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Tópico: despido justioficado a embarazada
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 18, 2010 20:11:47 Asunto: Re: despido justioficado a embarazada
No considero que exista problema si te decides a despedirla por la causal que mencionas. Esto es, si puedes demostrar que esta haciendo eso que dices que hace, ya que en caso contrario te pelearia despido injustificado, pero no por su embarazo, sino por falta de pruebas de su actuar. No podrias despedirla, solo en caso de que ya estuviere incapacitada,
Tópico: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 18, 2010 20:06:29 Asunto: Re: ¿Cuando nos reunimos en un SIMPOSIO?
Estoy de acuerdo con SOS, puede ser por esta misma via a fín de que sea observado por todos y, quien asi lo consideré, particpe también. Finalmente, de lo que se trata es de que aprendamos todos
Tópico: RETENCION INFONAVIT VSM
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 17, 2010 00:09:10 Asunto: Re: RETENCION INFONAVIT VSM
Enrique:: ¡¡uff!! . Algunos maestros de lógica juridica estarian horrorizados de estos 'razonamientos'. Como dato le dire que, la LFT, a traves de su artículo 139, 'pinta su raya' y le pasa toda la responsabilidad en cuanto a la adquisición de habitaciones y la obtención de créditos, a la Ley del Infonavit. Esto incluye tambien las reglas para la recuperación de dichos créditos. VCASPE hace referencia al artículo 29 de la LFT, pero ese artículo se refiere solo a aquellos que ganan el Salario Minimo, esto es, no es aplicable a todos los trabajadores. Es mas..¿A cuantos trabajadores seria aplicable este articulo 29? ¿Habrá muchos trabajadores que ganen el salrio mínimo??
Tópico: RETENCION INFONAVIT VSM
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Marzo 15, 2010 21:52:18 Asunto: Re: RETENCION INFONAVIT VSM
[color=red]¿Como puede ser correcto lo que no es legal? [/color] Cuestión de enfoques: El descuento VSM al trabajador, desde el punto de vista de la Ley del Infonavit y sus reglamentos es legal, puesto que esta establecido en una norma jurídica, por lo tanto es correcto que se haga de esa manera. Por otra parte, la LFT, en su artículo 110, fracción III, menciona descuentos para cubrir créditos del Infonavit, sin limtación alguna; esto es, nada dice en relación a si se realiza VSM o utilizando un porcentaje. Luego entonces, ¿¿Donde se estaria violando esta Ley? Por lo tanto, es tambien correcto y legal el descuento que se le ahace al trabajador. Lo incorrecto e ilegal sería que el patrón no lo hiciera en los términos arriba planteados, lo que le convierte en responsable solidario de los mismos. Y lo que procede aquí, para que el trabajador no se vea afectado, es seguir la recomendación de pepesoto. Ahora bien, ENRIQUE, ¿ Como fundamenta el porqué considera que la LFT esta antes de la Ley del Infonavit??? Las dos legislaciones son de ámbito federal, las dos forman parte del llamado derecho social, las dos imponen derechos y obligaciones tanto a trabajadores como a patrones. ¿Cual seria segun usted Enrique, aquello que le diera supremacía a la LFT sobre la LINFONAVIT???
Tópico: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 15, 2010 20:59:23 Asunto: Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses
[color=red] '..Me parece que dar de baja en el IMSS a un trabajador ausente...'[/color] Yo no he dicho que haya que darlo de baja. Al contrario. Si el trabajador ya no se presentó, apoyo el consejo del abogado de no darlo de baja durante los dos meses que puede él intentar alguna acción. [Ahora bien, yo no indico que no se ha despedido. No tergiverse las cosas. El forista dice que el trabajador ya no se presentó a laborar. [color=red]A mi se me ocurre el correo certificado con firma recopilada por la mensajeria o por el correo. Habria que preguntar a la J CyA si esto es valido. La Junta de C y A tambien se podria realizar este procedimiento, de aplicar el despido. No tan solo en la empresa. No observo en la LFT, la diferencia de aplicar el despido en la empresa, en la junta o en el domicilio del trabajador. Solamente que probarlo en la empresa, se me hace mas dificil ante una negativa del colaborador. [/color[/color]] [color=red]simplemente se adjunte una clausula en los contratos laborales que este procedimiento seria aplicable para las terminaciones laborales[/color]. Todo esto que usted escribe solo demuestar mucho desconocimiento del derecho laboral. Por favor, dele una liidita a la LFT. Saludos
Tópico: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 14, 2010 00:44:27 Asunto: Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses
[color=red]'..Pero, si yo fuera el trabajador y no me han notificado el despido y no hay prueba del despido, el día que me despidieron serpia lo más reciente posible. ..'[/color] Pero, es que aqui no se ha despedido a nadie. Simplemente el trabajador ya no se presentó a trabajar, y, el abogado sugiere no darlo de baja en el Imss previendo que pudiese demandar. Esta eventualidad puede o no ocurrrir. Ahora bien, en una participación anterior hablaba de tener controles eficientes, esto incluye el control de asistencias del personal, en al forma que mejor les convenga: reloj checador, lista de asistencia, libro de asistencia, etc., así como el levantamiento de actas administrativas, el 4to., 5to, y 6to. dias por lo menos de que el trabajador no se presentó a sus labores, firmando testigos que, de preferencia debieran ser sus mismos compañeros de trabajo. No está de mas buscar al trabajador en su casa y conocer los motivos que tuvo para abandonar el empleo.
