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Tópico: Vales de despensa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2014 11:35:54 Asunto: Re: Vales de despensa
Yeny estoy en la misma situación, en la Empresa se contempla la Despensa en efectivo, como es en efectivo se cálcula para isr no es exenta para el trabajador pero era deducible para la Empresa. Sin embargo, con las nuevas reformas, resulta que la despensa si se paga en efectivo ahora es No deducible para la Empresa, a menos que se pague con monedero electrónico $$$, entonces igualmente he estado buscando opciones. [b]Como te plantea el compañero sobre un bono, los únicos bonos que no integran son la puntualidad y la asistencia.[/b] Otra opción que veo es el tiempo extra que no excedan de los límites que marca la ley, pero eso ya es exagerado meter tiempo extra a todos sin que rebasen los topes para la integración no es una buena opción.
Tópico: RECIBO NOMINA EN SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2014 15:01:41 Asunto: Re: RECIBO NOMINA EN SAT
Ah también quisiera comentar que en cuanto a los recibos de nómina, tuve la duda de como realizarlo puesto que para generar el recibo te pide cantidad, unidad de medida y concepto como dato obligatorio, puesto que los marcados como asterisco son datos obligatorios y si dejas esos espacios en blanco no te permite sellar, aprovecho para dejar la respuesta y si efectivamente se tienen que llenar todos esos campos obligatorios como 'No aplica'. Gracias.
Tópico: RECIBO NOMINA EN SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2014 14:59:21 Asunto: Re: RECIBO NOMINA EN SAT
Es que este es el punto de los recibos de nómina, cuidado, porque si es asimilado no es trabajador, no es subordinado y por lo tanto no esta registrado ante el imss y No debe tener número de seguridad, y si es que lo tiene, en la forma en que esta contratado como un prestador de servicios al generar su recibo en este caso No debe ponerse el NSS. Yo creo que esta modalidad de los recibos de nómina va a ser un arma de doble filo para las Empresas, porque se debe tener mucho cuidado en que pones como ingreso ver las limitantes para la integración del salario, qué pones como deducción, etc. Espero que mi comentario te sea de utilidad, así como también se aporte mas al tema porque desde mi punto de vista esto es de mucha polémica. Gracias.
Tópico: CASO DE ACLARACIÓN PARA OPTAR POR EL DIFERIMIENTO DE CFDI DE NÓMINA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2014 11:25:52 Asunto: Re: CASO DE ACLARACIÓN PARA OPTAR POR EL DIFERIMIENTO DE CFDI DE NÓMINA
Lo anterior se ha sido determinado en la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, La opción prevista en esta regla, se ejercerá a través de la presentación de un caso de aclaración en la página de Internet del SAT, [b]en la opción “Mi portal”[/b]. Para los efectos del artículo 29, primer párrafo del CFF, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido para efectos del ISR, ingresos acumulables superiores a $500,000.00, así como las personas morales del Título II y III de la Ley del ISR podrán optar por [b]diferir la expedición de CFDI por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR[/b], así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el período comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de marzo del mismo año, siempre que el 1 de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y [b][u]emitido todos los CFDI de cada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada.[/b][/u] Cuando los contribuyentes incumplan con el requisito de migración al esquema de CFDI, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones generales en materia de expedición de comprobantes fiscales a partir del 1 de enero de 2014 Entonces, desde mi punto de vista en cuanto a personas morales que presenten en mi portal la opción de diferir la expedición de CFDI, ¿cuál es la facilidad?, si de cualquier forma a partir del 1ro. de Abril del 2014 tienen que emitir los CFDI de cada uno de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento. Para las personas físicas si hay facilidad pero para personas morales desde mi punto de interpretación, corríjanme si estoy mal por favor porque así entiendo, no existe si se tiene que hacer todo de todas maneras, claro, después de 3 meses. Agradezco sus comentarios.
Tópico: ¿No se puede accesar a CERTISAT?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2014 10:08:30 Asunto: Re: ¿No se puede accesar a CERTISAT?
Gracias, igualmente ya descargue el sello.
Tópico: FACTURA CON APLICACION GRATUITA DEL SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 11:48:31 Asunto: Re: FACTURA CON APLICACION GRATUITA DEL SAT
Muchas gracias memoli, mis respetos para tu gran atención, aportación y apoyo en los foros, en verdad te agradezco.
Tópico: ¿Dudas en generación de recibo de nómina en plataforma gratuita del sat?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 11:44:45 Asunto: ¿Dudas en generación de recibo de nómina en plataforma gratuita del sat?
