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Tópico: DI NO, A LA CONTABILIDAD ELECTRONICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2014 10:20:36 Asunto: Re: DI NO, A LA CONTABILIDAD ELECTRONICA
Como dice el compañero Jibe: [b]Yo me pregunto porque en los países desarrollados como EUA, Alemania, Japón, China etc. no han aplicado la contabilidad electrónica y sí lo han hecho con problemas internos como España, Chile y Brasil.[/b] Y desde hace tiempo nuestro gobierno esta muy relacionado con España, parece que poco a poco estamos volviendo a los viejos tiempos, y ahí viene Septiembre, como qué es mucha coincidencia. Por otro lado, también considero que Excel es una excelente herramienta para los contadores, y facilita mucho el trabajo, en cuanto a que se va perdiendo la raíz del conocimiento, es decir, como inició todo desde un principio y se hacía manualmente y se llevaban en libros, etc, pues sí pero también si no vas usando la tecnología no tienes trabajo, si se fijan en los empleos dicen se requiere contador, con especialidad en excel. El problema es que esperan que el contador sea general, sepa de todo, haga de todo, y así es muy díficil que te especialices en lo fiscal, porque el que mucho abarca poco aprieta, de ahí la necesidad de los foros. Porque estoy segura que aquí hay colegas que también aparte de la contabilidad, contable y fiscal, estados financieros y demás, hacen nóminas, facturan, realizan cobranza, pagos a proveedores, checan estados de cuenta en general, conciliaciones, atienden conflictos de clientes, proveedores, trabajadores, y entidades de gobierno, etc. No a la contabilidad electrónica, porque el sat ya cuenta con todo, pero quiere saber el detalle qué son las pólizas, es como algo personal, ya me conoces, ya sabes donde vivo, pero resulta que quiere saber como vivo, mi intimidad en general, y eso es algo muy personal.
Tópico: REEMPLAZO O NOTA DE CREDITO PARA FACTURA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2014 09:57:33 Asunto: Re: REEMPLAZO O NOTA DE CREDITO PARA FACTURA
La cancelación se da porque vas a elaborar otra igualita con los cambios en los que hubo error. Por ejemplo: Se cancela por error en datos fiscales, si es un producto y tuviste error en el concepto, etc. La nota de crédito se da porque vas a cancelar parcialmente la Factura, por ejemplo si vendiste 5 productos y te devuelven uno, entonces haces una nota de crédito, o cuando hay una diferencia en precio a favor del cliente, etc. También se hace la Nota de crédito por el total de la factura, pero pues aquí, desde mi punto de vista, hay que ver si es mejor cancelar la factura, si no ha pasado mucho tiempo, etc. Ya que las Notas de crédito solo se descuentan de los ingresos hasta la declaración anual. En pagos provisionales, las Notas de crédito no se aplican en la disminución de los ingresos.
Tópico: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2014 13:40:22 Asunto: Re: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
Voy a dejar la redacción que forma parte del oficio, por si a alguien se le ofrece: [b]Punto 2.-[b]Art. 15 LSS[/b] [/b]Pagos ante el IMSS de tres meses de los trabajadores entrevistados. Asimismo hacemos de su conocimiento que la Empresa a la cual represento recibe en sus instalaciones, visitas de personas externas tales como Proveedores, Clientes, Vendedores, Publicistas, Invitados, cuyas relaciones son meramente comerciales, económicos, de consulta, publicitarias, informativas, etc. por lo que no implican de ninguna manera una relación laboral. En este punto hacemos la aclaración que una de las personas entrevistadas no es trabajadora de la Empresa a la cual represento, y cuya información y aclaración se dio a conocer al momento de realizar la inspección, sin embargo se hizo énfasis y se insistió en realizar la entrevista con esta persona. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su Art. 20 en su primer párrafo: Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Para efectos de LSS en su art. Artículo 12 fracc. I. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones; Por lo tanto, Fulanita de tal, no mantiene ninguna relación laboral con xxxxxx., adjunto encontrará su Inscripción de alta de Imss con la empresa con la que tenemos una relación Comercial desde hace varios años, objetivo por el cual se encontraba de visita en nuestra Empresa. Para finalizar también se toca lo siguiente: [b]Punto 17.-ART. 132 LFT Fracción XXIV (Negación de la Inspección). [/b]Se cumplió y se dio seguimiento a todos los requisitos e informes que se solicitaron, aún cuando se hizo de su conocimiento lo que se expone en el punto Núm. 2, se proporcionaron todos los elementos que durante la inspección se solicitaron para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicho artículo. Gracias... [i]Editado: Agosto 19, 2014 13:42:23[/i]
