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Tópico: DIM ANEXO '2' EJERCICIO 2020
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2021 11:56:50 Asunto: Re: DIM ANEXO '2' EJERCICIO 2020
Yo desde 2017 no la presento ¿apoco si reactivaron o sigue activa esa obligación?
Tópico: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2021 17:15:43 Asunto: Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?
Buenas tardes. Ayer renové contraseñas, creen que en realidad vayan a cancelar las que no se renovaron? Por que no creo que les sea conveniente tener mas gente en las ALAC haciendo trámites presenciales. Saludos
Tópico: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2021 15:50:40 Asunto: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?
Buenas tardes. Sobre renovar la contraseña de CIEC y su vencimiento el día de mañana para tal trámite ¿han podido hacerla? Sobre la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1, publicada el 24/07/2020, señala que: Valor probatorio de la Contraseña 2.2.1. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos, conformada por la clave en el RFC del contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la cual podrá cambiarse a través de las opciones, por medios electrónicos, que el SAT disponga para tales efectos. La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio. [color=blue][b]La Contraseña tendrá una vigencia de 4 años, contados a partir de la generación o la última actualización que se realice, la cual se deberá renovar por cualquiera de los medios que el SAT ponga a disposición.[/b][/color] La solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña deberá realizarse de conformidad con la ficha de trámite 7/CFF 'Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña', contenida en el Anexo 1-A. Al momento de realizar el trámite, el SAT podrá requerir información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y, en general, la situación fiscal de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas, entregando el 'Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal'. Los solicitantes a quienes se requiera información y documentación de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, tendrán un plazo de seis días contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, para que aclaren y exhiban la información o documentación requerida, de conformidad con la ficha de trámite 197/CFF 'Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma', contenida en el Anexo 1-A, en la ADSC en la que iniciaron el citado trámite o a través de los medios electrónicos que, en su caso, determine el SAT. En caso de que en el plazo previsto en el párrafo que antecede no se realice la aclaración, se tendrá por no presentada la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña. La ADSC resolverá la aclaración en un plazo de diez días contados a partir del día hábil siguiente a aquél al que se recibió la misma. Para conocer la respuesta, el solicitante acudirá a la ADSC en la que presentó su trámite de aclaración. Cuando la aclaración haya sido procedente, el contribuyente deberá generar, actualizar o renovar la Contraseña utilizando su e.firma a través del Portal del SAT. En caso contrario, se tendrá por no presentada la solicitud, dejando a salvo el derecho del contribuyente para volver a presentar el trámite. Los contribuyentes personas físicas mayores de edad inscritos en el RFC, podrán presentar la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, a través del servicio SAT ID, cumpliendo con los requisitos previstos en la ficha de trámite 7/CFF 'Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña', contenida en el Anexo 1-A. Para los efectos del párrafo anterior, la solicitud se tendrá por presentada cuando se acredite la identidad del contribuyente con los elementos aportados, en caso contrario, el contribuyente podrá realizar nuevamente su solicitud. Para los efectos del artículo 17-H, fracciones III, IV y V del CFF, cuando a través de los avisos presentados ante el RFC, se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado, o bien, la cancelación en el RFC por liquidación, escisión o fusión de sociedades, la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar inactiva la Contraseña. Cuando la autoridad fiscal identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, podrá restringir temporalmente la Contraseña, hasta que el contribuyente aclare o desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado.
Tópico: Estimulos/esquemas especiales sector agrícola
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 09, 2020 18:11:31 Asunto: Re: Estimulos/esquemas especiales sector agrícola
Gracias. Me echo un clavado y les comento algunos detalles que estoy seguro saldrán despues de analizarlas. Saludos
Tópico: Estimulos/esquemas especiales sector agrícola
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2020 15:50:12 Asunto: Estimulos/esquemas especiales sector agrícola
Buenas tardes. Tengo años sin ver casos de empresas del sector agrícola, espero me puedan compartir sus opiniones. En sí, estoy tratando de encontrar todo lo relacionado con empresas de dicho sector, desde que tipo de 'sociedad' es conveniente formar y por qué, y cuales son los estímulos para dicho sector. Así mismo, estoy viendo que para 2021, el art. 16 de LIF señala que los estímulos fiscales deberán ser considerados como ingresos acumulables para efectos de ISR (excepto el estímulo a la enajenación de libros, periódicos y revistas). Saludos y agradezco sus comentario.
Tópico: Prescripcion saldos a favor?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2020 14:04:22 Asunto: Prescripcion saldos a favor?
Buenas tardes. En el caso de saldos a favor, por ejemplo, de una PM si tiene saldo a favor de 2016 y ha venido acreditando o compensando dicho saldo quedándole remanente ¿el conteo de la prescripción se va reiniciando en cada fecha en que ese saldo a favor sea usado para acreditamiento o compensación? Por ejemplo el criterio mas común 'fecha de manifestación saldo a favor 31/03/2017, si no se usa todo el saldo a favor prescribe el derecho de su uso el 01/04/2022' cuando por lógica la fecha de inicio del conteo para prescripción debe ser la última vez en que ese saldo a favor se vió afectado por haberlo acreditado o compensado' **Digo acreditado o compensado debido a que se puede tener saldo a favor de IVA o ISR** Saludos!
Tópico: Cancelación de CFDI 2019 2020
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2020 17:17:21 Asunto: Re: Cancelación de CFDI 2019 2020
Algo extraña esa situación. Vaya lío, entonces esa PF (arrendador) quizá no declaraba o manifestará pagos en exceso. ¿Con qué documento legal se amparaban los pagos en su momento (ademas del CFDI), qué tanta confianza se tiene con dicha PF? Lo anterior, para que evalúen la opción de 'pago a cuenta de terceros', que es el punto mas relevante del caso que expones, pero para eso legalmente dicha PF deberá firmar lo que el área jurídica de la PM emitirá para amparar dicha figura. No le veo muchas salidas, o es eso, o es una demanda para recuperar el recurso, y no creo que quieran perder tiempo en situaciones de ese tipo. Saludos [i]Editado: Octubre 12, 2020 17:21:00[/i]
Tópico: Sueldos no deducibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 30, 2020 11:40:25 Asunto: Re: Sueldos no deducibles
El mismo contribuyente está tratando al asimilado como asalariado? Si está tratando de evitar las obligaciones de seguridad social y el llamado '% no deducible de los sueldos', para qué al final si los considera para una cosa y para otra no?
Tópico: Cambio actividad económica ante SAT
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 15, 2020 15:11:29 Asunto: Re: Cambio actividad económica ante SAT
Gracias CP_PACO pero ¿y cuál crees que sería la elegible para el caso que expongo?
Tópico: Cambio actividad económica ante SAT
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2020 13:46:36 Asunto: Re: Cambio actividad económica ante SAT
Esto despliega al elegir 'otro tipo e empresa' [b]Otro tipo de empresa, sociedad, asociación u organización[/b] Sociedad cooperativa de producción Centro cambiario Asociación religiosa Partido o asociación política Fideicomiso dedicado a la adquisición o construcción de inmuebles Embajada u organismo internacional Fideicomiso de alquiler de bienes inmuebles Otro Fideicomiso no empresarial

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