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Tópico: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 14, 2013 15:42:17 Asunto: Re: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
Gracias, la volvi a presentar, ya que ni en correcciones me aparecio, finalmente si se presento, como bien dice JMAU, no pasa nada esta duplicada y no se toma en cuenta, y si no se presento ya quedo presentada, qué creo esta sea la última causa.
Tópico: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 13, 2013 09:30:22 Asunto: Re: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
Muchas gracias L.C Gonzalez
Tópico: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2013 14:39:04 Asunto: ¿Cómo puedo consultar un aviso en cero del ejercicio 2012?
Hola, buenas tardes, por este conducto pido su orientación para ver de que manera puedo consultar un folio de operación del mes de Abril del ejercicio 2012. Ya consulte el expediente integral, y no me aparecen los avisos en cero del 2012. También en consulta de transacciones me aparece hasta el mes de noviembre 2012. Como no tengo impreso dicho aviso, ni anotado el número de folio ni nada, considero que no se envio, por lo que no se si me puedan decir de que otra manera puedo darme cuenta para no enviarlo por duplicado. Gracias por su atención.
Tópico: ¿Libros fiscales, Estados financieros?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2013 12:52:43 Asunto: Re: ¿Libros fiscales, Estados financieros?
Gracias chavalon, en los siguientes artículos 30 y 31, también hacen mención a los libros Art. 30 del RCFF ....el contribuyente deberá llevar cuando menos los libros diario y mayor.... Por lo que éste no es obligatorio, es opcional incluírlo. Gracias.
Tópico: ¿Libros fiscales, Estados financieros?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 15:19:11 Asunto: ¿Libros fiscales, Estados financieros?
Hola, tengo otra duda.. Bueno, en personas morales, régimen general de Ley, tengo los libros fiscales como son: Libro Mayor General, Libro diario General, Libro Mayor condesado, Estados financieros que incluyen el balance, Estado de resultados y balanza de comprobación. Mi duda es, que aparte, hago otro libro que igual son estados financieros, éste lo hago en excell, manualmente, qué es el Balance general y el estado de resultados, anexando sus relaciones analíticas, éstas son sacadas de la balanza de comprobación. Mi duda es si este último libro es obligatorio llevarlo fiscalmente. Bueno la duda me surge, porque éste estado financiero y otros reportes los presento pero me son supervisados por la Red, no se imprimen, sin embargo, al terminar el año lo imprimo y lo incluyo dentro de los demás libros, pero quisiera saber si es obligatorio éste último para no incluirlo.
Tópico: ¿Aviso de regularizacion Ponte al corriente de una persona física actividad arrendamiento?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 14:22:01 Asunto: Re: ¿Aviso de regularizacion Ponte al corriente de una persona física actividad arrendamiento?
Gracias GOrnelas, siempre al pendiente.
Tópico: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 14:21:17 Asunto: Re: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
Tienes mucha razón, Y Quisiera agregar lo siguiente: Requisitos para que el patrón pueda acreditar el subsidio para el empleo entregado a sus trabajadores: Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta SUBSIDIO PARA EL EMPLEO ARTÍCULO OCTAVO. Se otorga el subsidio para el empleo en los términos siguientes: III. Quienes realicen los pagos a los contribuyentes que tengan derecho al subsidio para el empleo sólo podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o del retenido a terceros, las cantidades que entreguen a los contribuyentes por dicho concepto, cuando cumplan con los siguientes requisitos..... En Resumen, esto significa, qué debes llevar un control, si te hacen una auditoría y al auditor no le parece que te hayas acreditado un saldo que no concuerda con la contabilidad te va a pedir papeles de trabajo, nóminas, pagos al seguro, etc, etc, esto implica problemas, aclaraciones, historial, control, explicaciones, y aparte como se dice si no lo convences, pueden determinarte multas, diferencias, recargos, entonces, en base a éste fundamento, tomando en cuenta tus comentarios, considero desde mi punto de vista muy personal, hacer las cosas en tiempo y forma, no acumularlas, no se trata de que este mal, si no de evitar hacer cosas buenas…que parecen malas… Muchas gracias, GOrnelas, me queda claro.
Tópico: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 13:56:34 Asunto: Re: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
Gracias GOrnelas, sé que las pérdidas si no se disminuyen pierden el derecho a agotarlas. Sin embargo en el tema del subsidio en este caso si no lo acredita en el mes, aquí no se pierde el derecho, si no que puede acreditarlo hasta que se agote, salvo que no rebase los 5 años. Gracias.
Tópico: ¿Aviso de regularizacion Ponte al corriente de una persona física actividad arrendamiento?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 13:34:22 Asunto: Re: ¿Aviso de regularizacion Ponte al corriente de una persona física actividad arrendamiento?
Bueno, era una manera de deshahogar el sentir del problema que en estos momentos se me presenta, pero en definitiva la duda en sí, es como entré al sistema ponte al corriente y no me aparece nada, a cargo es cero, si me voy a un ejercicio en específico igual sale cero, es ¿si tengo que cálcular manualmente todo, como debio ser y agregar dichos cálculos con actualizaciones y recargos y a al presentarlo por este conducto del sistema Ponte al corriente, pues la multa sería cero, pero las actualizaciones y recargos si las tengo que pagar? Gracias, por su atención. Igual voy a comunicarme al Sat, pero en estos momentos todavía no tengo la información de los otros ingresos, y pense que al entrar al sistema aparecería automáticamente el adeudo.
Tópico: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 13:29:05 Asunto: ¿Que pasa si en 3 meses no me acredite subsidio para el empleo?
Hola, tengo una duda, mes con mes me acredito el Subsidio para el empleo, sin embargo, platicando con un colega, me dice que él lo acumula para cuando no tenga flujo de efectivo para el pago de impuesto, ahí es cuando se acredita la cantidad acumulada. Me entro la duda si es correcta esta percepción. Ya que por lo general, la cantidad que voy acumulando es cuando me resulta mayor el Subsidio y esa diferencia que no me pude acreditar es la que voy acumulando, Ejemplo: Si tengo a pagar Isr 1000.00 (-) subsidio 1200.00 Isr a pagar sería 0.00 y el subsidio $ 200.00 lo acumulo con el mes siguiente. Sin embargo el compañero, dice que él paga los $ 1,000.00, y así sucesivamente, cuando hay un mes que no tiene flujo, se acredita por ejemplo $ 15,000.00 acumulado y paga cero. ¿Es esto correcto?, claro que en la Ley marca que me puedo acreditar el subsidio contra el Isr propio, retenido, etc... hasta agotarlo. y Tampoco encuentro que diga, como las pérdidas fiscales que cuando pudiendo acreditarlas, no lo hubiera hecho se perdería el saldo. Lo comento para saber sus opiniones, sus comentarios siempre están basados con excelente criterio, fundamento, y experiencia y me interesa mucho, si es posible, conocerla.

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