Tópico: auditoria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 12, 2010 20:22:02 Asunto: Re: auditoria
[color=red]'...Puedes enviarme tu correo para contactarte y platicar al respecto, gracias. ...'[/color] ¡¡Ups!! Maximo: Lamento no poder hacer lo mismo, ya que estimo que parte del objetivo de este foro es que aprendamos todos, conociendo el punto de vista de los demas Saludos
Tópico: auditoria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 12, 2010 16:06:05 Asunto: Re: auditoria
Hola maximo: Si ya te notificaron el acta parcial final, y tomando en cuenta las fechas que mencionas, efectivamente tu plazo vence el dia 16 de Marzo del 2010. Pero mira, ojo Maximo, ni antes ni despues de esta fecha, los señores auditores te deben de precionar para que tomes acciòn en uno u otro sentido ya que es tu desiciòn autocorregirte o no. Si recibiste una invitaciòn para autocorregirte, pues tomalo como eso, solo una invitaciòn. Dale respuesta a la ultima a la ultima acta parcial final, refiriendote solo a los hechos que ahi se mencionan. Es obvio que lo del IVA no lo consideraron en el acta parcial final, se les paso o trataran de extorcionarte con eso. No te dejes. Dale respuesta al acta parcial final, si es que existe y si ya te fuè notificada, y como ya te mencionè, refierete solo a los hechos en ella consignada, si puedes desvirtuar algun punto, haslo y entregala en oficilia de partes o en la oficina de ellos. que te sellen de recibido. El precedimiento es el siguiente: Una ves terminada la revisiòn, el auditor procederà a notificar la ultima acta parcial final, en donde te hara sabèr las anomalias que hubiesen encontrado a fin de que, haciendo uso de tu garantia de audiencia, otorgandote un plazo para que desvirtues los hechos y presentes las pruebas que consideres conveniente. En esta acta no te determinaràn aùn credito alguno. El plazo serà de 20 dias habiles, al termino del cual el auditor procederà a levantar y notificar el acta final.. Sin embargo, aun transcurrido el plazo podras desvirtuar los hechos siempre y cuando no se haya notificado el acta final de la revisiòn. En pocas palabras, tu podras corregir tu situaciòn fiscal desde el momento en que se inicia la revisiòn y hasta antes de que se te notifique el credito derivado de dicha revisiòn por contribuciones omitidas. [b]Para autocorregirte dentro del lapso de tiempo arriba mencionado no requieres de la autorizacion de la autoridad fiscal[/b]. basta conque les exhibas copia de las declaraciones presentadas por este motivo. Creo que ya enredè todo, (jiji) Saludos
Tópico: iva & isr
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 12, 2010 00:19:05 Asunto: Re: iva & isr
La comepnsación Universal. Los maestros debieran explicar a sus alumnos antes el tema, para que ellos sepan que buscar y donde buscar. Desgraciadamente, en nuestras instituciones de educación superior, existen maestros que no preparan sus clases y pretenden que los alumnos les hagan la tarea
Tópico: Trabajador que entrega incapacidades subsecuentes 2 meses despues!!!
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 12, 2010 00:13:48 Asunto: Re: Trabajador que entrega incapacidades subsecuentes 2 meses despues!!!
Nos hay manera de que pudiere prosperar una acción intentada por el trabajador y por este motivo, toda ves que, de acuerdo con el articulo 42, fracción II de la LFT, los efectos de las relaciones de trabajo se encuentran suspendidas.

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