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Tópico: ENAJENACIÓN DE ACCIONES
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 13:18:50 Asunto: Re: ENAJENACIÓN DE ACCIONES
Ejemplo: 2 accionistas aportaron $100,000 pesos c/u y formaron una PM, iniciaron hace años y les fué muy bien, lograron desarollar varios negocios que tienen un valor actual de $100,000,000 de pesos Si tu fueras uno de los accionistas ¿qué valor le pondrías a tus acciones de ese negocio? Yo, en lo personal las valoraría en base al % que representa lo que me corresponde, siguiendo con el ejemplo mis acciones valen $50,000,000 de pesos ¿o existirá alguien que las venda en $100mil pesitos perdiendo todo su patrimonio?
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 13:14:26 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Que el autor del tema lea la novela completa y tome el criterio mágico que mas le convenza.
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 11:01:08 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
1. Se emite factura en 2017, se acumula a PP y próximamente se le dará efecto en decl anual. 2. Ahora en 2018 el cliente (por descuido) se da cuenta que el CFDI que recibió tiene un RFC erroneo, no lo puede deducir, por lo cual solicita le emitan uno con los datos correctos. 3. El proveedor no ve afectación al fisco por lo que cancela el CFDI 2017, emite uno ahora en 2018 con los datos correctos, además agrega la leyenda 'este CFDI sustituye al #XXX, de fecha XXX por error en RFC' 4. El proveedor en su sistema contable sustituye el XML por el nuevo que generó en la póliza donde registro la operación. 5.El cliente deduce el nuevo CFDI sin problema, y el proveedor no necesita realizar ningún pago complementario. No existe una Ley o regla que prohiba la cancelación del CFDI por error en el RFC, lo que la autoridad busca evitar es que los amisores de CFDI hagan lo que tu recomiendas, es decir, cancelar CFDI y cancelar el efecto fiscal y no declarar el ingreso obtenido (cobrado o no, a menos que sea SC, AC o tenga el esquema de flujo de efectivo para PM). El único detalle que veo aquí es que estamos hablando de ejercicios distintos, pero al final de cuentas mientras esté clara la situación no debe tener complicaciones, a menos que se tenga un asesor con criterio exageradamente conservador.
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 09:31:36 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Otra vez dejo claro que lo que comentas de echar reversa al ingreso en el periodo donde cancelas la factura es incorrecto, por mas que te cuadre no significa que sea correcto. Es aquí donde te hago esa pregunta que hiciste anteriormente '¿y si el ingreso es por $100,000,000 vas a presentar una complementaria del pago provisional de 2017 diciendo que no tuviste ese ingreso y mover los pagos provisionales posteriores?', a mi me da igual que sean 10 pesos a millones, de cualquier forma lo manejaría como vengo señalando desde el principio y considerando totalmente fuera de lugar tu interpretación de 'el programa de facturación'. Fundamento legal: [quote]neonato: Dejo esto por aquí: LISR Artículo 17. Para los efectos del artículo 16 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de: I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero: a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada. b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio. c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos. [/quote]
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 19:06:14 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Para mí, lo que propones lo considero como evasión fiscal, aconsejas decir 'siempre no tuve el ingreso', cuando si se tuvo.
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 17:42:06 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
La verdad, este tema no es para que tenga tantas páginas, no me das tu fundamento legal, no se cómo es que quieres debatir así. Si alguien tiene acceso al tema que fiscalia publicó hoy, echele un ojo, quizá ahí esta otro criterio, se titula '¿Cómo cancelar un CFDI que ya tiene documentos relacionados?' Doy por concluida mi participación en este tema.
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 12:45:20 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Quizá tu criterio y el mío es diferente por que pensamos (yo) que la operación se dió conforme a LISR, y tú quizá piensas que fué una factura que no tuvo ningún efecto fiscal, ya lo del IVA pues si sale sobrando porque no sabemos si la factura se pagó o no (ignoro si en alguna parte el creador del tema aclaró ese detalle). Pero, en el supuesto de que la acumulación conforme a LISR se haya cumplido, sigo con la firme idea que cancelar con un 'egreso' no es correcto, quizá en otro ejercicio, pero en este año no encuentro cabida a esa posibilidad. Entonces, si no tengo fundamento para manejar el egreso solo queda la opción de cancelar ¿o cual es el fundamento 'legal' de tu criterio?
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 12:26:42 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Dejo esto por aquí: LISR Artículo 17. Para los efectos del artículo 16 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de: I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero: a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada. b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio. c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 12:17:12 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Deja anoto eso de que el 'programa de contabilidad' es superior a las mismísimas Leyes Fiscales, quizá me sirva para algún amparo. Por lo que veo, tu criterio está basado en la práctica y en lo que los del chat del SAT te comentan, eso para mí es algo en verdad poco fiable. Saludos
Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 10:05:44 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
La cancelación de una factura por modificación de sus datos no puede dar espacio para presentar una complementaria del periodo al que corresponde dicha factura, ya que, conforme a LISR e LIVA el efecto fiscal ya se dio.

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