Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de cpallares

Autor Mensaje
Tópico: Compensaciones Via Internet
cpallares

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2012 14:17:32 Asunto: Re: Compensaciones Via Internet
También tuve dudas, respecto a eso, ya que en mi caso tenía un remanente el cual me quería aplicar, y gracias a las respuestas de los compañeros me puse a investigar, y te paso el siguiente dato de la pagina del Sat http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/aviso_compensacion/162_19107.html Nota Importante: No espere un acuse de respuesta a su aviso, [u][b]si lo presentó correctamente basta con el acuse de recepción[/b][/u] en el que se le informa su número de caso (conformado con la siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX o AV2010XXXXXXX ”) , ya que con el envío de su aviso de compensación se considera cumplida la obligación a que hace referencia el Artículo 23 del Código Fiscal de la Federación. Si su aviso presenta inconsistencias, falta algún dato o requisito, no podrá considerarse como presentado, por lo que el caso se cancelará y se le notificará a través del Apartado de Notas para que lo corrija y lo presente nuevamente. Por otro lado, En el C.F.F. en el art. 22 para efectos de devoluciones menciona que: El monto de la devolución de la actualización a que se refiere el párrafo anterior, deberá ponerse, en su caso, a disposición del contribuyente dentro de un plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en la que se presente la solicitud de devolución correspondiente; cuando la entrega se efectúe fuera del plazo mencionado, las autoridades fiscales pagarán intereses que se calcularán conforme a lo dispuesto en el artículo 22-A de este Código. Aunque se trata de Devolución, y estamos hablando de compensación la respuesta debe ser parecida dentro de un plazo de 40 días, si no hay respuesta entonces el aviso se toma como bien presentado si no te dicen que tienes incosistencias.
Tópico: CANCELAR FACTURAS SIN NOTAS DE CREDITO
cpallares

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2012 11:59:47 Asunto: CANCELAR FACTURAS SIN NOTAS DE CREDITO
Nuevamente con una duda. De antemano Mil gracias por su tiempo. En esta semana nos informa un Cliente sobre la cancelación de unas Facturas de Enero, Febrero por cambio de Razón social. Mi duda es: si tengo que hacer Nota de crédito para cancelar dichas facturas de Enero y Febrero, o puedo cancelarlas sin necesidad de hacer la nota de crédito. Esta Empresa es Persona Moral Regimen general, en el ejercicio 2010 no llevaba notas de crédito se cancelaban y se disminuian de los ingresos automáticamente no había este documento de por medio, sin embargo, a partir del 2011 se llevaron las notas de crédito porque se empezo a aplicar descuentos por pronto pago. Mi duda surge si a partir de que se tenga notas de crédito sea obligatorio cancelar por este mismo medio. Gracias.
Tópico: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2012 11:49:47 Asunto: Re: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
Gracias a todos por su apoyo.
Tópico: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2012 11:52:02 Asunto: Re: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
Ok, gracias, entoncen seguiré compensando el remanente.
Tópico: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2012 11:34:08 Asunto: puedo compensar un remanente de un saldo a favor aunque el inicial este todavía en proceso.
Hola a todos, agradecere si me pueden dar alguna sugerencia de la siguiente duda. Hace un mes me compense un saldo a favor de isr inicialmente, sin embargo cada vez que entro a mi portal a checar si ya esta autorizado me aparece en proceso. Mi duda es si puedo seguir compensando el remanente o tengo que esperar a que me autoricen el primero para luego continuar, porque según en el sat me dijeron que no hay tiempo límite para autorizar.
Tópico: Contabilización baja de Activo fijo
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 23, 2012 10:54:56 Asunto: Re: Contabilización baja de Activo fijo
El Activo ya estaba depreciado totalmente cuando se vendio, me di cuenta cuando lo cheque, fue un error de omisión al no dar de baja el activo en el Balance, únicamente. Sé que se deja el $ 1.00 cuando todavía se tiene el activo. Sin embargo, aún están en libros, pero el Activo no está, por eso se va a hacer el movimiento para dejar los activos correctos. Gracias por sus comentarios y todo su apoyo. Agradezco su interés.
Tópico: Contabilización baja de Activo fijo
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 22, 2012 12:20:26 Asunto: Re: Contabilización baja de Activo fijo
Muchas gracias por tu respuesta. Efectivamente el valor en libros como esta ahora es de $ 1.00 Sin embargo el equipo no esta. Se vendio en los ejercicio 2007 y 2008, y fue considerado para todos los cálculos de impuestos provisionales y anuales, el error estuvo no darlos de baja en el momento. Sé que para mayor claridad es hacer complementarias de esos ejercicios para que quede el balance correcto, ya que la información de la declaración queda exactamente igual. Pero dichos ejercicios ya tienen varias complementarias. Y realmente quisiera evitar enviar otra complementaria y corregir desde esas fechas. Poder hacerlo en este ejercicio, confirmando que no existiera ninguna repercusión contable y fiscal. En verdad te agradezco mucho, porque se preocupan por brindar apoyo. Lo voy a realizar en este ejercicio, con copia de los soportes de los ejercicios anteriores.
Tópico: retencion asimilados a sueldos se pago como retencion sueldos
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2012 10:32:20 Asunto: Re: retencion asimilados a sueldos se pago como retencion sueldos
El pago de 22,000.00 que correspondía asimilados es un pago indebido, es decir, pagaste de mas isr por salarios. desde mi punto de vista, las complementarias serían hacer los pagos correctos de isr por salarios por lo que te van arrojar las diferencias como saldo a favor de pago indebido que son las que corresponden a asimilables a salarios. Luego hacer las complementarias de isr asimilados a salarios, pero te van a generar actualizaciones y recargos por dichos montos porque no pagaste, luego te compensas el saldo a favor de pagos indebidos (Llenas el formato 41 Pago indebido, y en mi portal lo mandas en solicitud) pero pagarías los recargos y actualizaciones. Eso es lo que yo haría para que quede correcto. Espero que alguien tenga alguna otra sugerencia que te pueda apoyar mejor.
Tópico: Ingresos y Deducciones en Declaraciones y pagos.
cpallares

