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Tópico: Hay límite para los fondos de caja chica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 12, 2016 17:33:32 Asunto: Re: Hay límite para los fondos de caja chica?
Gracias Grupoimper.
Tópico: Hay límite para los fondos de caja chica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 12, 2016 10:25:52 Asunto: Hay límite para los fondos de caja chica?
Hola que tal, una pregunta compañeros foristas. Buen día a todos. En una Empresa realizan gastos frecuentes, estos gastos son estrictamente indispensables y las facturas son por menos de $ 2,000.00, deducibles. Sin embargo, mi duda es que las reposiciones son por cantidades fuertes que rebasan los $ 10,000.00 cada 15 días, es decir, por $ 17,000.00 y a los 15 días por $ 22,000.00, etc. todas ellas a nombre de la recepcionista, se cambia el cheque y con el efectivo se hacen las compras. No hay crédito en ninguna de esas empresas. En este caso el problema se puede ver como algo interno, pero para efectos fiscales, no hay una limitante que las reposiciones de caja chica se den de forma esporádica o bien cuya cantidad no sea por cantidades fuertes, porque en este caso llegan hasta los $ 50,000.00 mensuales o mas. Esto es porque por ejemplo no tienen crédito con ninguna Empresa, se manejan por anticipos cuando el cliente da el anticipo compran el producto, no tienen inventario, etc., al día. Y aparte no tienen un fondo de caja chica, otra es decir, no hay una persona que haya firmado un recibo de recepción del fondo y de responsabilidad. Aunque esta forma es incorrecta, y la exprese, mas que nada lo ven como algo interno y de decisión administrativa, pero fiscalmente que es la parte que me gustaría fundamentar no encuentro que soporte esta situación para evitar dichos procesos administrativos, y tener todo mas en orden y en regla. Me gustaría saber su opinión. Gracias. Y saludos... [i]Editado: Mayo 12, 2016 10:29:37[/i]
Tópico: SERVICIOS PAGADOS A EXTRANJEROS SON DEDUCIBLES?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2016 22:25:20 Asunto: SERVICIOS PAGADOS A EXTRANJEROS SON DEDUCIBLES?
Una Empresa Extranjera nos Presto servicios de Reempacado de producto en territorio de Estados Unidos, la cual nos expidió factura, estos servicios fueron prestados en territorio extranjero. Mi duda es en este caso no genera retención por prestarse en territorio extranjero, de acuerdo a la ley de ISR si tengo que anexar algún soporte documental adicional para hacerlo deducible, ya que nosotros exportamos mercancía y las últimas exportaciones tuvieron detalles por las cuales nos brindaron este servicio, que en este mes liquidamos. Mi otra duda es si Tengo que manisfestarlos en Declaraciones y pagos en Iva tasa 0% y en Diot? Gracias por su atención.
Tópico: ERROR EN TRABAJADOR EN PAGO DE SIPARE?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 09, 2016 16:51:37 Asunto: Re: ERROR EN TRABAJADOR EN PAGO DE SIPARE?
Ok, igualmente muchas gracias. Muy claro.
Tópico: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 09, 2016 16:48:49 Asunto: Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?
Muchas gracias Enrique.
Tópico: ERROR EN TRABAJADOR EN PAGO DE SIPARE?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 07, 2016 23:43:30 Asunto: ERROR EN TRABAJADOR EN PAGO DE SIPARE?
Nuevamente compañeros, buen día tengan todos ustedes. Con otra duda. Se genero el pago desde sua, a través del SIPARE, el original presentaba error. Sin embargo no me percate que en dicho pago se encontraba un trabajador que tiene 2 números de seguridad social diferentes, esto es porque el apellido esta diferenciado con una letra, una tiene la Z y otro la S, y he ahí el detalle de los 2 números de seguridad social. El detalle es que en el Sua y en nómina este trabajador tiene el mismo número. Pero cuando lo dieron de alta lo dieron de alta con el otro número. Cuando genere el SIPARE por la presion del tiempo no me percate de esa diferencia en números de seguridad social, si no despues de que pague. Puedo hacer una complementaria del SIPARE, el efecto sería $ 0.00 porque no hay diferencias, si no lo único es el NSS de dicho trabajador. Esto sería para corregir en tiempo antes de que llegue algún requerimiento de NSS de pago omitido, que ya me han comentado algunos colegas que es probable que llegue sobre todo de infonavit porque les va aparecer como una omisión de pago. Gracias por sus comentarios.
Tópico: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 07, 2016 23:33:10 Asunto: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?
Una duda, compañeros especialistas en seguridad social. Cuál es el día correcto para efectuar la baja de un trabajador, en la última fecha que labora, o al día siguiente. Es decir, el último día que laboro un trabajador fue el 5 de Mayo. Se le pago hasta ese día. Cuando es cuando se debe dar de baja, el 05 de Mayo, que fue su último día, o al día siguiente 06 de Mayo. Agradeceré sus comentarios.