Hola, que tal ¿Alguien ya utilizo la plataforma gratuita del Sat en cuanto a nóminas?, es que me surgen unas dudas, ya que al intentar sellar el comprobante de nómina, me dice, favor de ingresar por lo menos 1 concepto para continuar con la operación, pero se supone que no es ingreso, es Egreso, tal como le di y por lo tanto no puedo ingresar concepto por esa razón. Por otro lado, en los campos de Ingresos del trabajador, falta el premio por asistencia lo cual lo estoy poniendo en otros, también como los campos de domicilio y otros no están marcados con asteriscos que significaría como obligatorios, pues no le estoy incluyendo esos datos, aparte del puesto, departamento, etc...casi piden la vida privada del trabajador. Es muy importante tomar en cuenta todos los datos, porque algún dato adicional que se ponga va en vínculo para integración a seguridad social. Por otro lado en deducciones viene seguridad social, pero también cuotas obrero patronales, aportaciones de retiro, cesantía, es decir, qué opción elegir, ya que desde mi punto de vista a veces vienen incluídos en seguridad social, también como sugerencia tener mucho cuidado en aportaciones a Fondo de vivienda ya que por error se puede dar el caso de darle aquí en vez de pago por crédito de vivienda, etc.....Qué enredos y carga adminsitrativa nos impusieron.... Aparte de que en el manual no vienen los pasos a seguir. Agradezco sus comentarios y su apoyo u orientación si es posible y son tan amables.
Tópico: FACTURA CON APLICACION GRATUITA DEL SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 10:41:32 Asunto: Re: FACTURA CON APLICACION GRATUITA DEL SAT
Te paso la liga de lo que comentas que dice que si al intentar sellar te marca error se sugiere revocar su CSD y obtener uno nuevo a través de internet. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_23416.html Y aprovechando el tópico, igualmente, en la misma ruta abajo aparece lo siguiente: Servicios gratuitos ofrecidos por los proveedores de Facturación Electrónica. Uno de los proveedores autorizados aparece Contpaq, sin embargo, quisiera preguntarles si alguien conoce algún proveedor de Facturación gratuita que en su experiencia les haya funcionado y que sea menos problemático que el servicio que ofrece el Sat, agradeceré infinitamente, sé que ahí aparecen varios, pero a veces es el gancho para posteriormente decirte hasta aquí, prueba gratis de 1 mes por ejemplo y luego cobran. Si son tan amables, agradecere sus comentarios si ya han trabajado con alguno de ellos, sabemos que igualmente el servicio es parecido al del Sat, pero me imagino que con menos margen de error. Aprovecho el tópico de la pregunta, gracias mariahil.
Tópico: ¿No se puede accesar a CERTISAT?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 09:53:36 Asunto: ¿No se puede accesar a CERTISAT?
Hola, buenos días a todos. Para una Empresa Persona Moral que facturaba en CBB, he intentado desde hace varios días ingresar a CETISAT para solicitar el sello que se realizo a travez de la aplicación solcedi para poder facturar, sin embargo, me marca sin conexion, que no se puede entrar a la página porque el sitio esta fuera temporalmente, o por saturación o que no es posible la conexión, etc. Sé que para las personas físicas existe la facilidad de seguir emitiendo los comprobantes en CBB cuando sus ingresos no superen los $ 500,000.00 pero para personas morales no esta esa facilidad. ¿Alguien ha tenido problemas con la página? Aún cuando contrate un proveedor autorizado, ya que como se puede notar aunque el sat te diga que la facturación es gratuita inclusive hasta para hacer el trámite de solicitar el sello es imposible entrar a su sistema, y también lo necesita el proveedor autorizado para facturar.
Tópico: 'MIS CUENTAS'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2014 14:28:08 Asunto: Re: 'MIS CUENTAS'
Para extender un poquito el tema sobre el último comentario que realizó Flavio, Sobre el tope es en cuanto a las deducciones personales, y con respecto a ello es lo que resulte menor entre 4 salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente como bien dices aproximadamente $ 90,000.00 pesos ó el 10% total de sus ingresos. Ejemplo: Esto es si tiene ingresos por $ 500,000.00 Qué es lo que resulta menor: 4 veces el salario mínimo que son $ 90,000.00 aproximadamente ó el 10% de sus ingresos que son $ 50,000.00 Entonces si el contribuyente tiene deducciones Personales por $100,000.00 solo puede deducir $ 50,000.00 y no los $ 90,000.00. Otro ejemplo sería: Si tiene ingresos por $ 1,000,000.00 El 10% son $ 100,000.00 aquí si puede deducir hasta los $ 90,000.00 puesto que el 10% es mayor que los 4 veces salarios mínimos. Ahora con respecto a sus otras deducciones como son papelería, gastos de combustible, reparaciones del coche éstos gastos sí son parte de su negocio y son estrictamente indispensables, obviamente los puede deducir, lo que se limito es en las deducciones personales, aparte que para poder que sean deducibles tienen que ser pagadas por medio del sistema Bancario. Gracias por su atención. [i]Editado: Enero 06, 2014 14:31:07[/i]

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