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Tópico: recibos de honorarios por anticipado
cpallares

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2013 14:42:31 Asunto: Re: recibos de honorarios por anticipado
Bueno creo que hay un tope de 4 meses según, salvo que te digan lo contrario, por lo que considero que no procede, te anexo el artículo. Artículo 31. Fracción IX, 2do. párrafo [b]Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.[/b]
Tópico: Duplicidad de ingresos en pago referenciado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2013 14:24:58 Asunto: Duplicidad de ingresos en pago referenciado
Hola que tal, hace poco me llego un aviso de el sat donde presente las declaraciones de Enero a Marzo mensuales debiendo ser en forma trimestral por ser el segundo año, corregí dicho error presentando las mensuales como dejar sin efecto la obligación y presente la trimestral, sin embargo, me esta duplicando los ingresos y en el sat no me saben dar solución al problema. Me dicen que presente a Abril nuevamente, y que ahí le teclee los ingesos del periodo correcto, y ya les comente que los ingresos del periodo están correctos que el error está en la acumulación, pero que según presentando la complementaria aunque tenga los ingresos acumulados mal, me lo va a corregir el sistema, pero no le veo la lógica, ya tengo una complementaria de abril, y hacer otra para ver que sucede a ver si me corrige, aun sabiendas que trae el acumulado incorrecto, no lo quisiera hacer para experimentar, ya que mi temor es llenarme de complementarias y que a la hora de que la necesite ya no me permita por pasarme de acuerdo al CFF. ¿A alguno de ustedes le ha pasado que le duplique los ingresos? Agradecere si tienen alguna solución. [i]Editado: Enero 14, 2013 14:28:33[/i]
Tópico: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2013 13:12:25 Asunto: Re: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
Aquí el detalle, durante el ejercicio 2012, se realizaron las facturas de los anticipos correspondientes y se pagaron dentro de los periodos correspondientes y se acumulo para efectos de isr (aunque aquí no tiene que ver cuando se pague si no cuando se factura), para Ietu e Iva, y algunos de nuestros clientes aunque fueron pocos pero los importes fueron fuertes, no pagaron el finiquito que se les facturo, para efectos de isr se acumula generando en la anual una utilidad relevante, para efectos de Ietu e Iva no se acumula. En el ejercicio 2011 así nos quedaron 2 clientes que hasta la fecha no nos han pagado los finiquitos, es por ello que se quiere facturar cuando se pague, pero para efectos del trámite de revisión y pagos se hace la factura correspondiente, y si no se paga se cancela dentro de dicho periodo. Dichas ventas se hacen al público en general, no hay contrato y los periodos de entrega son máximo de 15 días a 20 días los mas largos. Por lo que mas que nada el detalle está en el tema fiscal de isr, que se genera una utilidad que no se tiene, en lo administrativo es la cobranza, espero haberme explicado y de antemano les agradezco su atención y sus opiniones al respecto.
Tópico: ¿CBB o Facturacion Electrónica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2013 09:58:11 Asunto: Re: ¿CBB o Facturacion Electrónica?
Reglas de la Resol. Miscelánea Fiscal 2012, aplicables a los Comprobantes Fiscales Impresos conteniendo CBB. En primer lugar las disposiciones de la Resolución Miscelánea definen que contribuyentes pueden utilizar el esquema, hasta que monto de ingresos y hasta que momento, señalando la Regla I.2.8.1.1. lo siguiente y sin que sea nada nuevo a lo existente hasta 2011: Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, hubieran obtenido para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa. Asimismo, las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado ingresos iguales o inferiores a $4,000,000.00, o bien, que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por aplicar lo dispuesto en la presente regla. La posibilidad de emitir comprobantes fiscales impresos dejará de surtir efectos cuando los contribuyentes a que se refiere esta regla obtengan ingresos que excedan del monto señalado en el párrafo anterior, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase tal cantidad deberán expedir comprobantes fiscales conforme a lo que establecen los artículos 29 y 29-A del CFF.” Por lo tanto si no rebasas los $ 4,000,000.00 puedes decidir sobre la Facturación electrónica ó CBB. En lo personal yo elegí CBB por medios propios, un archivo de excell el cual lo ajuste a mis necesidades encontrado en la Web.
