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Tópico: contabilidad en domicilio fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2008 Asunto: Re: contabilidad en domicilio fiscal
TAMBIEN SE HACE POR AHI MUCHA INSISTENCIA EN RELACIÓN CON EL CITATORIO: HAY QUE TOMAR EN CUENTA EL HECHO DE QUE SI, AL MOMENTO DE PRESENTARSE LOS AUDITORES EN LA EMPRESA Y REQUIRIEON LA PRESENCIA DEL REPRESENTANTE LEGAL, Y ESTE, ESTANDO AHI DIJO, "YO SOY", ENTREGANDOSELE EN ESE ACTO LA ORDEN DE VISITA,, ENTONCES YA NO PROCEDE EL CITATORIO PUESTO QUE EL CITATORIO SE DEJA SOLO EN CASO DE AUSENCIA DEL REPRESENTANTE LEGAL POR OTRA PARTE, LA ATENCION DEL INICIO DE UNA VISITA DOMICILIARIA, DESDE EL CITATORIO PARA NOTIFICACION Y HASTA EL LEVANTAMIENTO DEL ACTA DE INICIO, ES FUNDAMENTAL, IMPORTANTISIMA, PUESTO QUE EN BASE A ELLO SE PODRA HECHAR ABAJO LA REVISION COMPLETA DE EXISTIR INCONSITENCIAS DE PARTE DE LA AUTORIDAD. DEBE SER ATENDIDA POR UNA PERSONA CON EXPERIENCIA.
Tópico: PUBLICO EN GENERAL...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2008 Asunto: Re: PUBLICO EN GENERAL...
Que curioso: Como "PUBLICO EN GENERAL" yo entendí que SHANGAI lanzaba esta pregunta para la generalidad de los participantes . Esto es, sin dedicatoria a alguien en especial. Pero, efectivamente, SHNAGAI tiene que aclarar y ser mas concreto en que quiso decir con "PUBLICO EN GENERAL"para que pueda tener una mejor respuesta.
Tópico: RESULTADO DE LAS GESTIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2008 Asunto: RESULTADO DE LAS GESTIONES
Muchos de nosotros exponemos aqui nuestras dudas o problemas que se nos presentan en la práctica diaria de nuestra dura profesión. Y tambien, son bastantes, variados y muy acertados los comentario, sugerencias y opiniones que los participantes desinteresadamente nos ofrecen. Sin embargo, yo quiero invitar quien solicita la ayuda, al final, regrese a este foro y nos haga saber el resultado final de los casos aqui planteados. Que se nos diga pues, finalmente, como fueron resueltos los problemas a fin de saber, con toda certeza, el camino a seguir si se nos presentara un caso similar. A mi, en lo personal, me gustaría conocer cual fué la opinión que prevaleció, que fué la mas cercana en la resolucion del punto, a fin de compararla con la mia y hacer las correcciones que se hagan necesarias en la apreciación que yo tengo. Esto enriquesería en mucho la función de este foro y lograriamos obtener un conocimiento que, en la actualidad,solo se le queda a quién vivió los hechos.
Tópico: PUBLICO EN GENERAL...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2008 Asunto: Re: PUBLICO EN GENERAL...
Pues verás. Para otorgar un crédito se siguen una serie de pasos y controles tendientes a garantizar, en su momento, el pago del mismo. Como por ejemplo, el llenado de una solcitud de crédito en donde se te proprociona toda la información legal, fiscal y financiera del posible deudor a fín de que tengas elementos de juicio para otorgar dicho crédito. Tambien puedes optar por docuemntarlos exigiendo la firma de un pagaré o una letra de cambio, en fin, esto es de acuerdo con la spoliticas de credito que tenga tu empresa. Si llegado el momento, el deudor no te paga, se inicia el procedimiento de cobro consistente en el envio de estados de cuenta, visitas personales, etc. y si aún asi no hay exito se inicia el cobro por la via judicial, a traves de un abogado. Esto viene a colación, porque, para enviar a la provisión de cuentas incobrables un adeudo, tienes que soportarlo con toda la documentación generada en el proceso indicado en el párrafo anterior, y, si llegaste al cobro por la via judicial y no fué posible, el abogado que hubieses contratado tendra que rendirte un informe d elas razones por las cuales no se logro dicho cobro. Solo hasta entonces tendras bien soportado el cargo a resultados de esas cifras con la seguridad de que en lo futuro no tendras ningún problema de tipo fiscal.
Tópico: Pagos el dia de la notificacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2008 Asunto: Re: Pagos el dia de la notificacion
Es sumamente importante que no te dejes apantallar. Esas multas, en las condiciones que planetas, son improcedentes, pero como ya alguien los mencionò, los auditores siempre tratan de encontrar algo. No te dejes.
