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Tópico: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 28, 2008 Asunto: Re: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
[quote="fernandotrigueroscampos"]Me enviaron una visita por parte de la secretaria del trabajo y prevision social solamente que el domicilio manifestado no es el mio y va dirijido al patron o representante legal del negocio, concluida la visita resulto que no tengo el reglamento interior de trabajo, por lo cual me sancionaron y me emitieron una multa. ¿ Procede medio de defensa en contra de esta visita y de la multa ? La orden de visita carece de varios elementos como el domicilio real, persona a quien va dirijida.[/quote] y...¿Cual es el fundamento para esa visita de STPS??? Las visitas en el domicilio tienen que seguir los lineaminetos de las ordenes de cateo, salvo las que realizen las autoridades administrativas en materia fiscal o de salubridad. Cualquier otra lesiona la garantia de legalidad y seguridad juridica
Tópico: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 28, 2008 Asunto: Re: Visita de la secretaria del trabajo y prevision social
[quote="fernandotrigueroscampos"]Me enviaron una visita por parte de la secretaria del trabajo y prevision social solamente que el domicilio manifestado no es el mio y va dirijido al patron o representante legal del negocio, concluida la visita resulto que no tengo el reglamento interior de trabajo, por lo cual me sancionaron y me emitieron una multa. ¿ Procede medio de defensa en contra de esta visita y de la multa ? La orden de visita carece de varios elementos como el domicilio real, persona a quien va dirijida.[/quote] y...¿Cual es el fundamento para esa visita de STPS??? Las visitas en el domicilio tienen que seguir los lineaminetos de las ordenes de cateo, salvo las que realizen las autoridades administrativas en materia fiscal o de salubridad. Cualquier otra lesiona la garantia de legalidad y seguridad juridica
Tópico: AYUDA PARA ALTA DE MENORES DE EDAD
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2008 Asunto: Re: AYUDA PARA ALTA DE MENORES DE EDAD
Sin embargo, existe aqui una discrepancia: Si bien la LFT regula el trabajo de los menores de 16 años, los jovenes mayores de 16 años pero de menos de 18, tambien se consideran menores. No hay que olvidar que las personas fisicas requieren de capacidad jurídica para contratar y obligarse. Dicha capacidad se divide en capacidad de goce y capacidad de ejercicio. Esta capacidad de ejercicio es la que omite la LFT, y que consiste en la facultad de la persona para hacer frente, por si mismo, a sus derechos y obligaciones. Capacidad que, de acuerdo al Codigo Civil, se alcansa una ves cumplidos los 18 años. Mientras, todos sus derechos y obligaciones se llevan a cabo por medio de un tutor que, generalemte son sus padres. Ahora bien, juridicamente ¿¿Como se le podria exigir a un trabajador menor de edad (17 años) que cumpla con las obligaciones que se mencionan en la LFT si ante la sociedad no tiene aun capacidad juridica??? Creo que aqui hay una laguna, un concurso de leyes que un patron deberia valorar antes de contratar a una persona en estas circunstancias, puesto que en teoria no lo podria despedir por violar algunas de las obligaciones contenidas en la LFT, ya que, por su incapacidad juridica, no es sujeto por si mismo de derechos y obligaciones. Saludos
Tópico: COSA DE CHISTE...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2008 Asunto: Re: COSA DE CHISTE...
...y...cual es fundamento???
Tópico: Necesito un Contador....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: Necesito un Contador....
[quote:baefe04c36="lcruizuscanga"][quote:baefe04c36="Emprendedorfiscal"]Caray Mikeleyva. El sueldo que ofreces es realmente poco para un contador fiscalmente actualizado para esa zona de los cabos. La vida en los cabos es muy cara, ademas de otros aspectos que vienen a ser de tipo personal de quien acepte el puesto. El sueldo de un contador como el que solicitas, en esa zona estará por lo $30,000.00 mensuales, MINIMO, mas departamento, mas alimentos, mas boleto de avion mensual para visitar a sus familiares. Si conseguiste a alguien con el sueldo que propones ¡¡¡FELICIDADES!! pero, probablemente no te durarará mas de tres meses.[/quote:baefe04c36] SERA VERDAD ESTOS SUELDOS QUE MENCIONA EL COMPAÑERO....LO QUE SI PUDE INVESTIGAR ES QUE LA VIDA SI ES MUY CARA....AMEN DE LA TRANSPORTACION QUE INDUDABLEMENTE DEBE DE SER POR VIA AEREA.... SALUDOS P.D. MIKELEYVA....GRACIAS POR LA PROPUESTA....Y LO DIGO EN NOMBRE DE TODOS....[/quote:baefe04c36] Por supuesto que estos sueldos son una realidad, Primero que nada porque la contabilidad hotelera constituye una especialidad dentro de la profesión, y eso ya cuesta, siendo su parte medular los costos; costos de alimentos, costos de bebidas. Ademas, esa zona es zona fronteriza (tasa 10% de iva), se maneja un impuesto local al hospedaje, ademas de tener la tasa de impuestos sobre nóminas mas alta del pais. Los alimentos son carisismos asi como la vivienda, que si bien aqui se ofrece, generalmente se da en inmuebles que son propiedad o se rentan por parte del mismo hotel, lo que te hace estar a su servico las 24 horas del dia si asi lo requieren puesto que saben donde localizarte de manera inmediata. Luego, lo "pior", es una empresa española. Las empresas españolas han llegado a Mexico a exprimir al mexicano, la nueva conquista pues, tanto en la hotelería como, por ejemplo en los bancos.
