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Tópico: CAMBIA SAT PROCEDIMIENTO PARA CITAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2010 17:19:25 Asunto: CAMBIA SAT PROCEDIMIENTO PARA CITAS
[u]La nueva normativa del Servicio también incluye sanciones[/u]. Para impedir el acaparamiento de citas, que en ocasiones no se usan y provocan saturación y molestia al resto de los contribuyentes quienes no encuentran disponibilidad, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto en marcha un nuevo procedimiento que incluye sanciones. De acuerdo a lo publicado por el SAT, los contribuyentes que hagan una cita a partir de ahora están obligados a proporcionar su número telefónico o correo electrónico, ya que por medio de éstos les confirmarán su cita. 'En caso de no capturar datos o ser incorrectos, la cita se reasignará a otro contribuyente', aseguró la dependencia
Tópico: AVALAN ORALIDAD A JUICIO MERCANTIL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2010 17:18:12 Asunto: AVALAN ORALIDAD A JUICIO MERCANTIL
[color=red]Luego de seis meses de permanecer congelada, la reforma al Código de Comercio para introducir la oralidad en los juicios mercantiles será aprobada hoy en el Senado. El dictamen será avalado en los mismo términos que la Cámara de Diputados, por lo que se turnará al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. De acuerdo con la reforma, procesada por las comisiones de Comercio, Justicia y Estudios Legislativos, todos los juicios deberán cumplir con los principios de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración. Sin embargo, este proceso sólo aplicará para procedimientos ordinarios cuya materia de controversia sea inferior a los 220 mil 533 pesos con 48 centavos[/color]. Oralidad en juicios penales. Ahora, oralidad en juicios mercantiles. ¿¿Habrà oralidad en juicios fiscales?????
Tópico: administracion de condominios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2010 21:43:47 Asunto: Re: administracion de condominios
Bueno, el pago de las cuotas no son precisamente por el uso de las àreas comunes, sino para solventar los gastos que se originan en el condominio, tales como jardineria, vigilancia, recolecciòn de basura, pago del administrador,etc. Tienes que darle una leida a la Ley de Condominios de tu ciudad y cumplir con las disposiciones ahi consignadas. Se cita a una junta de vecinos tratando de que esten presentes al menos mas del 50% de ellos. Los acuerdos que ahi se tomen seràn obligatorios tambien para los no asistentes. Se procede al pase de lista para ver si existe quorum, acto seguido se les informa a los vecinos de los motivos d ela reunion y de las ventajas asi como las ventajas de nombrar una mesa directiva para la administraciòn de la unidad condominial. Una ves tomados los acuerdos, generalmente se constituyen como Asociaciòn Civil, por supuesto, ante Notario. Un ves con el acta constitutiva en tu poder procedes a solicitar tu inscripciòn ante el RFC, y, si tienes empleados, al Imss y al padròn de tu Estado. Puedes ser sujeto de IETU, Iva y retenedor de ISR e IVA. Tendras que tener mucho cuidado con el cobro d elas cuotas de mantenimiento, asì como con la documentaciòn que solicites para comrprobar los gastos realizados, ya que esto incide de manera directa en el aspecto fiscal partìcular de cada condòmino. Te sugiero contrates un contador.
Tópico: Pension Alimentaria: como se rastrea al que paga?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2010 21:29:38 Asunto: Re: Pension Alimentaria: como se rastrea al que paga?
El[color=red] rastreo puede realizarse mediante oficio que el abogado de la cuernuda solicite al SAT, mediante el cual el SAT informa al abogado cuanto recibe y de donde. [/color] ¡¡Si chucha!! ¿¿¿Y tus calsonzotes??? La informaciòn de los contribuyentes es de caracter confidencial. Muchas veces ni haceindo uso de la Ley de Transparencia el SAT proporciona informaciòn, mucho menos se la proporcionarian a algun abogado de manera particular. Ahora bien, pues, hay manera$$$, solo que no seria informaciòn de caracter oficial, lo que para el caso es lo mismo que nada.
