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Tópico: DESIGNACION DE PERITOS ANTE EL TRIBUNAL
neonato

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 14, 2010 15:28:33 Asunto: Re: DESIGNACION DE PERITOS ANTE EL TRIBUNAL
[quote]Y contadores, ....TAMBIEN..............NO GENERALIZO............PERO EL 95 %............[color=red]O SON RATAS[/color].........[color=red]O MUY PEN......NEJOS[/color][/quote] Creo que tù eres ambas cosas o sea contador y abogado. [i]Editado: Octubre 14, 2010 15:29:08[/i]
Tópico: Transición PF - PM
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 13, 2010 19:06:09 Asunto: Re: Transición PF - PM
Como estan los tiempos, el manejo de PF a PM algunas veces es por seguridad (ante la violencia...secuestros y extorciones)
Tópico: DESIGNACION DE PERITOS ANTE EL TRIBUNAL
neonato

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 13, 2010 19:01:39 Asunto: Re: DESIGNACION DE PERITOS ANTE EL TRIBUNAL
Buenas tardes. Para cualquiera, al escuchar un 'tèrmino' que no conoce le parece algo 'inalcansable'.....en este caso, muchos contadores se dan el taco ante tal situaciòn, se tiran flores, quieren florear la reata.... Mi primer consejo 'no te asustes'. Una pericial contable, esta basada en un cuestionario que el abogado debe elaborar, ya que, el contador se limitarà a contestar dicho 'cuestionario'. Parece insgnificante y sencilo ¿verdad?, pues si lo es, siempre y cuando domines el tema en el que se centrarà el cuestionario del abogado. En muchos casos (por no decir la mayoria) los abogados son tan ratas (no generalizo, pero si se del 90% de los casos) en que le echan la bronca al contribuyente, lo asustan diciendole que consiga un perito contable y que aporte la prueba 'pericial'... pero si a ese contador no le das los elementos (cuestionario) pues no sabrà de donde partir, por lo que dicho abogado termina contratando a su cuate el contador y se reparten los honorarios, o sea un negocio redondo. Otro caso serà, que seguramente el caso es jugoso, porque cobrar 60,000 por una pericial es una cantidad importante (e importante es dicha prueba para el caso). Así es que evalua la situaciòn, y en su momento decide buscar un perito contable por tu cuenta, existen infinidad de despachos contables que podràn apoyarte, o si tu eres contador y cuentas con cèdula puedes cumplir con la pericial (siempre que, repito, domines el tema)
Tópico: Cheque nominativo su historia
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2010 13:41:05 Asunto: Re: Cheque nominativo su historia
[quote]Muchas gracias neonato, en verdad excelente información, la cuestion de que sea nominativo, se genera en ese año, tenia la duda sobre lo de abono en cuenta, pensé que habian sido normas que habian nacido juntas. [/quote] De nada. [i]Editado: Octubre 05, 2010 13:49:55[/i]
Tópico: Cheque nominativo su historia
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2010 11:13:37 Asunto: Re: Cheque nominativo su historia
.... [i]Editado: Octubre 05, 2010 11:14:34[/i]
Tópico: Cheque nominativo su historia
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 05, 2010 10:59:37 Asunto: Re: Cheque nominativo su historia
Aquì la tienes: 1982 En cuanto a las deducciones autorizadas, se [b]proponen[/b] diversas adiciones en el Artículo 24, la primera de ellas en la fracción III, para contemplar que se comprueben con documentación que reúna los requisitos señalados por las disposiciones fiscales y [b]tratándose de contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a una cantidad equivalente a quince veces el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente, elevado al año efectúen mediante cheque nominativo o tarjeta de crédito del contribuyente los pagos cuyo monto exceda al salario mínimo general de su zona económica vigente el 1o. de enero del año de que se trate, elevando al mes[/b]; la finalidad de esta adición es permitir a las autoridades fiscales una comprobación de las deducciones que efectúen los contribuyentes más eficaz; la fracción IX se reforma para incluir entre los supuestos contemplados a los ingresos por dividendos y en general por ganancias distribuidas por sociedades mercantiles; y por último, en la fracción XX del precepto que se comenta se establece en el caso de motocicletas sólo serán deducibles hasta en un 70% los pagos por el uso o goce temporal de las comprendidas en la fracción I del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos. (fuente: [url]http://www2.scjn.gob.mx/leyes/UnProcLeg.asp?nIdLey=703&nIdRef=6&nIdPL=1&cTitulo=LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO&cFechaPub=31/12/1982&cCateg=LEY&cDescPL=EXPOSICION DE MOTIVOS[/url] ) [i]Editado: Octubre 05, 2010 11:15:33[/i]
Tópico: Responsabilidad Solidaria IMSS
neonato

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 04, 2010 11:42:08 Asunto: Responsabilidad Solidaria IMSS
TESIS AISLADA 2a. LXXXIX/2010 TESIS PENDIENTE DE PUBLICARSE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. SUS CARACTERÍSTICAS. La responsabilidad solidaria, que consiste en imponer a una o más personas una obligación por virtud de la existencia de un nexo, vínculo o enlace entre ellas, de tal naturaleza que permita considerarlas como una sola –aunque guarden autonomía al interior de la relación jurídica–, y tiene como propósito proteger ampliamente al trabajador ante posibles incumplimientos, dificultades fiscales o económicas, fraudes, simulaciones o simples prácticas malintencionadas o viciadas de los empleadores para la reducción de costos financieros, que ponen en peligro su acceso a las prestaciones de seguridad social. Por ende, la responsabilidad solidaria en materia de seguridad social no recae en las partes que intervienen en la relación de trabajo, ni es indispensable que el responsable solidario tenga la calidad de patrón o esté presente la subordinación, pues basta que la persona tenga una intervención directa en la relación de trabajo y sea apta para satisfacer las obligaciones relativas, para que el legislador pueda responsabilizarlo solidariamente si lo estima conveniente en aras de garantizar, entre otros deberes, el pago de las aportaciones de seguridad social, pues estas cuotas son esenciales para conceder prestaciones a los sujetos de aseguramiento y sus familiares. Amparo en revisión 419/2010.- Inmobiliaria Alpamayo, S.A. de C.V. y otra.- 9 de junio de 2010.- Cinco votos.- Ponente: José Fernando Franco González Salas.- Secretario: Israel Flores Rodríguez. Tesis aislada aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de agosto del dos mil diez.
Tópico: Aviso al RFC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2010 10:43:41 Asunto: Re: Aviso al RFC
[quote]no puedes 'cerrar domicilio fiscal', o suspendes o liquidas un contribuyente siempre debe de tener domicilio fiscal [/quote] Teoricamente, el 'domicilio' fiscal pasa a ser el que inicialmente se tiene como 'sucursal'. Lee el caso concreto que planteo, y veràs que teoricamente debe ser posible. (Disculpen el uso repetitivo de la palabra teorìa, pero eso es hasta demostrar que si se puede) Sigo agradeciendo cualquier comentario.
Tópico: EXTRANJERO LABORANDO EN MEXICO
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2010 10:27:15 Asunto: Re: EXTRANJERO LABORANDO EN MEXICO
¿En su paìs que procede?, es decir, me refiero a la doble tributaciòn.
Tópico: Aviso al RFC
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2010 17:19:31 Asunto: Re: Aviso al RFC
[quote]Te permite la sección de Mi Portal del Portal del SAT el 'cierre' del Domicilio Fiscal ?[/quote] Verificare en 'Mi portal' de un cliente que tiene sucursales....espero no darle de baja el domicilio fiscal..jajajaa..comento!!!!

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