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Tópico: IVA en compra-venta inmueble?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 03, 2017 13:53:32 Asunto: Re: IVA en compra-venta inmueble?
[i]LIVA Artículo 33. Cuando se enajene un bien o se preste un servicio en [color=red]forma accidental[/color], por los que se deba pagar impuesto en los términos de esta Ley, el contribuyente lo pagará mediante declaración que presentará en las oficinas autorizadas, dentro de los 15 días siguientes a aquél en el que obtenga la contraprestación, [color=red]sin que contra dicho pago se acepte acreditamiento[/color]. En las importaciones ocasionales el pago se hará como lo establece el artículo 28 de esta Ley. En estos casos no formulará declaración mensual ni llevará contabilidad; pero deberá expedir los comprobantes fiscales a que se refiere la fracción III del artículo 32 de esta Ley y conservarlos durante el plazo a que se refiere el artículo 30, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación. Tratándose de enajenación de inmuebles por la que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, consignada en escritura pública, los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se firme la escritura, en la oficina autorizada que corresponda a su domicilio; asimismo, expedirán un comprobante fiscal en el que conste el monto de la operación y el impuesto retenido. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable en el caso a que se refiere el artículo 1o.-A, fracción I de esta Ley. RIVA Artículo 78. Para los efectos del artículo 33, segundo párrafo de la Ley, las personas a que se refiere dicho párrafo, [color=red]quedan relevados de la obligación de efectuar el cálculo y entero del impuesto a que se refiere el citado artículo cuando la enajenación de inmuebles se realice por contribuyentes que deban presentar declaraciones mensuales de este impuesto y exhiban copia sellada de las últimas tres declaraciones de pago mensual[/color]. Tratándose de contribuyentes que hayan iniciado actividades en un plazo menor a tres meses anteriores a la fecha en que se expida por el fedatario público el documento que ampara la operación por la que deba pagarse el impuesto, deberán presentar copia sellada de la última declaración de pago mensual o copia del aviso de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, según corresponda. Cuando los contribuyentes presenten las declaraciones o el aviso a que se refiere este artículo en documentos digitales, deberán exhibir copia del acuse de recibo con sello digital. No se consideran enajenaciones de bienes efectuadas en forma accidental, aquéllas que realicen los contribuyentes obligados a presentar declaraciones mensuales del impuesto. [/i] Gracias. Sobre LIVA, grupoimper. Ya me confundí mas, primero por lo que señala el 1er párrafo del 33, en el caso que comento los ingresos que tiene la PF son por arrendamiento que generan IVA (bodegas comerciales). Pero a la vez considero, es un acto accidental la venta del inmueble ¿sería conveniente dar de alta la obligación de actividad empresarial o el arrendamiento es considerada como actividad empresarial para efectos de ser la misma PF la que realice el cálculo y pago y acreditamiento de IVA? Saludos [i]Editado: Octubre 03, 2017 13:55:03[/i] [i]Editado: Octubre 03, 2017 13:56:13[/i]
Tópico: IVA en compra-venta inmueble?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2017 18:35:13 Asunto: Re: IVA en compra-venta inmueble?
Alguien que sepa del tema?
Tópico: Registro contable de pago de dividendos
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2017 18:25:34 Asunto: Re: Registro contable de pago de dividendos
No he tenido el caso, pero supongo que la afectación de la actualización podría manejarse en cuentas de orden, afectando las que corresponden a CUFIN ¿o descuadraría algo si se hace así?
Tópico: IVA en compra-venta inmueble?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2017 09:31:19 Asunto: Re: IVA en compra-venta inmueble?
Gracias vabdo El detalle es que esta persona fisica no tiene actividad empresarial, entonces, el notario calculará y enterará ambos impuestos (IVA e ISR). Por lo que no he visto que los notarios acepten por ejemplo que el saldo a favor de IVA se acredite contra el IVA de la operación o se compense contra el ISR a cargo ¿cómo se deberá solucionar, cómo manifestar o manejar esa situación?
Tópico: IVA en compra-venta inmueble?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 19, 2017 13:00:25 Asunto: IVA en compra-venta inmueble?
