Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de Emprendedorfiscal

Autor Mensaje
Tópico: Dictamen IMSS asimilados
Emprendedorfiscal

Mensajes: 18
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 10, 2010 18:48:39 Asunto: Re: Dictamen IMSS asimilados
Aqui, para emitir una opinión es indispensable menciones concretamente que actividad realizaron esas personas a las que les pagaste comisión, y las condiicones en que realizaron esta actividad. El hecho de que los montos sean relevantes no es motivo para que el dictaminar los observe. Seguramente él se percató de algo mas que, de no hacerlo, lo pondría en riesgo. Recuerda que la asimilación solo es una forma de tributar. Es una desición unilateral de quien solicita se le retenga el isr de esta manera. Nada tiene que ver con el hecho que le dio origen que es precisamente lo que el Imss cuestiona.
Tópico: Despido injustificado
Emprendedorfiscal

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Octubre 10, 2010 18:39:08 Asunto: Re: Despido injustificado
[color=red]Cuando ocurre un despido injustificado se deben pagar los 20 dias de indemnizacion por cada año. [/color] Primero que nada, se debe de demandar ante la JCA quién, con las pruebas aportadas, determinará si efectivamente se trata de un despido injustificado. En caso afirmativo, el trabajador puede solicitar que el patrón lo reinstale en su empleo. El patrón puede optar por no reinstalar al trabajador, en los casos mencionados en el articulo 49 de LFT,en su lugar deberá indemnizar al trabajador en los terminos del articulo 50 de dicha Ley.
Tópico: buen fin de semana
Emprendedorfiscal

Mensajes: 16
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2010 13:36:22 Asunto: Re: buen fin de semana
[color=red]Y que siga el dominio aguila... [/color] Ya veremos que pueden hacer esas vedettes este fin de semana. ¡¡¡CHIVAS...CHIVAS..CHIVAS!!!!!
Tópico: buen fin de semana
Emprendedorfiscal

Mensajes: 16
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2010 12:05:04 Asunto: Re: buen fin de semana
[color=red] ·...y a los que se van por la tangente cuando se sienten acorralados en los temas....jejejejeje ...'[/color] ¡Eso, eso, eso eso!!! JEJEJE...JOOJOJO...JAJAJA
Tópico: DOCUMENTACIÓN DE ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2010 12:01:23 Asunto: Re: DOCUMENTACIÓN DE ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS
[color=red]¿¿¿¿Y PORQUE TIENES PENA ?.....[/color] Pues porque es de reconocrese el esfuerzo que haces para mantenernos informados. [color=red]¿¿Y PORQUE ARCAICA ?....... [/color] Pues porque esta jurisprudencia esta mas fria que un muerto de tres dias.Esta out, vieja, arcaica. Esto es ya no esta vigente, si tomamos en cuenta que pudo haberse utilizado maximo para las revisiones y/o medios de defensa por el ejercicio del 2003. de conformidad con lo establecido por el articulo 67 del CFF., aesta fecha ya se extinguieron las facultades de comprobaciòn d ela autoridad. [color=red]'..AQUI LO INTERESANTE DEL ASUNTO, PARA MI........ES REPITO, EL DESMADR........QUE SE CARGAN LOS ABUELOS DE LOS TRIBUNALES.......PRIMERO QUE SI.........LUEGO QUE NO...... ..'[/color] Bueno, tenia la idea de que, ademas de contador, eras abogado. Comento esto, porque basta con analizar las dos jurisprudencias con ojos de abogado para entender sus motivos y alcances.LOs viejietos no traen ningun desm..... Mas bien no has sabido analizarlas y comprenderlas. La misma jurisprudencia que invocas y que se refiere a revisiones de gabinete te da la pauta. Como se puede apreciar, la autoridad hacendaria solicitaba al contribuyente en sus revisiones, los estados de cuenta emitidos por los bancos, fundamentandose en el articulo 48 del CFF. El contribuyente se amparaba y le daba palo a la autoridad argumentando falta de fundamentaciòn y motivaciòn. Fueron tantos los casos que hasta se creo esa jurisprudencia a que te refieres. Para subsanar esto, nuestos señores Legisladores, cerraron esa puertita y agregaron un ùltimo parrafo al articulo 48 del CFF que entrò en vigor al ser publicado en el DOF el dia 05 de enero del 2004. [color=blue]CFF Art. 48. Informes de terceros, compulsas y revisión de gabinete .....Para los efectos del primer párrafo de este artículo, se considera como parte de la documentación o información que pueden solicitar las autoridades fiscales, la relativa a las cuentas bancarias del contribuyente.[/color] Sin embargo, es evidente que hubo abogados que siguieron interponiendo amparos con el argumento anterior a ver si es chicle y pega, y es entonces que los ABUELOS como les llamas, con la Ley en la mano, resolvieron, acertadamente, que las autoridades hacendarias si podian solicitar a los contribuyentes esta documentaciòn en base al articulo 48 ultimo parrafo del CFF, emitiendo Jursiprudencia en esos terminos en este 2010. Para concluir, existe un parteguas, un antes y despues de la reforma al Art.48 del CFF. Antes de la reforma era perfectamente valido el criterio contenido en la Jurisprudencia que señalas. Despues del 05 de enero del 2004, como en el big brother, las reglas cambian. Te recuerdo una frase tuya '..Zapatero.....a tu zapato...' Saludos LOBO Concluyendo:
Tópico: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Emprendedorfiscal

