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Tópico: Ingreso Fiscal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2008 Asunto: Re: Ingreso Fiscal?
Pues, resulta curioso que el agricultor se deje engañar de esa manera,con lo del dichoso descuento del "Impuesto predial", habrase visto semejante desfachates.
Tópico: Gasos efectuados por terceros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2008 Asunto: Re: Gasos efectuados por terceros
Hola a todos: Retomando el tema materia de esta consulta, definitivamente para que sean deducibles las compras hechas por un tercero, el pago deberá hacerse con cheque nominativo Y PARA ABONO EN CUENTA DEL BENEFICIARIO, esto es, el tercero deberá depositar este cheque en su cuenta. Ya existe una disposición fiscal a este respecto, adicional a lo que menciona el articulo 35 del RISR, Cuetión de dar una buscadita por ahí.
Tópico: Dia trabajado, Dia pagado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 11, 2008 Asunto: Re: Dia trabajado, Dia pagado
[quote="juancarm"]Enrique, los fundamentos ya hicieron favor de ponerlos bsasc y emprendedorfiscal, tienes alguna duda???[/quote] ¿¿Duda??? Ninguna. Las Jurisprudencias hablan por si mismas
Tópico: Dia trabajado, Dia pagado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 10, 2008 Asunto: Re: Dia trabajado, Dia pagado
[quote="mirtasoto"]La empresa paga a sus trabajadores de confianza por quincena, y a los obreros por semana., le hice la observacion al jefe que los trabajadores de confianza, en ciertos meses trabajan hasta 16 dias, pero siempre se les paga solo 15 dias, y pues en el año, hay 7 dias de diferencias, por los meses que traen 31 dias. y si descontamos febrero que trae 28 o 29, pues vienen quedando como 5 dias a favor del trabajador, que en ciertas empresas ajustan en diciembre y pagan esos dias para cerrar el año. Mi jefe considera que el pagar el dia 16 ( cuando el mes trae 31 dias) es incorrecto y[color=red:7ca7d15ae3] que èl que trabajò para una empresa por 30 años, nunca le hicieron tal ajuste ni le pagaron el dia 16[/color:7ca7d15ae3], Asi que piensa que como a èl se lo hicieron, ahora que es èl el patron, dice que no se debe pagar el dia 16 y menos hacer ajustes al final del año,. que le fundamentara dicho pago para considerarlo como bueno. ahh y todavia me dijo que no le creara problemas y no anduviera comentandolo a los otros compañeros porque luego le reclamarian,Como ven?? Solo acertè en decirle que dia trabajado es dia pagado, y no consideraba yo que mi peticiòn estuviera fuera de derecho, pero me falta fundamentarle que legalmente los trabajadores tienen derecho al cobro de esos dias. Algun comentario al respecto?, Antes con otro patron yo cobraba por semana asi que no tenia ningun problema, pero ahora que me toca cobrar por quincena, resulta que voy a regalar cinco dias de trabajo ¡¡¡.[/quote] TAL VES POR ESTO, A TU JEFE NO LE PAGARON EL DIA 16 DE LOS MESES NONES. CHECA LA FECHA DE LA JURISPRUDENCIA. Localización: Séptima Época Instancia: Cuarta Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación 151-156 Quinta Parte Página: 217 Jurisprudencia Materia(s): laboral SALARIOS MENSUALES. FORMA DE COMPUTARLOS. En los casos en que el salario del trabajador se paga mensualmente, no existe razón para aumentar, a este sueldo, el salario correspondiente al séptimo día, que debe considerarse incluido en el sueldo mensual, ya que pagándose al trabajador mensualidades, dicho pago no se hace en atención al número de días trabajados, sino a la unidad de tiempo "mes", sueldo que es el mismo en los doce meses del año, no obstante la diferencia en el número de días de los mismos. Quinta Epoca: Tomo LIII, página 1994. Amparo directo 1646/36. Compañía Azucarera "Almada", Sociedad Civil en Liquidación Judicial. 20 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu. Tomo LVII, página 705. Amparo directo 2419/38. Gutiérrez Guadalupe. 22 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LX, página 551. Amparo directo 8996/38. Compañía Carbonífera de Sabinas S.A. y coagraviados. 18 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu. Tomo LXII, página 1569. Amparo directo 3799/39. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 28 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXII, página 2697. Amparo directo 3634/39. Sasia Manuel. 24 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez. Genealogía: Informe 1981, Segunda Parte, Cuarta Sala, tesis 187, página 144. Apéndice 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 279, página 252. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, tesis 495, página 328. [b]
Tópico: Declaracion anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2008 Asunto: Re: Declaracion anual
[quote="emanuelalejandro"]Buenas tardes, una persona obtiene ingresos por salarios y por honorarios(los honorarios, solo le factura a una sola persona), ¿Como presentas la declaracion? Gracias[/quote] Hola Emanuel: El Declarasat te lleva de la mano en el llenado del formato. Utilizalo.