Tópico: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2014 10:51:35 Asunto: Re: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
Gracias rdelacruz por tu atención, pero no dieron fundamento. La administrador comento que el Jefe de Inspectores le dijo que ellos ivan a mandar todos los documentos que dan soporte a la inspección a otro departamento donde determinan dichas multas y dio un plazo al día de mañana a mas tardar para aclarar antes de que se envíe todo. Es por ello que en dicha aclaración voy a elaborar un escrito donde se recalque que esta persona no labora con nosotros, inclusive ya renunció a la otra Empresa, pero mi duda es si alguien le ha tocado alguna experiencia similar que pudiera darme alguna opinión que señale que no tienen base para proceder con la multa. Es decir, tuvimos una visita externa, invitado, pudo ser cliente, proveedor, etc. pero en nuestra experiencia, los inspectores del estado buscan $$$$, al no obtener su objetivo, entonces actúan con mucha autoridad y ponen demasiados 'señalamientos' en sus actas, las cuales a la fecha nunca nos han afectado porque no tienen fundamento y se han contestado con escritos simples y documentos de soporte, como creo que es éste caso, inclusive a la semana tuvimos la visita de otro inspector pero Federal, por el mismo caso, procedió a hacer lo mismo, y hago de su conocimiento que ese mismo día estaba la misma persona en el lugar, en virtud de lo que le sucedió a la administradora atendí la inspección, y al entrevistar trabajadores le explique que esta persona no era trabajadora de la Empresa y estuvo de acuerdo en seleccionar a otros, no hubo ningún problema, el inspector federal venía a realizar una inspección sin peticiones extraordinarias, hizo su trabajo y se cumplió, tengo su acta donde todo esta correcto. Es por ello que agradeceré cualquier sugerencia que puedan darme, si fuera posible, como un dato adicional para reforzar la aclaración. Gracias. [i]Editado: Agosto 19, 2014 10:52:17[/i]
Tópico: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 18, 2014 14:02:06 Asunto: Inspeccion de la STPS por el pago de la ptu, duda en las entrevistas con los trabajadores
Hola, que tal, le expongo el siguiente caso. La Empresa recibió una inspección de la STPS por el pago de la PTU, la Administradora la atendió, y en ese momento se encontraba una persona que no labora en la Empresa, y el inspector solicito entrevistarla, ya que en el desarrollo de la inspección realiza entrevistas a los trabajadores. Se le informo que no trabajaba en la Empresa pero exigió hablar con ella. Esta persona trabaja a un lado, hace visitas ocasionalmente 'echar' la platicada con la administradora e inclusive en ausencia de la secretaria, a veces por la confianza contesta el telefóno. La situación es que una vez que nos llega la audiencia de la inspección, derivado de esa situación, ya que nos piden las altas o pagos ante el imss de los entrevistados, en estos caso me toca a mi la parte de proporcionar, solucionar o dar soporte al problema, cuando esta en mis posibilidades, porque hago las altas y pagos ante el imss y cuento con ellas, pero en este caso de esta persona como no las tengo, las solicite a la Empresa en que labora si eran tan amables de facilitarme los documentos de comprobación. Pero en la STPS nos dicen que solo por el hecho de haber estado en el lugar y momento indicados ya somos acreedores a una multa. Mi duda es si por medio de un escrito sencillo se podría refutar eso, ya que me ha tocado que los inspectores ponen cada cosa en el caso de las revisiones al local, por ejemplo que quieren piso de este o de aquel, que quieren techo de este o aquel y ha tenido solución con un escrito sencillo, pero en este caso no se como exponerlo de tal manera que se pueda dar una simple aclaración que la entrevistada no laboraba en la empresa y comprobar que no es trabajadora e informar que era visitante y que el inspector exigió la entrevista. Podrán darme alguna idea o si les ha tocado algo parecido, agradeceré su apoyo. Gracias.
