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Tópico: CONTRATO DE ASIMILADO A SALARIOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 03, 2010 13:00:53 Asunto: Re: CONTRATO DE ASIMILADO A SALARIOS
Para que le buscas tres pies al gato. Al menos del IETU no te salvas. Si no quieres que pague impuestos, pues no las inscribas al R.F.C, negociando con los que rentan. Suena mal, pero, asi como lo planteas sale mas caro el caldo que los frijoles. Eso de querer 'ayudar' simulando operaciones no te lo recomiendo. Que paguen los impuestos que determines y tan.tan.
Tópico: 2 % SOBRE NOMINAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 20:05:14 Asunto: Re: 2 % SOBRE NOMINAS
¡¡Hijole!! que tristeza que el Estado mas antiguo del pais no cuente con página de Internet. Tienes que verificar en su legislación local las disposiciones aplicables a este impuesto, y, pues nimodo, tendras que buscar por ahi quien tiene esos códigos y leyes.
Tópico: CONTRATO DE ASIMILADO A SALARIOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 19:55:16 Asunto: Re: CONTRATO DE ASIMILADO A SALARIOS
Tambien, seré curioso y, ojalá, pudieras decir en este foro, que concepto quieres soportar con este contrato de asimilados. Que es lo que vas a pagar y que lo deseas manejar como asimilados a salarios.
Tópico: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 16:53:40 Asunto: Re: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
Ademas de informarte que esos gastos no son deducibles..¿¿Que otra sugerencia y/o alternativa te a dado tu contador?? Lo mas viable es que, si en tu localidad no hay banco, solicites la autorizacion a que se refiere CHAVALON. Podrìa haber otras alternativas si se conociera con todo detalle tu operaciòn, pero, eso, solo estando fisicamente en el lugar de los hechos, de ahi mi pregunta ¿que te sugiere tu contador??
Tópico: Contrato necesaro para que exista la deducción
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 20:36:11 Asunto: Re: Contrato necesaro para que exista la deducción
El no tener elaborados los contratos laborales por escrito no ocasiona que te 'tumben' la deduccion, sin embargo si es recomendables los elabores a la brevedad posible a fin de que tengas debidamente soportada la relación laboral. En caso d eun conflicto de esa naturaleza, el contrato es el que te permite demostrar fehacientemente las condiciones bajo las cuales se pactó la prestación del servicio.
Tópico: DEPRECIACION FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 20:17:54 Asunto: Re: DEPRECIACION FISCAL
Si en el 2005 tenias un vehiculo, te lo chocan ese mismo año....perdida total..., que haces...lo das de baja, ya no lo tienes. Si estaba asegurado y te lo pagaron, te compras otros, y, ese nuevo lo empiezas a deducir O, en el 2005, tenias un equipo de computo, te lo roban ese mismo año...que haces... levantas la denuncia o querella ante el MP, .. lo das de baja. En ambos casos..fin de la depreciación tanto contable como fiscal. En el caso que mencionas, el activo ya no existe. Hay que quitarlo del balance. Reflejar en el balance un activo fijo inexistente provoca el presentar una situación financiera del negocio equivocada. Al no haber activo que deducir pues, no hay depreciación.
Tópico: Diferencia entre Depreciacion Contable y Depreciacion Fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 20:00:54 Asunto: Re: Diferencia entre Depreciacion Contable y Depreciacion Fiscal
Hola lololara: '..soy estudiante del segundo semestre de la carrera de Contador Publico...' que bueno que te identificas como tal, ya verás que aqui encontraras excelentes respuestas a tus dudas, tal y como ya te la han dado los dos compañeros foristas. Yo, solo podria agregar, de una manera mas coloquial, que la depreciación contable prácticamente tu la decides utilizando los diferentes metodos que existen, en función d e las politicas de tu empresa. En cambio, para la depreciación fiscal, tienes que apegarte obligatoriamente a las tasas y disposiciones que se contemplan en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Saludos
Tópico: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 19:49:04 Asunto: Re: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
'....Y AHORA SE RESBALÓ, SE VIO MUY....'SIMPLE' ..' Es cierto, una disculpa..traia unas 'gracielas' arriiba Saludos LOBOZAC
Tópico: CARTA INVITACION ART 15-A LSS 'OUTSOURCING'
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 01, 2010 19:40:09 Asunto: Re: CARTA INVITACION ART 15-A LSS 'OUTSOURCING'
'...Pues ahi si no estoy tan de acuerdo en eso de desafiar a la autoridad, pero igual suerte Emprendedor,,,, [color=red]en tu lucha contra los abusos de la autoridad[/color].. jajaja saludos.... ..' Realmente no se trata de que haya yo emprendido una lucha. Solo se trata no dejarse intimidar con el petate del muerto, de ahi en fuera..que esos del Imss se agarren a los mas pen...............conejos.
Tópico: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2010 18:27:02 Asunto: Re: SUSPENSION RETROACTIVA A DICIEMBRE....
JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA [b]¡¡¡¡TOMA PELON TU TACO!!!![/b] '....Estimado Lobozac, en mi opinión, aunque el portal del SAT te haya aceptado tu aviso extemporáneo, ese aviso surte sus efectos a partir del día en el que lo presentaste; por lo tanto, aunque le hayas puesto al aviso la fecha del 31/12/2009, en realidad la suspensión se registró en la fecha del mes de febrero 2010, por lo que deberás presentar los pagos provisionales y las informativas de enero y febrero 2010, así como la declaración anual del ejercicio 2010. Fundamento mi dicho en el penúltimo párrafo del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación. Así que mucho cuidado... ...'

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