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Tópico: DIM / Asimilados a Salarios.
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 12, 2016 13:07:04 Asunto: Re: DIM / Asimilados a Salarios.
¿Porqué debes esperar datos de otro patrón, que harías con esa información? La obligación del anterior la debe cumplir aquel, y la de la SC de nueva creación con la suya, cada quien su respectiva obligación, no hay forma de 'juntarlas' ¿o sí?
Tópico: ISR bancario: clasificacion catalogo de cuentas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2016 10:57:25 Asunto: ISR bancario: clasificacion catalogo de cuentas
Buen día. Hace tiempo que no manejaba la cuenta de ISR retenido por intereses bancarios, y este mes pasado a una empresa se le generó por parte del banco un pago de intereses con su retención respectiva de ISR por dicho concepto. Vi catálogos de cuentas anteriores que manejé, y lo clasificaba como subcuenta de 'Pagos provisionales ', pero hoy al tratar de clasificar la cuenta tuve la duda si es esto correcto, ya que algunos colegas lo manejan como subcuenta de impuestos a favor. Aunado a lo anterior, al buscar el código agrupador del SAT, me surgen mas dudas, ya que no encuentro ninguno que se le asimile, solo me queda considerarlo como 114.01 Pagos provisionales de ISR o 113.08 Otros impuestos a favor. ¿Cual sería el tratamiento contable correcto para esta cuenta? Gracias por atender el mensaje.
Tópico: Cont electronica Dic/2015 sin cierre anual?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2016 13:32:42 Asunto: Re: Cont electronica Dic/2015 sin cierre anual?
Gracias vcaspe. Me confundí, sobre el cierre de ejercicio. Si antes del 31 de Enero se realiza la declaración anual, y obviamente el cierre de ejercicio en contpaq ¿cumplo con la contabilidad electrónica al incluir en el envío la balanza de Diciembre/2015 o aún así debo enviar un periodo 13?, es que aunque no he hecho el cierre (en esto estoy), no creo que Contpaq genere una balanza por el mes 13. Gracias
Tópico: Cont electronica Dic/2015 sin cierre anual?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2016 13:51:41 Asunto: Cont electronica Dic/2015 sin cierre anual?
Buena tarde. En una persona moral, realicé el cierre del mes de diciembre/2015, pero aún no realizo el cierre del ejercicio. Por lo cual, tengo estas dudas: 1. Se envía la contabilidad electrónica al cierre de mes, y cuando se haga cierre de ejercicio se envía una complementaria? 2. Al hacer cierre de ejercicio ¿la balanza que se envía es la del final/cierre del ejercicio o la de Diciembre/2015? Porque Contpaq señala el mes 'Diciembre', cuando al hacer el cierre se crea un periodo '14'. Gracias por los comentario.
Tópico: Envío Contabilidad electrónica persona fisica
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2016 10:04:36 Asunto: Re: Envío Contabilidad electrónica persona fisica
Pero seguirá la excepción siguiente??: Los contribuyentes del Régimen de Arrendamiento, Servicios Profesionales e Incorporación Fiscal quedan relevados del envío de Contabilidad Electrónica, siempre y cuando registren sus operaciones en el módulo de contabilidad de la herramienta electrónica “Mis cuentas”. Tento el caso de una PF con arrendamiento de casa habitación, cuyo ingreso mensual será de $17,000 pesos ¿qué le aplica en su caso? Gracias
Tópico: Retiro capital variable ¿ISR?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 11, 2015 13:02:42 Asunto: Retiro capital variable ¿ISR?
Buena tarde. Hace unos días fuí a un curso fiscal, y el expositor comentó que recomendaba a los empresarios que cuando aportaran a capital lo hiciera a capital variable, que con esto podrían retirarlo sin problemas y sin causar ningún impuesto. Yo tenía entendido que eso era mas que nada porque si se hacían aportaciones a capital fijo era imposible retirarlo, entonces, se aportaba a capital variable y se podría en el futuro solicitar un reembolso de acciones, pero no se exime de calcular si el retiro genera ISR. ¿Qué es lo correcto? porque en realidad me sorprendió el comentario del expositor, y dude si había estado equivocado todos estos años y estoy mal interpretando la Ley. Saludos
Tópico: ¿Algún curso contabilidad sector inmobiliario?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Diciembre 03, 2015 10:55:52 Asunto: Re: ¿Algún curso contabilidad sector inmobiliario?
Mientras encuentras un curso, ve buscando libros, me llegan regularmente boletines del IMCP y en su página de internet hay una sección de venta de libros con temas diversos. Ahí seguramente podrás encontrar con que inciar en el tema. http://tienda.imcp.org.mx/libros_imcp [i]Editado: Diciembre 03, 2015 10:58:41[/i]
Tópico: como vender???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2015 11:18:50 Asunto: Re: como vender???
Cada empresa venderá lo que es de su propiedad y enterará los impuestos que le correspondan.
Tópico: persona fisica quiere realizar venta de camioneta
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2015 11:36:09 Asunto: Re: persona fisica quiere realizar venta de camioneta
Alguien que sepa del tema sobre la obligación o no es expedir CFDI, o en su caso, si existen situaciones en las que no se está obligado cuando la PF es un asalariado (por ejemplo o que no lo deduce para su actividad): 1. Venta a PF, el comprador no deducirá 2. Venta a PF, el comprador si deducirá 3. Venta a 'lotero' 4. Venta a PM
Tópico: Venta de viviendas remodeladas, ¿enajenacion de bienes o actividad empresarial?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2015 10:12:22 Asunto: Re: Venta de viviendas remodeladas, ¿enajenacion de bienes o actividad empresarial?
No te daré una respuesta, solo compartiré mi opinión y los planteamientos siguientes con todo y dudas. En el caso de enajenación de bienes como actos 'accidentales', el notario es quien está obligado a efectuar el cálculo del ISR, recabarlo y enterarlo a la autoridad. Si la PF tuviera la actividad empresarial ante el SAT, con la simple constancia de que así es podrá decirle al notario 'yo me encargaré de mis impuestos, solo da fé de la enajenación y no me calcules impuestos'. Ahora bien, no se de cuantas casas estés hablando, pero creo que deben poner en la balanza lo que mas convenga, principalmente en cuanto a deducciones ¿que diferencia habría entre ambos esquemas?, es decir, en el caso de enajenación de bienes ¿está metiendo facturas para deducir lo que le ha invertido en remodelaciones? O si en su caso, contrata directamente a los que hacen el trabajo ¿lo esta deduciendo? Otra diferencia es que en el caso de enajenación de bienes existe actualización, en cambio como actividad empresarial si recuerdo bien deducirá al momento de la compra o inversión, así como deducirá todo lo que el régimen disponga. En mi opinión debes analizar eso, mostrar el impaco (provisional y anual), y sobre eso tomar la decisión.

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