Tópico: ¿Que pasa si no se llevan las cuentas de Orden?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2016 14:11:27 Asunto: ¿Que pasa si no se llevan las cuentas de Orden?
Compañeros, buen día. Las cuentas de Ordenes son para información y Control, y considero que es muy importante llevarlas, ya que aparete son de masconfiabilidad , de acuerdo a las Normas de Información Financiera (NIF), y en la NIF A-7 que trata de “Presentación y revelación”. Pero ¿Que pasa si no se llevan? , si estos controles se llevan en papeles de trabajo. ¿El Código Fiscal las contempla como obligatorias? ¿Hay alguna consecuencia no llevarlas? agradeceré sus comentarios al respecto. Si pudieran darme su opinión o algún fundamento.
Tópico: AYUDA EN REGISTRO CONTABLE DE UNA IMPORTACION TEMPORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 01, 2016 21:04:24 Asunto: Re: AYUDA EN REGISTRO CONTABLE DE UNA IMPORTACION TEMPORAL
Retomando el tema del registro, he encontrado varios respuestas y fundamentos para efectos de que el Registro este debidamente aplicado y sea acreditable el iva pagado de la Importación de la mercancía que no se retorno. Este Iva es Acreditable 100% siempre y cuando se hagan los registros correctos, de lo contrario no. En el catálogo del Sat contempla el Iva Virtual de las importaciones temporales, como cuentas de orden (credito fiscal Iva) Nivel Código agrupador Nombre de la cuenta y/o subcuenta 1 815 Crédito fiscal de IVA e IEPS por la importación de mercancías para empresas certificadas 2 815.01 Crédito fiscal de IVA e IEPS por la importación de mercancías 2 815.02 Importación de mercancías con aplicación de crédito fiscal de IVA e IEPS 1 816 Crédito fiscal de IVA e IEPS por la importación de activos fijos para empresas certificadas 2 816.01 Crédito fiscal de IVA e IEPS por la importación de activo fijo 2 816.02 Importación de activo fijo con aplicación de crédito fiscal de IVA e IEPS En esta tópico encontre unas respuestas de compañeros de meses o años pasados. Me parece interesante. Ya que dicho 'Iva Virtual', de principio es tasa 0%, sabemos que es tasa 16%, y mi duda es si debe considerarse aunque no se pague tanto en la Diot como en Declaraciones y pagos (en este caso se trata de Importación el Iva que se declarararía es el Iva acreditable), cuando se exporte (el Iva por pagar se declararía de lo que se vaya retornando. (Esto es cuando sea efectivamente pagado, obviamente ese Iva declararlo) Pero en Registros contables ese iva no va a estar registrado dentro de las cuentas de Balance. Va estar registrado en cuentas de Orden pero no cuando sea el efecto del pago, si no de la Importación, del pedimento. Entonces el registro sería como sigue: Cargo a Almacén Mercancía de Importación $ 1,000.00 abono a Proveedores extranjeros $ 1,000.00 (cta. normal y comp) Otra duda que me queda es en las Cuentas de Orden el Iva Virtual. Cargo a Iva Acreditable Virutal 116.00 Abono a Iva por pagar Virutal 116.00 El efecto es cero. A medida que se vaya retornando. quedaría el registro de la siguiente manera. Cargo a Iva por Pagar ejemplo $ 100.00 Abono a Iva acreditable $ 100.00 No hay registro del Iva acreditable pues eso se retorno. Pero si los $ 16.00 pesos no se retornan. entonces quedaría. Cargo a Iva por pagar $ 16.00 cuentas de orden (aqui no se exporto pero se tiene que cancelar este iva) Abono a Iva acreditable $ 16.00 cuentas de orden. se cancelan las cuentas de orden. Registro contable: Cargo a iva Acreditable $ 16.00 pesos. Actualizaciones Recargos Abono a Bancos $ cantidad que resulte pagar total Adjunto tópico. Agradeceré si tienen algún pequeñito comentario, por favorcito, si acaso les ha tocado algo parecido, de cualquier forma seguiré leyendo e investigando y si encuentro la respuesta con gusta la expongo para que quede, como a mi me sirvió este tópico y todos los que me encuentro que me han ayudado mucho aclarar dudas, ya que no tengo conocimiento en materia de Aduanas pero sigo estudiando para realizar los registros contables correctos. http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=30738&idCat=10
Tópico: COMPENSACION IVA RIF TASA 0%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2016 23:06:01 Asunto: Re: COMPENSACION IVA RIF TASA 0%
A travéz de la compensación Universal. Debes contar con firma Electrónica, las Diots deben estar presentadas. Y Llenar los Formatos requeridos. Se presenta en buzón tributario. Al igual que tu una Empresa (Régimen General) tiene ingresos al 0% y mucha saldo a favor de IVA y los he compensado con isr. (Compensación Universal).

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