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Tópico: INFONAVIT eventuales del campo, NO SE OYE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 20, 2006 Asunto: Re: INFONAVIT eventuales del campo, NO SE OYE
Es muy probable que el imss no te acepte trabajadores con la modalidad de "eventuales". Solo como permanentes aunque los despidas cada 28 dias.
Tópico: requerimiento sin recibir
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 20, 2006 Asunto: Re: requerimiento sin recibir
Hola: Tal y como planteas el asunto considero que es muy poco lo que puedes hacer. Y digo que es muy poco lo que puedes hacer debido a que, lo que se puede hacer, lo tendrias que hacer tu, y es obvio que no cuentas con los conocimientos suficientes para hacer algo. El Infonavit sabe que el crédito ya prescribió por lo que trata de "revivirlo" argumentando un supuesto requerimiento del 02 de Mayo del 2001, a fin de combatir la prescripción, pero vuelven a equivocarse al notificarte en Mayo 30, no debiste haber hecho pago alguno, puesto que el crédito había prescrito por segunda ocasión. En fin, todo esto solo demuestra tu impericia al atender un asunto de este tipo, por lo que yo te sugiero, si la cifra a pagar no es muy alta, pues , mejor la pagues y te olvides del asunto.
Tópico: FALLECIMIENTO DE PATRÔN; SE EXTINGUEN LAS OBLIGACIONES?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 20, 2006 Asunto: Re: FALLECIMIENTO DE PATRÔN; SE EXTINGUEN LAS OBLIGACIONES?
Que tal Chavalón: Ls obligaciones fiscales no se extinguen con la muerte del contribuyente. Si el jovenaso fallecido realizaba una actividad empresarial y tenia trabajadores, significa entonces que contaba con activos, que pueden ser, dinero en caja, cuenta de cheques, inventarios, cuentas por cobrar, activos fijos, etc. Lo que sigue, se refiere a la sucesión testamentaria, en donde, con el producto de la venta de los bienes del fallecido tendra preferencia la liquidacion de la deuda con los trabajadores, después, si aún quedan fondos, se aplicaran a cubrir las contribuciones que hibieren quedado pendientes de pago, y si aun queda algo, se lo repartiran los demás acreedores. Todo esto siempre y cuando exista ´reclamación de los afectados. Si las autoridades no se hacen presente para reclamar su parte, pues ellos se lo pierden.
Tópico: FACTURAS DE A.C
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 20, 2006 Asunto: Re: FACTURAS DE A.C
Hola: Tal ves se trate de una confusión, ya que como A. C., generalmente se constituyen las personas morales no contribuyentes. Sin embargo, si la dependencia te solicita que no le desgloces el IVA, pues no lo hagas, total, ya es problema de ellos. OJO, toma en cuenta que no te estan pidiendo que no se los traslades, si no que no se los desgloses. O sea que si el servicio que les otorgas tiene un costo de $1,000.00 mas 150.00 de Iva, pues elaborales su factura por $1,150.00 y ya. Solamente que, cuando realizes tu registro contable de esa factura, ahí si registrala como debe ser: $1,000.00 a ingresos y 150.00 a iva por pagar.
Tópico: RAZON SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 20, 2006 Asunto: Re: RAZON SOCIAL
Lobosac: Quedarias perfectamente bien en una oficina de atención al contribuyente del SAT en donde quienes ahí se desempeñan no dan una, o en su defecto, como Sindico del contribuyente, del lado de los buenos.
Tópico: consulta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2006 Asunto: Re: consulta
Hola: A mi me gustaría saber el fundamento legal que utilizan para que se reaize la retención..¿¿¿Es comisiionista??¿¿Cobra como honorarios
Tópico: CONTRATO POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 11, 2006 Asunto: Re: CONTRATO POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO
[quote:e1a1b45744="pepesoto"]:| Buenas noches. Ahi va el quita-risas: "y[size=18:e1a1b45744][b:e1a1b45744][color=red:e1a1b45744] todavia se burla[/color:e1a1b45744][/b:e1a1b45744][/size:e1a1b45744] Normalmente" usan este tipo de contratos en forma TOTALMENTE errónea, es decir, sin ningun fundamento. Ojalá pudiéramos saber para qué ocupa el documento de referencia. :roll: El Lic.[/quote:e1a1b45744]
Tópico: CONTRATO POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 11, 2006 Asunto: Re: CONTRATO POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO
[quote:9cfe1b68fd="pepesoto"][quote:9cfe1b68fd="eguisa"]... espero tus comentarios.[/quote:9cfe1b68fd] :| Buenas noches. Hágale caso a mi amigo JJFarias. De todas formas, le hago una propuesta. Escribame a mi correo. El Lic.[/quote:9cfe1b68fd] Por supuesto, las mejores propuestas pepesoto no las hara en este foro, ya que sus contratos son para quien pueda pagarlos. Tan sencillo seria para él, mencionar que el modelo propuesto por ROBERTORENTERIA no reune, por ejemplo, el requisito que establece el articulo 25 fracción I de la Ley Federal del trabajo, y bien haria pepesoto hacer esta aclaración y no permitir al forista caer en el error. Se que nada es gratis, pero..caray, estamos entre compañeros...o no????
Tópico: alta persona fisica
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 11, 2006 Asunto: Re: alta persona fisica
[quote:93b34fa692="ELNUME"]una pregunta para emprendedor: para que lo puedas deducir en la actividad empresarial deberas de contratarlo para todos tus empleados, no es así, o solo tu y tus asendientes y desendientes podran disfrutar de los beneficios de dicho seguro. porque si esto es así creo la poliza te saldria cara. mejor pago el seguro social en su modalidad de seguro voluntario. saludos.[/quote:93b34fa692] Creo que no leiste el contenido del artículo que mencioné en mi participación. Dicho articulo se encuentra comprendido dentro de "LAS DEDUCCIONES PERSONALES" estos es, deducciones a que tienes derecho como persona física independientemente del régimen en que tributes. Por otra parte, no veo como le saldria "cara" la poliza si está deducciendo el importe de esta prima de su pago de impuestos. O sea, en lugar de pagarle al SAt, se paga su buen seguro de gastos medicos mayores. En el seguro de gastos medicos mayores, uno mismo decide la calidad del servicio que desea obtener en un momento dado y se manejan centros medicos como el Hospital los Angeles o el ABC de la Cd. de México. O si quieres el IMsss.. pues..bueno.
Tópico: alta persona fisica
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 11, 2006 Asunto: Re: alta persona fisica
[quote:723988c0b2="ELNUME"]una pregunta para emprendedor: para que lo puedas deducir en la actividad empresarial deberas de contratarlo para todos tus empleados, no es así, o solo tu y tus asendientes y desendientes podran disfrutar de los beneficios de dicho seguro. porque si esto es así creo la poliza te saldria cara. mejor pago el seguro social en su modalidad de seguro voluntario. saludos.[/quote:723988c0b2] Creo que no leiste el contenido del artículo que mencioné en mi participación. Dicho articulo se encuentra comprendido dentro de "LAS DEDUCCIONES PERSONALES" estos es, deducciones a que tienes derecho como persona física independientemente del régimen en que tributes. Por otra parte, no veo como le saldria "cara" la poliza si está deducciendo el importe de esta prima de su pago de impuestos. O sea, en lugar de pagarle al SAt, se paga su buen seguro de gastos medicos mayores. En el seguro de gastos medicos mayores, uno mismo decide la calidad del servicio que desea obtener en un momento dado y se manejan centros medicos como el Hospital los Angeles o el ABC de la Cd. de México. O si quieres el IMsss.. pues..bueno.

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