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Tópico: Duda en registro y acreditamiento del iva que nos retiene en una Empresa prestadora de servicios?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 17, 2020 14:47:43 Asunto: Duda en registro y acreditamiento del iva que nos retiene en una Empresa prestadora de servicios?
Buen día compañeros, aquí con una duda sobre las nuevas retenciones de iva del 6% que nos están generando en una empresa prestadora de servicios, si me pueden ayudar. El asiento contable en principio sería de acuerdo al catalogo del SAt: 105.-Cargo a clientes $1,100.00 114.-Cargo a pagos provisionales de RETENCIONES DE IVA (6%) $ 60.00 401.-Abono a Ventas $ 1,000.00 209.-Abono a Iva trasladado no cobrado $ 160.00 Mi duda es si la contabilización es en principio de esta forma y al final del mes, pague o no pague el cliente la factura, me puedo disminuir ese anticipo de retención del 6%, si es correcto? Si no tuviera iva a pagar o si las retenciones superan el iva a pagar, me saldría un iva a favor. ó si tengo que esperar al mes siguiente, o sea hoy me retienen y al me siguiente como las retenciones que yo realizo, ó esperar a que me pague el cliente para disminuirme ese anticipo de retencion del 6%. Es decir, como ejemplo aquí pago el cliente, por decir. 102.-Cargo a Bancos $ 1,100.00 209.-Cargo a Iva trasladado no cobrado $ 160.00 114.-Abono a Pago provisional (isr retenido 6%) $ 60.00 208.-Abono a iva trasladado cobrado $ 100.00 105.-Abono a clientes $ 1,100.00 Agradeceré sus comentarios, y disculpen la duda.
Tópico: Duda para el pago de Impuesto sobre nómina, contabilización de nomina No timbrada?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2020 16:30:55 Asunto: Duda para el pago de Impuesto sobre nómina, contabilización de nomina No timbrada?
Buenas tardes compañeros, Me esta pasando una situación, que no me había tocado, hay unos finiquitos y liquidaciones que se elaboraron al 31 de Diciembre 2019, sin embargo, éstos aún no han sido contabilizados porque no se han timbrado y éste motivo es porque aún no se han pagado, esto sucedió debido a que los empleados aún no pasan por sus pago para emitir el cheque respectivo y que firmen sus documentos. Y me surgen las siguientes dudas: 1.-¿Para el pago de impuesto sobre nómina debo contabilizarlos sin timbrarse? 2.-¿Para efectos de la deducción éstos no serán deducibles entonces en el ejercicio 2019? Agradeceré sus comentarios, al respecto.
Tópico: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 03, 2020 16:09:05 Asunto: Re: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
Gracias Nicolas Castillo por tu comentario, me es de mucha utilidad, para el cierre del ejercicio. Te agradezco.
Tópico: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 03, 2020 14:46:25 Asunto: Re: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
Bueno considero las siguientes opciones, las cuales me tienen en duda. Sé que el cliente la va a deducir y acumular en el ejercicio 2019, por eso solicitó la corrección. Entonces debería ser igual para efectos contables y fiscales en mi caso. opción 1.- Acumular en el ejercicio 2019 y no surtir efectos en el 2020. opción 2.- cancelar y acumular en el 2020. opción 3.-No acumular en el ejercicio 2019 y acumularla en el 2020. Esto me surge la duda, porque no se si a alguien le ha llegado notificaciones de ingresos, donde te informan sobre todos tus ingresos, y que el sat detecta que hayas omitido un ingreso y te dan todos los del ejercicio. A mi llegó en una Empresa, donde me relacionaron todos los ingresos, mes por mes de una Empresa informando de todos los ingresos, los cuales ellos consideraron todas las facturas vigentes, y había facturas canceladas que se cancelaron en diferentes fechas, esto es porque los ingresos de la anual no coincidían, pero lo dieron a detalle. Entonces de acuerdo a esa información que recibí me entra la lógica que ellos consideran los ingresos del ejercicio, estén sustituyendo o no como ingresos del ejercicio, y los cancelados, como cancelados en el ejercicio que fue, es decir, ellos consideran la acumulación del ingreso, en el ejercicio que les aparece vigente ese ingreso, y ahí es donde me entra la duda, que de acuerdo el sat sería la opción 3, la que maneja el SAT, pero como ahorita no hay asistencia, por eso les expongo mi duda, si a alguien le ha tocado, algo de sustitución de un ejercicio a otro. Por ejemplo si la factura es de Noviembre o Diciembre 2019 y yo la cancelo en el ejercicio posterior 2020, esa factura les aparece cancelada en ese ejercicio de la factura 2019, por lo tanto en ese ejercicio 2019, no debería acumularse. Pero si se hace en el 2020, aún sustituyendo, a ellos les aparece en el 2020 vigente. Gracias por su atención. [i]Editado: Enero 03, 2020 14:49:43[/i]
Tópico: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 03, 2020 12:23:43 Asunto: SE EMITIO UN CFDI RELACIONANDO A UNO DEL EJERCICIO ANTERIOR, DUDA CON SU CONTABILIZACION?
