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02/Dic/15 10:24
como vender???

Buenas tardes una empresa 'x' adquirio un terreno, por decisiones en ese tiempo otra empresa 'y' fue la que hizo y registro la construccion , el problema es ahra 10 años despues se quiere vender esa propiedad y mi duda es como ? si uno tiene el terreno y otra la edificacion como escriturar o registrar esa operacion de venta...agradezco de antemano sus opiniones
 
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sosaarceo
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02/Dic/15 11:18
Re: como vender???

Cada empresa venderá lo que es de su propiedad y enterará los impuestos que le correspondan.
 
 
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neonato
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02/Dic/15 12:05
Re: como vender???

Si la que construyo lo hizo porque la dueña del terreno se lo permitió en virtud de un contrato de arrendamiento o comodato, es posible... lo habitual o normal sería que en dicho contrato se estipule que las adiciones que se realicen al terreno al fin del contrato quedan a disposición del dueño del terreno. Con lo que el dueño del terreno obtiene lo que dan en llamar un 'ingreso por accesión', que a su vez se va a constituir un en el costo del edificio o construcción.

Si es una empresa, el fedatario público no realiza cálculo del pago provisional de ISR, por lo que es responsabilidad del contribuyente. Problema, que el dueño del terreno va a tener que reconocer el ingreso por accesión.
 
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sosgtorreon
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02/Dic/15 12:18
Re: como vender???

Gracias por sus amables comentarios, haber si entendi bien , suponiendo que lo construido costo 8 millones la empresa dueña del terreno tendria que considerar esos 8 millones como ingresos, y al venderlo el costo de la edificacion seria 8 millones ?
 
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sosaarceo
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02/Dic/15 17:58
Re: como vender???

Algo así.

El detalle es que el dueño del terreno como puedes ver va a tener ingreso por accesión, al igual que ingreso por la enajenación de bienes, en el tema de la enajenación de bienes (venta de activo fijo) al ser persona moral no es tanto el problema, ya que el ingreso que perciba lo va a confrontar contra los costos, pero el ingreso por accesión ese ¿Qué costo tiene?, va limpio como incremento a su patrimonio... cierto, tiene la ventaja de lo que puedan ser sus números finales, es decir, al ser persona moral revuelve todo lo que hace y paga sobre una base final, pero es probable le pegue mas de lo que tenían pensado.

Pero ojo, todo depende de lo que exista plasmado en el contrato de arrendamiento o comodato, en lo que difiero con el compañero neonato es de que concurran los dos a vender, es decir, el que construyo no es dueño del edificio, si bien lo construyo no puede asumirlo como de su propiedad, salvo que así haya sido pactado en el algún documento. Lo habitual, reitero, es que las adiciones queden a beneficio del dueño del terreno... en lo que me ha tocado ver, si acaso se contempla que el inquilino puede llevarse lo que construyo, pero son los menos casos.

saludos
sos
 
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sosgtorreon
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