Tópico: FORMATO CONTRATO HONORARIOS ASIMILABLES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: FORMATO CONTRATO HONORARIOS ASIMILABLES
[quote:f94e7278ce="CARSO"]pasame tu correo y te madno un formato de los recibos y de la solicitud de cobro por honorarios[/quote:f94e7278ce] Estoy de acuerdo con esto. Estoy en desacuerdo con lo estipulado con loos demas foristas. ¡¡SI SE VA A HACER UN FAVOR, QUE SE HAGA COMPLETO, DE OTRA MANERA NO VALE LA PENA.
Tópico: Que tipo de ingresos ??????????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: Que tipo de ingresos ??????????
"...cuando la persona que pague la prima sea distinta a la mencionada en el párrafo anterior ".. o sea el empleador. Por consiguiente, cuando la prima del segurop de vida lo pague una persona distinta al empleador, quien quiera que sea, no se pagará el impuesto. Lo que yo quiero decir aqui, es que SI INCLUYAN ESTAS CIFRAS EN SU DECLARACION ANUAL, como ingresos no acumulables, a fín de tener un documento que resplade el deposito efectuado a la cuenta bancaria.
Tópico: LEYENDA DE PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: LEYENDA DE PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN...
[quote:90c5a1a6be="enrique9727"][quote:90c5a1a6be="SHANGAI"]GRACIAS POR SUS COMENTARIOS, YA HABLÉ CON MI PROVEEDOR Y ME ENVIÓ LOS DOS RECIBOS DE PAGOS EN PARCIALIDADES, PERO... EN LA FACTURA VIENE SOLO LA LEYENDA "PAGO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN",,,.... NO VIENE PAGO EN PARCIALIDADES.,.: :? SI TIENE EFECTOS FISCALES AL PAGO.... SE PUEDE PONER EL SELLO DE PAGO EN PARCIALIDADES???[/quote:90c5a1a6be] Pues bueno si son dos facturas y coinciden con los pagos. ¿Para que ponerle pago en parcialidades? Esa leyenda es solo para indicar que a una factura le corresponderia varios pagos[/quote:90c5a1a6be] La verdad Enrique, te pasas de payaso. Una norma juridica, como son las normas fiscales, para el ciudadano se cumplen, no se interpretan a nuestro libre albeldrio. Cuando un ciudadano no esta conforme con el contenido de la norma o, concidera que se estan violentando sus garantias constitucionales con la aplicación de dicha norma, pues hace uso de su derecho petición y solicita a la autoridad le aclare el punto. Si el Código fiscal establece ciertos requisitos para los comprobantes fiscales, pues, se tienen que observar, nos guste o no. Pueden estar de mas o de menos, pero así lo establece la Ley, por lo tanto se tiene que cumplir. Todo lo expresado por Lobosac esta correcto, te guste o no.
Tópico: DUDA SOBRE TOPE DE ACTIVOS FIJOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto:
[quote:f5c7b78cc3="enrique9727"]Hola QUIRRI: El reglamento no es ley (no rige para este caso)... asi que no le hace caso. El reglamento solo sirve para ser un documento [color=red:f5c7b78cc3]de explicaciones de la redaccion de la LISR. [/color:f5c7b78cc3] Si la ley no indica que el Reglamento puede normar, entonces no lo puede hacer. No puede ser que poder EJECUTIVO emita reglas con normatividades superiores a la LEY, debe limitarse a explicar o imponer mecanismos de fiscalizacion hasta el limite que la propia ley señala. Situaciones adicionales serian extralimitaciones de funciones, por lo tanto improcedentes. Asi que esos 175,000 solo y exclusivamente le aplican a los automoviles, si en ley ISR no viene la definicion y su reglamento "lo impone", no procede esa imposicion, por estar fuera de sus funciones habilitadas por la CPEUM, para con el poder ejecutivo, quien es el que emite ese reglamento.[/quote:f5c7b78cc3] En este caso, el reglamento esta explicando la redacción de un articulo de la ley, por consiguiente se le tiene que dar su justo valor
Tópico: SAT AUDITARA A MAS DE 2 MILLONES DE CONTRIBUYENTES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 27, 2008 Asunto: Re: SAT AUDITARA A MAS DE 2 MILLONES DE CONTRIBUYENTES
[quote:3c6a154341="russians"]Y SEGUN EN AUDITORIA NO TIENEN PRESUPUESTO PARA CONTRATAR MAS PERSONAL COMO LE VAN A HACER...[/quote:3c6a154341] Ese es el punto. Como que este funcionario no sabe de lo que esta hablando. Si se habla de 2,000 000 de auditorias, se requieren unos 400 000 auditores que inicien estos trabajos, mas, los que ya estan en proceso. Una locura. Simple y sencillamente. Cinco auditorias en forma simultanea para un auditor del SAT es demasiado, por las formalidades que tienen que cumplir que, de no hacerlo, propisiarian que se les de un palo via amparos.

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