Buenos días compañeros, y Feliz año! El 31 de diciembre se emitió unos CFDI con importe incorrectos, por ejemplo se hicieron 4 cfdi con importe de $ 5,000.00 pesos cada uno, cuando debió ser por $ 20,000.00 cada uno. El cliente pago los 4 el día 31, pero por el día y todo a última hora, no nos percatamos ambos que estaban mal hechos, hasta el día 2 se dio cuenta el cliente. Ahora el cliente nos pidió que se le cancelen los 4 y se emitan los nuevos con el importe correcto. Ya se emitierón relacionando los 4 cfdi, pero mi duda es, en este caso, ¿Cuándo contabilizo el CDFI nuevo que se emitió: con este ejercicio 2020, o con el ejercicio 2019? Es decir, par efectos de iva tengo que contabilizar el ingreso con fecha 2019, porque ahí entro el dinero con fecha 31, pero para efectos de ISR, tendría que contabilizar estas facturas, igualmente en el 2019?, esa es mi duda, si me pueden orientar se los voy agradecer, lo que pasa es que aquí se brincó de ejercicio. Gracias por su atención.
Tópico: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 12:15:03 Asunto: Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?
Buenos días. 1.-Había interpretado que esto aplicaría para las Empresas o personas físicas con actividad Empresarial o profesional que sean outsorsing, es decir, que lleven las nóminas de otras Empresas, que ellos no sean los contratantes directos, si no, que lleven todos los procesos que implican de una contratación para otra Empresa. Los empleados no se entienden con la Empresa directamente, si no con la outsorsing. Como quien dice, los empleados 'no tienen derecho con la Empresa directamente, si no que todo lo canalizan con la outsorsing'. 2.-Pero ahora que lo comentan, por ejemplo una Empresa que tiene sus empleados contratados por ellos mismos, y llevan sus nóminas y ellos tienen contratados a éstos empleados para que presten sus servicios a otras empresas, entiendo que no es outsorsing, porque aquí es directa la contratación, la empresa corre los riesgos todo es con la Empresa directamente, aquí los empleados todos su derechos lo hacen con su Empresa contratada directamente. Y había interpretado, que son los del punto # 1, los que tendrían que retener ese 6% Pero esto ya es un dilema. Saludos...
Tópico: CFDI no cancelable
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 12:06:19 Asunto: Re: CFDI no cancelable
Buenos días. Si tu factura aparece como “No cancelable” es debido a que el comprobante tiene uno o más documentos relacionados. Para poder cancelar esta factura, antes será necesario cancelar todos los documentos que estén relacionados con ella. Hasta entonces su estatus aparecerá como “cancelable”. El tiempo del que dispone el receptor para responder una solicitud de cancelación, ya sea que decida aceptarla o rechazarla, es de un máximo de 3 días hábiles a partir de que se recibe la notificación. Aquí lo que puede suceder es que tu cliente, acepte la cancelación por medio del buzón tributario de los documentos, o bien, la factura se dará por cancelada de manera automática después del tercer día hábil. Saludos...
Tópico: ¡ Que tengan un muy Feliz año 2020 !!!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 11:59:25 Asunto: Re: ¡ Que tengan un muy Feliz año 2020 !!!
Igualmente, MUCHA PAZ Y FELICIDAD a todos los compañeros del foro. Me siento agradecida de pertenecer a este grupo, son generosos en sus aportaciones y nos motivan a ser mejores. Nada es fácil y menos ahora con estos nuevos cambios, hay mucho trabajo y mucha tensión para los profesionales, el conocimiento cuesta, así es que muchas gracias a todos los compañeros por compartir en estos foros. FELIZ AÑO NUEVO Y LO MEJOR, DE LO MEJOR EN ESTE AÑO 2020!!!!
Tópico: CUANDO ES DEDUCIBLE UN GASTO CUANDO SE OBTIENE EL SERVICIO O CUANDO SE EMITE EL CFDI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 11:49:30 Asunto: Re: CUANDO ES DEDUCIBLE UN GASTO CUANDO SE OBTIENE EL SERVICIO O CUANDO SE EMITE EL CFDI
Buenos días, y Feliz año nuevo. Coincido con el compañero de foro NicolasCastilloPerales. Debe darse como tratamiento de anticipo, y se debe deducir cuando se preste el servicio. Por lo que se debió facturar como un anticipo. Saludos...
Tópico: Duda en complemento de pago, de factura pagada en PUE?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2019 12:27:07 Asunto: Duda en complemento de pago, de factura pagada en PUE?
Buenos días compañeros, me surge la siguiente duda al realizar un complemento de pago, si me pueden ayudar. el día 30 de Noviembre se realizó una factura a petición del cliente para poderla pagar, por poner un ejemplo por $ 100,000.00 TRANSFERENCIA EN UNA SOLA EXHIBICIÓN (PUE), pero la pagó en 2 pagos $ 50,000.00 cada uno no como indicó en inicio, entonces ahora en Diciembre pidió que se le corrigiera y se le relacionará a la factura de noviembre que se había hecho, se hicieron las 2 facturas tal y como depositó, y se puso TRANSFERENCIA, 'PUE'. Aún cuando esta ya todo correcto, el cliente esta pidiendo que no las quiere así, que se las vuelva a cancelar las que se hicieron, porque las quiere como pago POR DEFINIR, y 'PPD'. O sea ahora en diciembre tendría que hacerle hasta los complementos de pago, de pagos que se hicieron en Noviembre, mi duda es la siguiente, al complemento de pago le puedo relacionar la factura original que se hizo en inició como PUE, digo como para indicar porque no se hizo el complemento en su momento. Me surge la duda, porque no se si al complemento de pago solo se relacionan complementos de pago que se están sustituyendo, o bien también se pueden relacionar facturas que en un inició se hizo como PUE. Espero haberme explicado, y si me pueden orientar por favor. Gracias. [i]Editado: Diciembre 21, 2019 12:29:25[/i]

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