Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de cpallares

Autor Mensaje
Tópico: Existe algún tope en tiempo para cancelar Facturas?
cpallares

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 18, 2012 15:43:32 Asunto: Existe algún tope en tiempo para cancelar Facturas?
Hola, que tal a todos, buenas tardes. Un cliente me pide que le cancele facturas del mes de Marzo y Mayo, ya que se le hicieron 4 facturas por un Anticipo y luego por 2 abonos y al final por la liquidación total de un producto, es decir, por cada pago se hizo una factura, y las 4 suman el total del producto, pero el cliente quiere una sola. Sin embargo, no quiero hacer nota de crédito porque éste lo tendría que disminuir hasta el final del ejercicio, prefiero cancelarlas y hacer las complementarias de isr, y el papeleo en contabilidad. Mi duda es si es posible cancelarlas con tanto tiempo de diferencia, hago la observación que no envío reportes al Sat, ya que el sistema lo hace automáticamente, y creo qué la cancelación es la mejor opción, salvo por hacer las complementarias, papeleo y correcciones contables. Agradezco sus opiniones.
Tópico: Compensacion en pago provisional de Pago referenciado no se ve reflejada?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2012 15:29:43 Asunto: Re: Compensacion en pago provisional de Pago referenciado no se ve reflejada?
Gracias L.C. González, efectivamente ya lo verifiqué sí se considera como pago provisional, muchas gracias y si me han aceptado los avisos dentro del plazo de 10 días obtengo el acuse exitoso, pero es la primera vez que realice compensaciones por Pago referenciado. Saludos y suerte.
Tópico: Arrendamiento en diferentes Estados de una persona física?
cpallares

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2012 15:25:17 Asunto: Re: Arrendamiento en diferentes Estados de una persona física?
Gracias por sus respuestas, no he podido checar el expediente porque no cuento con la fiel, sin embargo ya la voy a tramitar y ahí verificare. Pero si es diferente contribuyente, diferente RFC, pero el pago de los prediales están a nombre de la misma persona y ahí fue la confusión. Son increíbles, gracias.
Tópico: Compensacion en pago provisional de Pago referenciado no se ve reflejada?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2012 15:19:01 Asunto: Compensacion en pago provisional de Pago referenciado no se ve reflejada?
Hola, una duda, en el Pago provisional del mes de Julio me realice una compensación por el monto del mismo pago provisional en el Sistema de Pago referenciado, así como también en mi Portal mande la información adicional. Sin embargo, ahora en el pago provisional de Agosto no se me ve reflejada dicha disminución, si no mas bien me esta acumulando el mes de Julio y Agosto. No realice pago provisonal porque no efectue pago, pero estoy poniendo dicha cantidad en este rubro para que únicamente se refleje mi pago provisional de Agosto, ¿Será correcto? ó ¿Tendré que enviar la compensación nuevamente mes con mes como información? Gracias, por su atención.
Tópico: Arrendamiento en diferentes Estados de una persona física?
cpallares

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2012 12:09:00 Asunto: Arrendamiento en diferentes Estados de una persona física?
Hola que tal, En Febrero me entregaron la contabilidad de una Persona física actividad en Arrendamiento, en Abril presente su declaración anual, sin embargo, ahora me entero que tiene pagos de prediales en diferentes Estados, pregunte sobre su contabilidad y me informan que la contabilidad se lleva en cada estado respectivamente con sus declaraciones anuales. Me surgió la duda, nunca he llevado contabilidad de personas físicas, por lo que he estado leyendo la Ley, por lo que para efectos de acumulación no encuentro que tenga que llevarse por separado, tengo entendido qué es igual, se acumulan sus ingresos en general y se hace una sola declaración anual. Esto es porque hice el comentario y me dicen qué así se ha llevado siempre la contabilidad, y me parece incorrecto. Agradecere sus comentarios, su opinión es muy importante para aprender mas al respecto.
Tópico: Gastos No deducibles en saldos de clientes?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2012 13:43:03 Asunto: Gastos No deducibles en saldos de clientes?
Hola, hace poco se hizo un análisis de los Estados Financieros, y se determino eliminar los saldos que existen en la cuenta que no son reales o que ya no se van a recuperar, tal es el caso de los clientes que no pagaron, por lo que me piden que elimine dichos saldos acumulados y pues es una cantidad elevada, mi duda es si no hay problema mandar tanta cantidad a No deducibles, es decir, depurar la balanza y dejar los saldos reales, ya que estas son cuentas incobrables. Gracias por sus comentarios.
Tópico: Anticipos y rendimientos otorgados superiores a los ingresos?
cpallares

