del patron. El patron debera de aportar mayores pruebas, que solo el contrato de servicios independientes y muy posiblemente se contrapongan pruebas: como el pago de vacaciones, aguinaldos en sus nominas, el no pago de retenciones por servicios independientes y otras situaciones similares que seguro erogararía; que harian presuponer que NO son para un servidor profesional independiente. Es decir, habria dos contratos uno por servicios profesionales independiente (aprocrifo), pues no se le da validez con hechos y otro (no escrito) que seria el laboral. Con hechos que respaldarian a este ultimo contrato. Por eso en la parte final comente que SI acepta la persona "laborar" o prestar sus servicios como independiente.... tambien me falto indicar que actuen ambas partes en congruencia con el contrato.... el patron y el servidor o trabajador en su caso. Las actuaciones congruentes de las partes, con los que respaldaria finalmente al contrato, y esto seria determinante para establecer, si se tiene un servicio subordinado o uno independiente. Con lo que seria la parte final de un circulo completo por este tipo de operacion e incluso para cualquier operacion de una compañía o contribuyente. Por lo que la responsabilidad social, SI quedaria presente del patron para sus "prestadores de servicios independientes aprocrifos" equiparables a trabajadores, mas no asi, para los servidores independientes de servicios independientes genuinos. Espero caperuso que ahora si haya quedado mas claro. [color=red:7f7b48d3f7][b:7f7b48d3f7]Por mi parte, no entendí nada[/color:7f7b48d3f7][/b:7f7b48d3f7]En ocasiones queremos tapar el sol con un dedo o con una mano, pero finalmente los hechos sacan a relucir la verdad. El que miente o es un magnifico mentiroso para creerle. O lo que se comenta resulta ser verdad. Asi de simple. Pero en un acuerdo de voluntades hay dos partes, y las dos deben ser congruentes y seria dificil ponerse de acuerdo, si los intereses se contraponen. Saludos[/quote:7f7b48d3f7]
Tópico: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 31
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2007 Asunto: Re: ASIMILABLES A SALARIOS HAY QUE ASEGURARLOS AL IMSS
Al estilo único del vocero del expresidente "Chente": Lo que caperuso quiso decir es, que el sabe y le consta que es pato, puesto que lo a visto con una pata y ademas, hace CUAC...CUAC... El problema de Caperuso es que al empresario le llega información externa, de que su pato lo puede hacer paracer zopilote ante los ojos del Imss, si maneja el régimen de asimilados a salarios. Y, por supuesto, el empresario elije la opción que le significa una amenor caraga financiera, sin tomar en cuenta los riesgos a los que se encuentra sujeto, por este motivo.
Tópico: Ya estan listas las EMA's imss de marzo....
Emprendedorfiscal

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 04, 2007 Asunto: significa
[quote:9506bd9e10="pepesoto"][quote:9506bd9e10="Mem"]...el imss, corta la informacion al 26 de cada mes... Es correcta la informacion Lic???[/quote:9506bd9e10] :| Buenas tardes. No siempre sucede así... usted mismo lo podrá verificar... que hay movimientos anteriores a esa fecha que no alcanzan a aparecer. Vaya usted a saber por qué. [quote:9506bd9e10="seminis"]creo que es por el puentesssoooote que van a tomar[/quote:9506bd9e10] [color=red:9506bd9e10]Pues qué bueno porque este mes me salvaron la vida, al poder hacer mis calculos hoy porque los de conta me exigieron tenerlos listos hoy, hoy, [/color:9506bd9e10]hoy... {saludos mi Chente} El Lic.[/quote:9506bd9e10][b]LO QUE SIGNIFICA QUE NO CONFIAMOS EN LA INFORMACION QUE GENERAMOS Y QUE NECESARIAMENTE TENEMOS QUE CONFRONTAR CON LO QUE PROPORCIONA EL IMSS ¿¿¿EN DONDE ESTA ESA EFICENCIA POR LA QUE NOS PAGAN???

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110