Tópico: Libros Diario y Mayor en CD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 07, 2008 Asunto:
[quote="lobozac"]Emprendedorfiscal, si OBSERVASTE QUE PUSE COMILLAS EN "LO FISCAL"..... y te preguntaria, que fundamento llevan los EFP y quien los firma ?....... la leyenda en que se soporta , en lo LEGAL, FISCAL o mercantil ? eso encierran las "comillas" por ultimo SI OBSERVASTE la forma de redaccion de mi participacion ? TE REPITO, LIBROS PARA EFECTOS "MERCANTILES" COMO TAL, "YA ES COSA OLVIDADA"...........CLARO QUE lo mercantil se concatena con lo FISCAL, LEGAL, FINANCIERO, ADMINISTRATIVO Y DICES "Todas estas operaciones son de tipo mercantil"..........NADA MAS MERCANTIL ? en fin[/quote] PUES, ENTONCES SE REQUIERE DE UN VOCERO QUE INTERPRETE QUE FUE LO QUE QUISISTE DECIR. UN LENGUAJE MAS CONCRETO Y OBJETIVO SERIA LO DESEABLE
Tópico: Libros Diario y Mayor en CD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 07, 2008 Asunto:
Hola. [quote="lobozac"]practicamente "Nos enfrascamos tanto en el aspecto fiscal, que olvidamos otros ordenamientos legales".........que hasta los auditores se OLVIDAN de fundamentar sus revisiones en el citado codigo,......y es que eso seria para cuando alguien "con INTERES JURIDICO", PETICIONARA EL CUMPLIMIENTO de lo referente, pero comentemos, [color=red:bb8433d700]quien en la actualidad seria interesado en LIBROS PARA EFECTOS MERCANTILES [/color:bb8433d700]?.[b:bb8433d700][color=blue:bb8433d700]Bueno, conosco muchas empresas que se auditan para efectos mercantiles(financieros), para conocer el resultado de sus operaciones, independientemente de lo fiscal[/b[/color:bb8433d700]]...[color=red:bb8433d700]ya ni los bancos que prestan la lana para el financiamiento, a estos les interesa lo "fiscal"[/color:bb8433d700] [b[color=blue:bb8433d700]]¿Hace cuanto que no intervienes en la negociación d eun credito???[/b:bb8433d700][/color:bb8433d700]saludos saludos[/quote] [b] Para otorgar créditos, los bancos solicitan estados financieros proyectados, debidamente firmados por un C.P. anotando su cédula profesional, mas la firma del representante legal. Agregan tambien una leyenda donde le hacen saber al C.P. de la responsabilidad en que incurre en el caso de que las cifras contenidas en esos estados financieros sean falsas. Todas estas operaciones son de tipo mercantil
Tópico: Libros Diario y Mayor en CD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2008 Asunto: Re: Libros Diario y Mayor en CD
Buenos dias: Nos enfrascamos tanto en el aspecto fiscal, que olvidamos otros ordenamientos legales....Y ...¿¿Lo que establece el articulo 34 del Còdigo de Comercio, en lo referente al libro mayor????????
Tópico: EXTRANJEROS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 04, 2008 Asunto: Re: EXTRANJEROS
Yo creo que se empesaría porque se nos dijera que actividad realiza el extranjero o bajo que condiciones se le contrató Checate tambien los tratados internacionales firmados con el pais en donde le pagan a este extranjero, Ya que mencionas que a él sus pagos se los hace una empresa hubicada en otro pais, de ahi que sea necesario conocer bajo que condiciones esta en México. Por lo pronto ya dejaste claro que el patrón es quien le paga y ese, está en el extranjero. Espera que reciba la maldición de IDE
Tópico: Prestamo IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2008 Asunto: Re: Prestamo IVA
ABOGADO. TE DEJO EL CRITERIO DEL SAT EN RELACION A ESTE PUNTO, analizalo y nos comentas. Solo tu sabes el uso que el adquiriente le dará a esos fondos. CSAT. 107/2004/IVA Intereses en financiamientos de actos gravados a la tasa del 0% o exentos. Boletín 2004. Primera Parte El artículo 15, fracción X, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado supone dos actos conexos: La enajenación, prestación de un servicio o el otorgamiento de uso o goce de bienes exentos o afectos a la tasa del 0%, y El financiamiento que otorga el enajenante o prestador, al adquirente o prestatario, para cubrir la contraprestación pactada por la operación a que se refiere el inciso anterior. Conforme a dicho artículo, estaría exento del impuesto al valor agregado sólo el financiamiento otorgado en dichos términos. Por ello, si quien otorga el crédito o financiamiento es el adquirente, prestatario o un tercero, dicho financiamiento no estará exento, conforme al artículo 15, fracción X, inciso a) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, aunque pudiera estarlo conforme a otra disposición de la propia ley.

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