Tópico: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2008 Asunto: Re: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
Si los señores auditores te estan dando sea facilidad, aprovechala, ya que existe Jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN y, ademas diversas tesis aisladas que establecen los contrario. Ejemplo, esta: Registro No. 187406 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XV, Marzo de 2002 Página: 1444 Tesis: XIV.2o.53 A Tesis Aislada Materia(s): Administrativa RENTA. LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 24, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, PARA REALIZAR DEDUCCIONES DE PAGOS EFECTUADOS MEDIANTE CHEQUE NOMINATIVO DEL CONTRIBUYENTE, CONSTITUYEN UN VERDADERO IMPERATIVO LEGAL, CUYO INCUMPLIMIENTO GENERA LA IMPROCEDENCIA DE AQUÉLLAS. El artículo 24, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece: "Las deducciones autorizadas en este título deberán reunir los siguientes requisitos: ... III. Que se comprueben con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales relativas a la identidad y domicilio de quien los expida, así como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio, y que en el caso de contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a ... efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, los pagos en efectivo cuyo monto exceda de ..."; de donde se sigue que para la procedencia de las deducciones se prevén dos presupuestos: a) que la documentación que las ampare reúna los requisitos fiscales relativos a la identidad y domicilio de quien los expida, así como de quien adquirió el bien o recibió el servicio de que se trate; y, b) que los sujetos que se ubiquen en el supuesto acrediten haber efectuado el pago con cheque nominativo del propio contribuyente, y la finalidad de ambos estriba en poder identificar la relación jurídica que se estableció entre el comprador y vendedor, y el objeto del acto que es el que tendrá efecto fiscal en la deducción que se efectúe de la contraprestación a que dé lugar. Por tanto, si se exige como presupuesto que el bien adquirido o el servicio de que se trate se pague mediante cheque nominativo emitido a nombre de la persona que realizó la venta o prestó el servicio, ello constituye un verdadero imperativo legal en tanto que contiene una obligación, expresa, clara y precisa, no sujeta a interpretación alguna, cuya omisión no sólo da lugar a una infracción sino al rechazo de la deducción, en virtud de que se trata de un requisito previsto en la norma cuyo incumplimiento genera la improcedencia de esa prerrogativa. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO. Amparo directo 176/2001. Derivados de Henequén del Mayab, S.A. de C.V. 8 de noviembre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús González Ruiz. Secretario: Mario Andrés Pérez Vega. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, febrero de 2001, página 293, tesis 2a. XI/2001, de rubro: "RENTA. EL ARTÍCULO 24, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA LOS PRINCIPIOS DE JUSTICIA TRIBUTARIA CONTENIDOS EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 31 CONSTITUCIONAL, AL ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIRSE PARA QUE LAS DEDUCCIONES SEAN PROCEDENTES (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 1993).". Aún cuando los articulos que aqui se mencionan pretenecen a una Ley que ya está derogada, lo aqui determinadao es aplicable a la legislación actual.
Tópico: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2008 Asunto: Re: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
[quote="eguisa"]les comento, derivado de una auditoria del ejercicio 2006 por parte de la secretaria de planeacion y finanzas del edo de gto me estan rechazando gastos pagados en efectivo mayores a $2,000 (comprobantes de cfe, telefono y nextel que se pagaron via reembolso de gastos), el auditor me comento que si presentaba un escrito con fundamento en alguna tesis o jurisprudencia relacionado con lo estrictamente indispensable si me hacian valido dichos comprobantes; entonces me di la tarea de investigar haber si existia algo relacionado con este tema; ahora bien con la informacion que esta pasando CP_PACO es suficiente, ya que los comprobantes corresponden al domicilio del negocio , son indispensables y contienen todos los datos fiscales; lo unico que le hizo falta fue pagarlos con cheque nominativo (pequeño gran detalle). saludos y espero que haya quedado visualizado la problematica y como pienso encausar la deducibilidad de los comprobantes.[/quote]
Tópico: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 25, 2008 Asunto: Re: erogaciones pagadas en efectivo mayores a $2,000
Ni como ayudarte. Ademàs de que la cifra excede de $2,000.00, el pago no se hizo con cheque para abono en cuenta
Tópico: Factura sin cedula
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2008 Asunto: Re: Factura sin cedula
Concluido
Tópico: CAMBIO DE DOMICILIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2008 Asunto: Re: CAMBIO DE DOMICILIO
Este tema va a ser polèmico

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