Mensajes: 53
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 21:48:57 Asunto: Re: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
[i] '.Lo anterior me lleva a concluir que si expides un cheque para abono en cuenta del contribuyente, amparado por una factura que no reuna requisitos fiscales la compra y/o gasto [color=red]será deducible y el IVA acreditable[/color], si el soporte de tu registro contable es el estado de cuenta bancario y no el comprobante de la compra....'[/i] Eso es precisamente lo que estoy concluyendo cperic.
Tópico: POTESTAD JURISPRUDENCIAL
Emprendedorfiscal

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 21:10:12 Asunto: Re: POTESTAD JURISPRUDENCIAL
ummm, quienes han asistido a la escuela de Derecho, (y que asistieron a clases) se darán cuenta que lo que menciona esta jurisprudencia se ve en clase, sobre todo, cuando se estudia el juicio de amparo. La Jurisprudencia emitida por el Podel Judicial esta por encima de cualquier otra emitida por tribunales de menor rango
Tópico: DOCUMENTACIÓN DE ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS
Emprendedorfiscal

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 20:59:05 Asunto: Re: DOCUMENTACIÓN DE ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS
Esta muy padre tu Tesis aislada LOBO, la que se refiere a la solicitud de estados de cuenta bancarios en visitas domicilarias. Ahora bien, la arcaica Jurisprudencia que presentas con el registro No.169610, tengo la pena de comunicarte que ya fue superada y que, por lo tanto, los estados de cuenta bancarios en revisiones de gabinete SI tienen que ser entregados por el contribuyente: Registro No. 164694 Localización: Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXI, Abril de 2010 Página: 433 Tesis: 2a./J. 44/2010 Jurisprudencia Materia(s): Administrativa REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 48 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DE LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE ENERO DE 2004, FACULTA EXPRESAMENTE A LAS AUTORIDADES FISCALES PARA REQUERIR DOCUMENTACIÓN O INFORMACIÓN RELATIVA A LAS CUENTAS BANCARIAS DEL CONTRIBUYENTE. El citado precepto regula la revisión de escritorio o gabinete, toda vez que establece el ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la autoridad, excluyendo a las visitas domiciliarias. Ahora bien, la incorporación de un último párrafo al artículo 48 del Código Fiscal de la Federación, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2004, en el sentido de que, para los efectos del primer párrafo de ese numeral, se considera como parte de la documentación o información que pueden solicitar las autoridades fiscales, la relativa a las cuentas bancarias del contribuyente, hace evidente que el legislador, expresamente, quiso otorgar facultades a las autoridades fiscales para requerir al contribuyente la exhibición de la documentación relativa a sus cuentas bancarias para su revisión, a fin de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, tratándose de las revisiones de escritorio o de gabinete, motivo por el cual es inconcuso que tal precepto, en el párrafo mencionado, es el que faculta a dichas autoridades para hacer requerimientos de tal naturaleza. Contradicción de tesis 28/2010. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo (antes Tercer) Tribunales Colegiados, ambos en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito. 24 de marzo de 2010. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Arnulfo Moreno Flores. Tesis de jurisprudencia 44/2010. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del catorce de abril de dos mil diez. Ejecutoria: 1.- Registro No. 22218 Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 28/2010. Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO (ANTES TERCER) TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO. Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Mayo de 2010; Pág. 1321;
Tópico: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Emprendedorfiscal

Mensajes: 53
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 20:13:00 Asunto: Re: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Lo anterior me lleva a concluir que si expides un cheque para abono en cuenta del contribuyente, amparado por una factura que no reuna requisitos fiscales la compra y/o gasto será deducible y el IVA acreditable, si el soporte de tu registro contable es el estado de cuenta bancario y no el comprobante de la compra.
Tópico: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
Emprendedorfiscal

Mensajes: 53
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 20:04:20 Asunto: Re: COMO REGISTRAR UN BEBE......QUE TODAVIA NO NACE......
[color=red] '...Vaya cosas que se inventan, admirables pero, 'lo que me está tocando ver en la profesión contable'. ...'[/color] ¿Que te sorprende? en la actualidad es posible. Este principio dió origen a la aceptación por parte de la autoridad hacendaria, de los estados de cuenta bancarios como comprobantes fiscales, ya que un cheque depositado en cuenta del beneficiario es sinonimo de un ingreso declarado. ¿Acumulable o no?? esa ya es otra cuestión.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110