Tópico: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2010 22:55:19 Asunto: Re: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
Pues...a ver que dice el LOBO, pero, a mi juicio, si como dices la multa es exhorbitante,. mejor contrata los servicios de un abogado. Generalmente se pueden inlcuir mas de un agravio, una ves analizado el procedimiento que siguio la autoridad para notificar dicha multa. En el argumento que planteas es suceptible de ser perfeccionado, ya que me parece que te metes un autogol
Tópico: Pension Alimentaria: como se rastrea al que paga?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 05, 2010 22:42:13 Asunto: Re: Pension Alimentaria: como se rastrea al que paga?
Bueno, creo que tu pregunta nada tiene que hacer en este foro, ya que es propia del derecho civil. No entiendo muy bien tu pregunta. Por una parte mencionas que el deudor alimentario consiguiò un nuevo empleo adicional al que ya tiene. Luego entonces el ya tiene un empleo de donde se le descuenta la pensiòn alimenticia. Si de esa fuente de ingresos obtiene los recursos suficientes para cubrir la pensiòn alimenticia que le fuè decretada por el Juez civil, no tiene que importarte que obtenga ingresos adicionales. La pensiòn no se determina por el numero de empleos que tenga. En todo caso, tendrias que abrir un nuevo juicio solicitando al juez un incremento a dicha pensiòn. Ahora bien, si el asunto es que el deudor alimentario no aporta la pensiòn alimenticia que le fuè decretada, no te compliques ni tienes que andar investigando nada, interpon una querrella en la agencia del ministerio pùblico por incumplimiento de su compromiso como deudor alimentario, veràs que en unos pocos dias lo tendras tras las rejas bien 'blandito' y con ganas de negociar.
Tópico: pagar menos imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2010 22:27:23 Asunto: Re: pagar menos imss
Creo que tu cliente solo te esta choreando a ver si le consigues algo
Tópico: Multa infraccion policia federal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2010 18:40:24 Asunto: Re: Multa infraccion policia federal
y que ademas nos emplea tiempo en cosas[color=red] totalmente ajenas a sus obligaciones fiscales [/color] Po eso mismo, estos servicios se cobran aparte
Tópico: MULTA DIOT SIN MENCIONAR REQUERIMIENTO...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2010 15:44:28 Asunto: Re: MULTA DIOT SIN MENCIONAR REQUERIMIENTO...
Quiero suponer que la declaraciòn ya la habias presentado antes de que te llegara el requerimiento. Si es asi y con todo y eso te impusieron la multa, se tratarìa entonces de una arbitrariedad de parte del SAT que puedes arreglar acudiendo personalmente al modulo de asistencia al contribuyente con las pruebas del cumplimiento espontaneo. Otra opciòn sera el recurso de revocaciòn.
Tópico: Algún fundamento?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2010 15:36:10 Asunto: Re: Algún fundamento?
De acuerdo a la solicitud inicial de Tiamala, lo que ella solicitaba es un fundamento. Tal ves espera se le indique algun artìculo de alguna ley, Còdigo o reglamento. Yo le digo a Tiamala, que el fundamento legal se encuentra en el Còdigo Civil de su Estado, donde se regula el contrato de prestaciòn de servicios. Quiero comentarle tambien a Tiamala, que una ves cumplidas las disposiciones que, de acuerdo a ese Còdigo debe contemplar el contrato, ella tambièn puede incluirle tantas clàusulas como lo considere necesarias, entre ellas una que se refiera a los lìmites a los que se sujetarà su actuar, o, en su defecto, enunciar una a una las labores que se compromete a hacer. Todo lo ahi NO PACTADO, no serà su responsabilidad. Esa es mi participaciòn Tiamala, y, por favor no sea tan sangrona. Aqui los compañeros le pueden ayudar pero usted tambien tiene que bajarle de huev......sos.

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