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2012 12:10:23 Asunto: Ingresos y Deducciones en Declaraciones y pagos.
Hola a todos, que tal. Los ingresos por ganancia y pérdida cambiaria se acumulan para el cálculo de isr (PM régimen simplificado), sin embargo dichos ingresos no tienen un renglón especial en el nuevo esquema DyP. Por lo que, nada mas para confirmar dichos ingresos y deducciones se registran dentro del renglón tanto de ¿Ingresos como deducciones autorizadas?
Tópico: Contabilización baja de Activo fijo
cpallares

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 13, 2012 12:37:27 Asunto: Contabilización baja de Activo fijo
Hola que tal, de antemano agradezco el tiempo que se toman en apoyo a esta duda que tengo. Recién me entregaron una contabilidad y ahora en la anual me encuentro que revisando los activos fijos (Equipo de Transporte) de una Empresa, tienen unidades registradas contablemente que ya no existen físicamente al preguntar me informarón que dichas unidades se vendieron en años anteriores (2007 y 2008), y no los dieron de baja contablemente y fiscalmente. Estos activos ya están totalmente depreciados. Los asientos contables como están ahora son los siguientes: Cargo Equipo de Transporte $ 105,000.00 Abono a Depreciación acum. eq. de transporte $104,999.00 El valor en Libros es de $ 1.00, pero el equipo no esta. En ese tiempo que se vendieron los bienes, no dieron de baja el activo e hicieron el siguiente registro: Cargo a Bancos Abono a ventas (se tomo como un ingreso normal no como utilidad en venta de activo fijo) Abono a Iva por pagar De este ingreso se realizo la factura y se pagaron los impuestos correspondientes, se tomo para el calculo del C.U. de Isr, etc el error estuvo en no hacer el siguiente asiento: Cargo a Dep. acumulada Equipo de Transporte $ 104,999.00 Abono a Equipo de transporte $ 105,000.00 Abono a Utilidad en venta de activo fijo $ 1.00 ¿Puedo hacer este asiento para registrar la baja en este ejercicio 2012? o bien puedo realizar una factura con valor de $ 1.00 para darlo de baja, aunque ya se hizo inicialmente una para la venta. O bien con la copia de la factura que se hizo la venta inicial puedo hacer el asiento, como Ajuste Reclasificación baja de Activo por venta en 2008. Me gustaría saber sus opiniones. Gracias.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88