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Tópico: Regla de que el Dictamen era tu declaración anual
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2013 10:23:04 Asunto: Re: Regla de que el Dictamen era tu declaración anual
Señor Ezequiel, esa regla debe estar entre 2002 y 2003 (2.17.3) ¿Apoco se fué por el camino de dictaminador?, yo le veía madera para fiscalista, y de los buenos (nada en contra de los CPC, aclaro) [i]Editado: Septiembre 05, 2013 10:28:01[/i]
Tópico: FACTA ¿entrada en vigor?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 02, 2013 19:14:40 Asunto: Re: FACTA ¿entrada en vigor?
Buena tarde. Lumin oso, nunca he utilizado el mensajero, entré y es como un chat pero no tenía activada la opción de que 'no amigos' pudieran contactarme, intenta de nuevo para ver si lo configuré bien. Gracias de antemano. CHAVALON Accese al link, pero me pide realizar un pago (un poco mas carita que la misma IDC, y no me atrevo a experimentar la verdad ¿si lo recomiendas?). Expongo una duda concreta: - ¿Cómo se estructura el intercambio de información?: Ya que, una persona con doble nacionalidad, al aperturar su cuenta bancaria muestra su IFE y en ningún momento manifiesta su 'otra nacionalidad' (estadounidense)
Tópico: FACTA ¿entrada en vigor?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2013 14:18:20 Asunto: Re: FACTA ¿entrada en vigor?
1ro Enero 2014 ¿entra en vigor la retención del 30% o el intercambio de información entre EU y MX? Me interesa leer la Ley o convenio en sí ¿alguien sabe donde puedo encontrarlo?
Tópico: Dudas con DIOT
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2013 11:20:32 Asunto: Re: Dudas con DIOT
TerrorFiscal...le hace honor a su nombre.
Tópico: FACTA ¿entrada en vigor?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2013 11:10:49 Asunto: FACTA ¿entrada en vigor?
Hola, buen día. Estoy investigando sobre la Ley FACTA ó Foreign Account Tax Compliance Act ¿alguien tiene la Ley en español, así como la entrada en vigor, etc etc? Gracias!
Tópico: ARRENDAMIENTO EN LUGAR DE ACTIVO
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2013 10:33:22 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO EN LUGAR DE ACTIVO
Y en Ietu ¿no hay dudas?
Tópico: DEDUCCION VIATICOS ISR, IETU, IVA
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2013 17:30:49 Asunto: Re: DEDUCCION VIATICOS ISR, IETU, IVA
Siendo conservador y mas que nada apegandonos a lo que LISR marca 'es no deducible', lée los fundamentos que ya expusieron, y verás que no se cumple con los requisitos indispensables.
Tópico: Aplica Retención??
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2013 10:51:30 Asunto: Re: Aplica Retención??
[quote]neonato: Es muy fácil 'opinar' sobre un tema cuando la razón de negocios no se conoce. Pero hablando estrictamente, la autoridad obliga a las PM a realizar las retenciones para que, de cierta manera, dichos contribuyentes actúen como 'fiscalizadores'. Tratar de romper el esquema, creo que con el simple manejo de los no deducibles es menos riesgoso, pero, en su momento en una revisión por parte de la autoridad, deberían tener bien analizado el tema, ya comentaron algo del IVA, pero faltaría encontrar algo similar para la retención de ISR que no se lleva acabo. CFF Art. 108 Delito de defraudación fiscal Omitir contribuciones retenidas o recaudadas. Art. 6 Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. En el caso de contribuciones que se deben pagar mediante retención, aún cuando quien deba efectuarla no retenga o no haga pago de la contraprestación relativa, el retenedor estará obligado a enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido. Así tambien los 'retenedores' son responsables solidarios (Art. 26 CFF) Pero, como bien dicen aquello de 'trasladadas' puede ser un buen punto (a excepción del ISR, que no encuentro el cómo evitar dicha retención). [/quote] VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 1o.-A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO VIGENTE EN 2005, ESTABLECE UN SUPUESTO DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR SUSTITUCIÓN TRIBUTARIA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, fracción I, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2005, son responsables solidarios con los contribuyentes, los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes hasta por el monto de dichas contribuciones. Así, la obligación de retener contenida en el artículo 1o.-A, fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo con el invocado artículo 26, fracción I, es una de las formas de responsabilidad con los contribuyentes. En concreto, es una forma de responsabilidad solidaria por [u][b]sustitución tributaria[/b][/u]. Amparo en revisión 674/2012. Electrodos Infra, S.A. de C.V. 6 de febrero de 2013. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Jorge Jiménez Jiménez. ¿Cómo ven? [i]Editado: Junio 05, 2013 10:53:08[/i]
Tópico: Aplica Retención??
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2013 14:48:33 Asunto: Re: Aplica Retención??
Es muy fácil 'opinar' sobre un tema cuando la razón de negocios no se conoce. Pero hablando estrictamente, la autoridad obliga a las PM a realizar las retenciones para que, de cierta manera, dichos contribuyentes actúen como 'fiscalizadores'. Tratar de romper el esquema, creo que con el simple manejo de los no deducibles es menos riesgoso, pero, en su momento en una revisión por parte de la autoridad, deberían tener bien analizado el tema, ya comentaron algo del IVA, pero faltaría encontrar algo similar para la retención de ISR que no se lleva acabo. CFF Art. 108 Delito de defraudación fiscal Omitir contribuciones retenidas o recaudadas. Art. 6 Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. En el caso de contribuciones que se deben pagar mediante retención, aún cuando quien deba efectuarla no retenga o no haga pago de la contraprestación relativa, el retenedor estará obligado a enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido. Así tambien los 'retenedores' son responsables solidarios (Art. 26 CFF) Pero, como bien dicen aquello de 'trasladadas' puede ser un buen punto (a excepción del ISR, que no encuentro el cómo evitar dicha retención).
Tópico: Donativos a la Embajada de Estados Unidos
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2013 12:35:51 Asunto: Re: Donativos a la Embajada de Estados Unidos
Buenas tardes. ¿¿¿Duda aclarada o le seguimos estudiando???

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