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2012 14:37:16 Asunto: Anticipos y rendimientos otorgados superiores a los ingresos?
Hola que tal, agradeceré su apoyo para resolver la siguiente duda, si son tan amables. Hubo una corrección en la Declaración anual de una sociedad civil en su coeficiente. Y tengo que realizar las declaraciones complementarias correspondientes de Enero a la fecha, sin embargo mi duda es que los Anticipos y rendimientos otorgados fueron superiores a los ingresos, cuando anoto la cantidad real en los anticipos en pago referenciado me sale la leyenda pero sí me permite poner la cantidad y esa es mi duda, si estara bien que deje la cantidad real o bien la ajuste a los ingresos, ya que en Ietu igual me pone la leyenda pero como aquí si te arrastra las deducciones del mes anterior pues aquí no hay problema, porque posiblemente en un mes me salga a pagar, pero acumulado pues ya no. Respecto porque es superior, porque se tomo del capital, asi es, aunque contablemente no se registra de esa forma, solo se registra la pérdida. gracias.
Tópico: ¿Se considera riesgo de trabajo una caida de rebaba (material de soldar) en el ojo de un trabajador ante el imss?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2012 10:27:54 Asunto: Re: ¿Se considera riesgo de trabajo una caida de rebaba (material de soldar) en el ojo de un trabajador ante el imss?
Me falto darte el fundamento legal Art. 43 de La ley del Imss Art. 475, 476, 513 de la Ley Federal del Trabajo y por último te paso esta página, ahí viene una tabla de la diferencia entre riesgo y enfermedad de trabajo, espero te sirva. http://lnx.fantasticimages.net/drupal/sites/default/files/diferAcidEnf.pdf
Tópico: ¿Se considera riesgo de trabajo una caida de rebaba (material de soldar) en el ojo de un trabajador ante el imss?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2012 09:51:49 Asunto: Re: ¿Se considera riesgo de trabajo una caida de rebaba (material de soldar) en el ojo de un trabajador ante el imss?
Te puedo decir, que en mi experiencia, ya que laboro en una Empresa de Industria de transformación del Acero, igual han sucedido este tipo de cosas y por lo tanto, si se clasifica como riesgo, aunque han sido pocos casos, lo que si te puedo decir, es que tomamos muy en serio lo de la comision Mixta, y se proporcionan todos los instrumentos de protección para el trabajador (en este caso lentes transparentes u obscuros), sin embargo, suele suceder que aunque el Patrón le de el equipo de protección al trabajador, este no lo usa, e independienteme el riesgo es porque fue en las instalaciones y dentro del horario de la Empresa, por eso te comento que si un trabajador no usa el equipo de protección se le hace una Acta administrativa, o bien se les regresa, todo depende. Pero sí lo hemos considerado riesgo, en nuestro caso.
Tópico: La ptu en el calculo de la Ufín?
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 21, 2012 16:01:13 Asunto: La ptu en el calculo de la Ufín?
Hola que tal, tengo una duda sobre el cálculo de la Ufín, si me pueden ayudar por favor: Ejemplo caso práctico: CALCULO ISR FISCAL Ingresos $ 1000.00 (-) Deducciones $ 500.00 Utilidad Fiscal $ 500.00 (-) Ptu pagada ejercicio anterior $ 100.00 (-) Pérdidas Fiscales $ 100.00 =Resultado Fiscal $ 300.00 Total Isr 30% $ 90.00 Total Ptu por pagar 10% $ 30.00 Otros datos Adicionales: No deducibles (gastos de admon. y operativos) $ 10.00 Cálculo de la Ufín: Resultado Fiscal = $ 300.00 (-) Isr $ 90.00 (-) No deducibles $ 10.00 (-) Ptu $ 30.00 = Ufín del Ejercicio $ 170.00 Mi duda es si la Ptu se resta en la Ufín, ya que he estado restando la Ptu del Ejercicio, NO la pagada, sin embargo, me comentan que la PTU no se resta sólo el ISR y los No deducibles (excepto las señaladas en las fracciones VIII y IX del artículo 32 de la Ley citada). Agradecere sus comentarios.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88