Tópico: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2013 09:50:20 Asunto: Re: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
Esta política se pretende implementar para el ejercicio 2013, facturación de este mismo año, lo del 2012 ya quedo así, los comprobantes que manejamos son digitales por lo que al mandar la factura se mandaría el circular a nuestros clientes, pero como estrategia se hace para no acumular dicho ingreso y para que el cliente pague dentro de dicho periodo, ya que la Empresa no maneja créditos. La empresa se dedica a la fabricación de estructuras, se pide un anticipo para materiales y se realiza la obra, otra estrategia sería no entregar el producto hasta que se liquide, pero el detalle es que son Estructuras metálicas que se hacen en domicilios específicos y de ahí radica el problema. Muchas gracias.
Tópico: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2013 09:38:33 Asunto: Re: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
Gracias por sus respuestas, de hecho en los requisitos de los comprobantes del CFF no hay nada específico, por eso me entro la confusión. Muchas gracias, por su atención muchas gracias.
Tópico: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2013 16:04:14 Asunto: Cancelación de factura si no se paga dentro del periodo?
Hola que tal, nuevamente con una consulta... Quieren cambiar la política de Facturación de la Empresa, en la que si un cliente no paga su factura dentro del mes en el que se facturo, se cancele dicho documento y se le refacture cuando pague. Esto es porque no quieren que se genere una utilidad irreal, es decir, al facturar es ingreso, pero mientras no pagan no es real ese ingreso hasta que paguen, y en el 2012, el saldo de la cuenta de clientes quedo muy alto, sin embargo no se cancelaron dichas facturas por varias razones, entonces de ahí que desean que realice la carta para informar a nuestros clientes sobre esta nueva disposición de la Empresa, ya que se genera una utilidad irreal. La Empresa no maneja inventario, que considero es donde pudiera existir un problema. Agradezco sus comentarios.
Tópico: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2013 12:12:30 Asunto: Datos fiscales de comprobantes para deducir de una sucursal?
Hola, buen día Me surge una confusión, ya que recientemente se abrio una Sucursal en la Paz, y la Matriz está en culiacán de Arrendamiento de personas morales, por lo que, se van a realizar gastos para el mantenimiento de locales en esa Ciudad, así como gastos de viáticos, sin embargo, mi duda es si ¿es correcto que dicha facturación se realice con el domicilio de la Matriz Culiacán, o tiene que ser del domicilio la Paz, puesto que los gastos son de los locales que corresponden a dicha ciudad? Gracias por su atención.
Tópico: ¿Factura en una sola exhibición que se pago en parcialidades?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2013 11:57:42 Asunto: Re: ¿Factura en una sola exhibición que se pago en parcialidades?
Nuevamente, mil gracias Chavalón.
Tópico: ¿Factura en una sola exhibición que se pago en parcialidades?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2013 11:31:44 Asunto: Re: ¿Factura en una sola exhibición que se pago en parcialidades?
Gracias Chavalon, por tu comentario, ya vi este tópico y esta muy bien la regla, lo único es que aquí también entiendo que la Factura debe tener expresa la leyenda pago en parcialidades, aunque venga el importe total de la Factura, y si el detalle de antes es que se tenía que hacer una factura por cada abono, ahora ya no, o si no se hicieron no hay problema pero entiendo que debieron tener esa leyenda. Pero las Facturas que pagamos en inicio se hicieron como pago de Contado en una sola exhibición porque así siempre han sido nuestros pagos, pero desgraciadamente, el flujo en estas últimas fechas no se pudo recuperar en su totalidad, y lo que se hizo es dar abonos, pero las facturas ya no las quisieron cancelar para poner la leyenda en parcialidades, si no que quedaron como pago de contado en una sola exhibición. Gracias.

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