Buena tarde. Persona física con ingresos por arrendamiento y asimilados a salario, vende la propiedad que le genera el ingreso por arrendamiento. Dicho inmueble es terreno y construcción, por lo que en dicha venta se genera un IVA trasladado por la construcción, el notario será el encargado de 'retener' y enterar el IVA. El detalle es el siguiente, dicha persona física llegó a un acuerdo con el comprador, por lo que antes de realizar la operación hará algunas modificaciones al inmueble, por lo que dicha inversión generará IVA acreditable para el aún propietario del bien. En este caso ¿qué pasa con ese IVA acreditable, es posible compensarlo contra el IVA a cargo que se genere o en su caso compensarse contra el ISR a cargo que se genere por la operación de venta? De ser así ¿cómo y cuando debe manifestar ese IVA a favor? Gracias por sus comentario. [i]Editado: Septiembre 19, 2017 13:11:10[/i] [i]Editado: Septiembre 19, 2017 13:11:30[/i]
Tópico: Error al cancelar CFDI 'firma inválida'
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 07, 2017 15:36:12 Asunto: Error al cancelar CFDI 'firma inválida'
Buena tarde. En el mes de junio/2017, facturé mediante el portal del SAT (factura gratuita) a público en general, pero me percato que dicha factura tiene un error ya que en lugar de facturar $17,500 se facturaron $175,000 (no manejaba las comas como ahora el portal). Al querer cancelar dicha factura para refacturar, me marca el error 'Firma inválida', he realizado mas facturas con la e-firma sin problemas, por lo que estoy 100% seguro de que la que estoy usando es correcta. Ya borre cookies, historial, etc etc y me sigue saliendo el mismo mensaje de firma inválida. ¿Alguien tuvo o tiene ese problema y ha dado con la solución? Gracias
Tópico: Debo expedir complemento de pago?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2017 15:35:48 Asunto: Re: Debo expedir complemento de pago?
De la página del SAT 3. ¿Es obligatorio expedir facturas con el complemento para recepción de pagos? No, en principio es opcional e inicia el próximo 1 de julio (sólo con la versión 3.3), pero a partir del 1 de diciembre el uso del complemento para recepción de pagos será obligatorio. Fundamento legal: (619 KB) regla 2.7.1.35. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y comunicado de prensa publicado el 12 de mayo en este Portal.
Tópico: CFDI DE INGRESOS
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2017 12:56:13 Asunto: Re: CFDI DE INGRESOS
¿A partir de que ejercicio la escritura se consideraba como comprobante fiscal?
Tópico: Venta inmueble PF ¿cuando se generan impuestos?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 06, 2017 14:29:56 Asunto: Venta inmueble PF ¿cuando se generan impuestos?
Qué tal, buena tarde. Se presenta la siguiente situación: PF enajena un terreno con construcción (no es casa habitación), dicha PF tiene ingresos por arrendamiento y asimilados a salarios solamente, no tiene actividad empresarial. La operación de venta se pacta a 6 meses, se recibe a la firma del contrato el 30% del importe de la operación como anticipo. Mis dudas son las siguientes: - Anteriormente el notario se hacía cargo de emitir la escritura y funcionaba como comprobante fiscal, pero buscando el tema veo que ahora no hay otra opción que la PF emita el CFDI por la operación. En este caso, planteo la duda sobre si deberá emitir un CFDI por el total de la operación y plasmará que el pago se realizará en parcialidades ¿? - Sobre la generación del ISR, cómo se calculará o causará el impuesto ¿al momento de la operación aún no siendo al contado o se generará conforme se reciba cada parcialidad mensual? - Leí sobre la opción de calcular el ISR anual conforme al promedio de las tasas de los últimos 5 ejercicios ¿en pagos provisionales no hay nada que hacer para disminuir la carga fiscal, además de las posibles deducciones que se tiene derecho a realizar? - ¿El pago provisional de ISR y definitivo de IVA lo calcula el notario o la PF por su cuenta? Gracias por sus opiniones y comentarios, si se me pasa algún punto los leo con atención. [i]Editado: Junio 06, 2017 14:32:11[/i]
Tópico: Aportaciones para futuros aumentos de capital
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 06, 2017 14:15:58 Asunto: Re: Aportaciones para futuros aumentos de capital
Muchas gracias a_cano, me queda claro el tema. Un saludo! [i]Editado: Junio 06, 2017 14:16:42[/i]

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