Tópico: Duda en el reporte de ley antilavado de compra-venta de inmuebles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 14, 2014 12:57:23 Asunto: Re: Duda en el reporte de ley antilavado de compra-venta de inmuebles?
Muchas gracias a_cano por tu atención, eres genial porque siempre das el soporte. Sin embargo, en un principio mi duda no radicaba en si la estructura se considera un inmueble ya que sí considero dicha actividad como inmuebles y estoy dada de alta en esta obligación, que de hecho lo reafirmo el artículo 750 del Código Civil Federal en su fracción I. El suelo y las construcciones adheridas a él. Cabe en ese punto lo que comentaba neonato 'Para el comprador si se considera inmueble, porque es parte de su 'edificio'', igual para el vendedor, porque no vendo el material, sino la fabricación y la adhiero permanentemente al edificio. Mi duda radica mas bien cuándo se tendría que reportar, ya que el presupuesto sí rebasa el monto de actividad vulnerable, pero los pagos se harán parcialmente y ahí es donde estoy en duda en lo siguiente: -Recibi un % de anticipo y a como me van a dar los abonos posiblemente sí llegue al monto acumulando en los 6 meses, si paga oportunamente, entonces: -Se reporta en base a cada pago realizado. -En base en un periodo de 6 meses si llega al tope del monto. -Si en esos 6 meses no llega no llega al tope, no se reporta, por ejemplo que en 6 meses me pague $ 400,000.00 y en el séptimo mes me pague los otros $ 300,000.00, no se reportaría aún cuando el contrato sí rebase el tope. -Si llega al tope en 6 meses, por ejemplo paguen $ 580,000.00, y la diferencia la paguen después de los 6 meses, la otra diferencia no se reporta. Expongo estas dudas, si alguien ya le ha tocado, pero igual estoy checando esta situación porque es la primera vez que me toca una obra que rebasa el monto a lo establecido. Gracias por todo.
Tópico: Factura Egresos por retenciones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2014 12:53:49 Asunto: Re: Factura Egresos por retenciones?
Muchas gracias a_cano, por tu respuesta y el fundamento.
Tópico: Factura Egresos por retenciones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2014 10:35:01 Asunto: Factura Egresos por retenciones?
Hola, tengo una duda, agradeceré sus apoyo para aclararla. Pagamos la renta de local a una Persona física, nos retiene el isr e iva, nos emite el comprobante fiscal correspondiente. Sin embargo, me surge la duda de sí por esas retenciones tendré que elaborar un comprobante de Egresos, así como los de nómina que ya no será obligatorio generar la constancia, igualmente, en este caso se tenga que elaborar una Factura por dichas retenciones por cada contribuyente que nos realice retenciones, sean fletes, arrendamiento, servicios de honorarios, etc. ó no es necesario puesto que la Factura del contribuyente ya viene desglosado esa retención. Gracias por su atención.
Tópico: Duda en el reporte de ley antilavado de compra-venta de inmuebles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2014 10:20:35 Asunto: Re: Duda en el reporte de ley antilavado de compra-venta de inmuebles?
La Empresa se dedica a la Fabricación de Estructuras en general, techumbres. Efectivamente compra el acero, arma la estructura y se la instala al cliente, incluye el techo que es a petición del cliente. Como es parte de la construcción o desarrollo de un inmuebles. No se realiza todo el inmueble, pero sí es parte de la construcción del inmueble. Agradeceré sus comentarios.
Tópico: Contab Electronica: No es Etico llevar contabilidades P.M. y PF mayores a 2 millones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2014 10:14:13 Asunto: Re: Contab Electronica: No es Etico llevar contabilidades P.M. y PF mayores a 2 millones
Esta situación sobrepasa los límites de los contribuyentes. Como comenta el compañero de la infraetructura, es proporcionar los elementos para cumplir pero gratuitamente, como en el caso de la Facturación, de las informativas con los programas que nos dan, etc. Aquí sugieren que en el caso de las personas físicas si ya estan operando en 'mis cuentas', no estarán obligados a subir balanzas, pero si no tendrán que 'contratar' un sistema, y considero que en ese caso ellos deben proporcionar el sistema y las facilidades, si por el volumen que maneja el contribuyente no le conviene entonces él tendrá que decidir si contrata o no, en mi opinión, es otra desventaja o problema con esta nueva obligación.

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