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06/Dic/19 09:58
Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Buenos días.

Se ha tocado mucho el tema en los medios, sobre que 'a las empresas de outsoursing se les retendra un 6% del IVA', pero la reforma al 1-A de LIVA no señala específicamente que sea solo a este tipo de empresas, por lo que transcribo la fracción IV que señala:

IV. Sean personas morales o físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a traves de los cuales se ponga a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual. En este caso la retención se hará por el 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

Leyendo lo anterior, claramente salta la duda si esta retención aplica, además de a las outsoursing, ¿a las de servicios de seguridad privada, servicios de aseo/limpieza, servicios de valet parking? en fin, a toda aquella que mande sus empleados a las instalaciones a prestar un servicio donde se considere que 'se pone a disposición del contratante a dicho personal'

En algunos cursos dicen lo siguiente:

Se adiciona una fracción IV al artículo 1o.-A de la Ley del IVA, con el fin de establecer la obligación de los contribuyentes contratantes de los servicios de subcontratación laboral en términos de la legislación laboral de calcular, retener y enterar, ante las autoridades fiscales, el impuesto causado por dichas operaciones.

La exposición de motivos señala lo siguiente:

'En materia de IVA, se propone establecer la obligación de los contribuyentes contratantes de los servicios de subcontratación laboral en términos de la legislación laboral de calcular, retener y enterar, ante las autoridades fiscales, el impuesto causado por dichas operaciones. Con ello, se asegurará el pago del IVA y, en consecuencia, será procedente el acreditamiento del impuesto que le fue trasladado al contratante, toda vez que conforme a la mecánica establecida en la citada Ley, primero debe efectuarse el entero de la retención y posteriormente llevar a cabo su acreditamiento.'

LFT señala:
Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.

Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se
desarrollen en el centro de trabajo.
b) Deberá justificarse por su carácter especializado.
c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.

De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.



¿Qué opinan sobre el tema?



Editado: Diciembre 06, 2019 11:04:21

Editado: Diciembre 06, 2019 11:05:10

Editado: Diciembre 06, 2019 11:06:06
 
 
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neonato
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06/Dic/19 12:44
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Un comedor industrial entraía en este supuesto?
Si bien el personal está fisicamente en la empresa.
 
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carlos_t
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06/Dic/19 14:38
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Probablemente incluyan su interpretación en los criterios normativos 2020, por que así a bote pronto parecería que si, cualquier prestación de servicios de personal independientemente de como se le denomine, seria objeto de tal retencion


Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
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06/Dic/19 14:52
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

El legislador deberá de efectuar una corrección para dejar el texto como esta actualmente... 'actividades de subcontratación laboral en términos de la Ley Federal del Trabajo'
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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20/Dic/19 11:44
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Buen día.

Pero mientras la autoridad aclara la situación, qué pasaría en los siguientes casos:

1. Si se retiene a todos, y la autoridad define que no debió retenerse

2. Si no se retiene a todos, y la autoridad define que si procedía la retención.

¿Qué efecto sfiscales tendría o cómo se corregiría cada una de los supuestos?

Saludos!
 
 
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neonato
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20/Dic/19 12:39
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Ya esta en la pagina de diputados la Ley Del IVA con las nuevas reformas y el texto no cambio...

Por eso creo que lo van a tener que aclarar en las 3ras, 4tas, etc resoluciones a la RMF 2019

Ahora, en mi opinion, contestando tus dudas;

En el primer caso, es un pago de lo indebido; quien efectue el pago tendra que pedir la devolucion a la autoridad (sin poder compensar ese monto), la cuenta por pagar con el proveedor no quedara saldada, pues ese monto aun se le deberia. El que recibe el pago tendria que presentar complementarias por ese iva retenido que acredito indebidamente.

En el segundo caso, el retenedor tendria que pagar las retenciones con actualizaciones y recargos y la factura debe de volverse a emitir con los datos correctos y ese IVA debe ser devuelto por el prestador de servicios, de nuevo, el prestador debe de presentar complementarias para acreditar lo retenido.

En conclusion; un desmadre

Saludos!

Editado: Diciembre 20, 2019 12:43:02
 
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NicolasCastilloPerales
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02/Ene/20 18:15
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Buen Día:

Ya se publico la RMF2020 y no encuentro ninguna aclaración que permita entender mejor este tema.

Que me pueden recomendar.... soy constructora y subcontrato todas las especialidades, tendría que retener a todos?

Gracias por su ayuda.
 
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CONSTRUCTOR
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02/Ene/20 18:34
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

En este tema hay más comentarios al respecto:
https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=57614&idCat=10
Saludos.

Editado: Enero 02, 2020 18:45:56
 
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federico_
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02/Ene/20 20:08
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Constructor

Donde propiamente se podría encontrar son en los anexos 3 y 7

Los criterios no vinculativos y normativos

Esos hasta el momento no han sido publicados

Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
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03/Ene/20 12:15
Re: Retención 6% IVA ¿a todos los prestadores de servicios?

Buenos días.

1.-Había interpretado que esto aplicaría para las Empresas o personas físicas con actividad Empresarial o profesional que sean outsorsing, es decir, que lleven las nóminas de otras Empresas, que ellos no sean los contratantes directos, si no, que lleven todos los procesos que implican de una contratación para otra Empresa.

Los empleados no se entienden con la Empresa directamente, si no con la outsorsing.
Como quien dice, los empleados 'no tienen derecho con la Empresa directamente, si no que todo lo canalizan con la outsorsing'.


2.-Pero ahora que lo comentan, por ejemplo una Empresa que tiene sus empleados contratados por ellos mismos, y llevan sus nóminas y ellos tienen contratados a éstos empleados para que presten sus servicios a otras empresas, entiendo que no es outsorsing, porque aquí es directa la contratación, la empresa corre los riesgos todo es con la Empresa directamente, aquí los empleados todos su derechos lo hacen con su Empresa contratada directamente.

Y había interpretado, que son los del punto # 1, los que tendrían que retener ese 6%


Pero esto ya es un dilema.

Saludos...
 
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cpallares
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