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Tópico: RESICO exencion 900?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2022 11:25:35 Asunto: RESICO exencion 900,000?
Buenos días. Estoy viendo el tema de la exención por ingresos de hasta $900,000 pesos en el caso de PF RESICO (AGAPES): LISR Art. 113-E, en su penúltimo y último párrafo señala: Las personas físicas que se dediquen [b][color=red]exclusivamente[/color][/b] a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos [b][color=red]ingresos en el ejercicio no excedan de novecientos mil pesos efectivamente cobrados, no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades.[/color][/b] En caso de que los referidos ingresos excedan dicho monto, a partir de la declaración mensual correspondiente se deberá pagar el impuesto conforme al Título IV, Capítulo II, Sección IV de esta Ley, en los términos que se determine mediante reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria. Para efectos del párrafo anterior, se considera que los contribuyentes se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras [b][color=red]cuando el total de sus ingresos representan el 100% por estas actividades. [/b][/color] Esto significar que, en el caso de una persona física que tiene ingresos por salarios e ingresos por actividades agrícolas, no podrá gozar de dicha exención ¿es correcto, o salió algo que diga lo contrario? Agradezco de antemano sus comentario. [i]Editado: Marzo 01, 2022 11:30:18[/i]
Tópico: Facturacion RESICO sin e.firma/CSD?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2022 10:28:24 Asunto: Re: Facturacion RESICO sin e.firma/CSD?
Gracias alvadgelis
Tópico: Facturacion RESICO sin e.firma/CSD?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2022 18:44:36 Asunto: Facturacion RESICO sin e.firma/CSD?
Buenas tardes. ¿Han emitido facturas basados en lo siguiente para el caso de RESICO, si han podido? RMF 2022 Transitorios Décimo Sexto. Los contribuyentes personas físicas que tributen en términos de la Sección IV del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, podrán expedir sus CFDI a través de las aplicaciones 'Factura fácil' y 'Mi nómina' de 'Mis cuentas', haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD hasta el 30 de junio de 2022. Saludos.
Tópico: RESICO Y ASALARIADOS
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2022 18:39:10 Asunto: Re: RESICO Y ASALARIADOS
Para no abrir otro tema con la misma duda. Una persona que actualmente obtiene sólo ingresos por salarios, empezará a sembrar hortalizas (tomate), y desea 'darse de alta' en RESICO, conforme a lo que he leído si es posible, pero se me presenta lo siguiente: Al empezar el cuestionario, tengo entendido que debo seleccionar otra vez ingresos por salarios para que no se 'desactive' esa obligación, y además seleccionar que quiere ser RESICO, pero no puedo seleccionar las dos ¿cómo debe hacerlo?, ya que al seleccionar sólo RESICO al llegar al % de ingresos que este régimen representará no deja poner menos del 100% por que no es posible seleccionar lo de 'asalariados'. ¿Acaso no debo seleccionar ingresos por salarios y eso no significará que estoy disminuyendo dicha actividad? Agradezco sus comentarios.
Tópico: Factura renta casa habitación ¿IVA exento y otros datos?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 12, 2022 12:39:14 Asunto: Factura renta casa habitación ¿IVA exento y otros datos?
Buenas tardes. En el mes de enero, PF al emitir la factura por la renta de una casa habitación sin amueblar, se le presentó lo siguiente (factura mediante el portal del SAT, por lo que es versión 4.0): 1. A la señora que le renta es ama de casa, y al dar el RFC este no lo acepta al capturarlo ¿es correcto emitir con el RFC público en general XAXX010101000? 2. Anteriormente, respecto al IVA, se podía seleccionar que era un ingreso exento de IVA, pero ahora sólo dejó seleccionar en 'Objeto impuesto' lo referente a 'Si objeto del impuesto y no obligado a desglose' ¿Será por haber manejado 'público en general'? 3. El régimen del receptor sólo deja seleccionar 'sin obligaciones fiscales' 4. El uso del CFDI se seleccionó 'sin efectos fiscales' ¿Les pasó algo similar, debo pedir se de de alta la arrendataria y eso soluciona lo demas, debo reexpedir el cfdi? Gracias por sus comentarios.
Tópico: Sueldo en contrato laboral?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 12, 2022 12:30:27 Asunto: Re: Sueldo en contrato laboral?
Gracias Paco
Tópico: Sueldo en contrato laboral?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2022 17:51:11 Asunto: Sueldo en contrato laboral?
Buenas tardes. En el contrato de trabajo, cuál es el sueldo que se debe plasmar ¿el sueldo bruto, el sueldo neto o el salario base de cotización? Saludos.
Tópico: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2022 15:10:01 Asunto: Re: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?
Gracias por sus respuestas, me queda claro el % a utilizar. Por otro lado, al final del ejercicio, qué cuentas de orden utilizan para registrar estos conceptos de no deducibles por cuestion de la parte exenta de sueldos? Finalmente ¿lo disminuyen de la UFIN?
Tópico: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 24, 2022 17:15:27 Asunto: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?
Buenas tardes. En el caso de una empresa, que su primer ejercicio pagando sueldos fue en 2021 ¿cuál es el % no deducible de los importes exentos de sueldos pagados, el 53% o el 47%? Ya que no encuentro donde se aclare esta situación. Saludos y gracias por sus comentarios.
Tópico: Compesacion IVA contra IVA?
neonato

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 22, 2022 11:29:04 Asunto: Re: Compesacion IVA contra IVA?
Mi duda es ¿IVA contra IVA? RMF Compensación de cantidades a favor generadas hasta el 31 de diciembre de 2018 2.3.10. Para los efectos de los artículos 23, primer párrafo del CFF, 6, primer párrafo de la Ley del IVA, 5, tercer párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración que tengan cantidades a su favor generadas al 31 de diciembre de 2018 y sean declaradas de conformidad con las disposiciones fiscales, que no se hubieran compensado o solicitado su devolución, podrán optar por compensar dichas cantidades contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio, siempre que deriven de impuestos federales distintos de los que causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A del CFF, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquel en que la compensación se realice. Tratándose de saldos a favor de IVA, los contribuyentes que opten por compensar, deberán presentar la DIOT en aquellos casos que no se encuentren relevados de dicha obligación, con anterioridad a la presentación de la declaración, en la cual, se efectúa la compensación. CFF 17-A, 23, LIVA 6, LIEPS 5, 25, RMF 2022 2.3.9., 2.3.12.

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