Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de migueljurado

Autor Mensaje
Tópico: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS
migueljurado

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 28, 2010 13:38:13 Asunto: Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS
Hola, [quote]¿ME PODRIAN DECIR EN QUE ARTICULO ENCUENTRO EL FUNDAMENTO?[/quote] En mi opnión, no hay fundamento para este caso que planteas, sin embargo, existe la opción del uso del estado de cuenta, y tienes la ventaja de que los pagos se hacen dentro de un mismo mes, que para el caso del acreditamiento del IVA es importante. También en mi opnión, no le aplica el pago en parcialidades, ya que dicho concepto solo esta definido en el art. 14 del CFF y habla de algo totalmente diferente. Por lo tanto, y como te sugirieron en las primeras respuestas, al hacer un solo recibo por mes no estarías rompiendo ninguna ley, ya que no esta regulado. Saludos Miguel
Tópico: IVA retenido y acreditable
migueljurado

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2010 14:37:52 Asunto: Re: IVA retenido y acreditable
Hola, El artículo 1.A menciona esto acerca del entero de las retenciones, las cuales deben hacerse: ...conjuntamente con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúe la retención o, en su defecto, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que hubiese efectuado la retención... ¿Cuándo se retuvo el IVA?, por lo que entendí, en los últimos días del mes de enero cuando le entregaron el cheque al proveedor, y ese IVA retenido se enteró al siguiente mes, a más tardar el día 17 de febrero. Entiendo que este revuelto, pero el punto principal es que los contribuyentes están sustituyendo al SAT en su papel de recaudadores, y al hacerlo anticipadamente no le estoy causando un perjuicio al SAT, sino todo lo contrario, tal vez por eso la redacción de este artículo con opciones. Saludos Miguel
Tópico: deducción de las cuotas que se pagan por extorción
migueljurado

Mensajes: 42
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2010 09:50:07 Asunto: Re: deducción de las cuotas que se pagan por extorción
Hola, No te preocupes que van a encontrar más rápido una forma de no pagarlo que de deducirlo fiscalemente. Miguel.
Tópico: Representante Legal ficticio se puede?
migueljurado

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2010 08:37:35 Asunto: Re: Representante Legal ficticio se puede?
Buenos días, Antes de responder tu pregunta hay dos situaciones, afortunadamente la cultura en general del mexicano ha mejorado en cuestiones fiscales y ya no le da tanto miedo ir a las oficinas del SAT, por lo que lo correcto es que las personas a cargo de las empresas (dueños o accionistas) sean quienes ostenten la representación legal ante el SAT. Por otro lado lo que comenta Lobozac del abuso de autoridad del SAT al querer involucrar en el fraude fiscal a quien no tiene acceso a las cuentas de cheques, si alguien no tiene acceso a las cuentas de cheques, ¿Cómo puede decidir si se paga o no impuestos? En cuanto a tu pregunta, la respuesta es que el SAT debe irse con quien tenga facultades de dueño, es decir que si a ti te otorgan un poder para ejercer actos de dominio, entonces sí tienes acceso a los bienes de la empresa incluidas cuentas de cheques por lo que sí tendrías responsabilidad solidaria. Necesitarías leer algo de la Ley de Sociedades Mercantiles y del Código Fiscal de la Federación para que tuvieras una mejor idea y poder decidir si realmente es necesario que seas el representante legal. Saludos Miguel
Tópico: Representante Legal ficticio se puede?
migueljurado

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2010 08:31:59 Asunto: Re: Representante Legal ficticio se puede?
Buenos días, Es una práctica que debe disminuir con la implementación de más trámites electrónicos, al final los que responden ante el SAT son los accionistas, el SAT se va con otra persona designada como representante si este no puede desligarse de la comisión de un delito fiscal, porque al final un representante con poder para actos de administración, el cual es el más común que se otorga a terceros o empleados, no tiene acceso a las cuentas de cheques y por lo tanto no puede cometer un fraude. Saludos Miguel
Tópico: Sandwich 0%
migueljurado

Mensajes: 12
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2010 17:23:39 Asunto: Re: Sandwich 0%
Hola neonato, Y la pregunta de los 64,000: Digo, si hay alguien que se queje de que se puedan gravar alimentos y medicinas por el perjuicio al consumidor , en este caso ¿Cuál fue el beneficio para el consumidor? ¿Cuál era el precio al público antes de recibir la confirmación de criterio?, ¿Y cuál es ahora? Tal vez no sea el tema, pero sería interesante pudieras contestar estas preguntas. Saludos Miguel
Tópico: APORTACIONES SEGURIDAD SOCIAL.......
migueljurado

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 16, 2010 12:32:02 Asunto: Re: APORTACIONES SEGURIDAD SOCIAL.......
Buenos días, De acuerdo al Código Fiscal de la Federación: Artículo 4o.- Son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos... De acuerdo a la Ley del INFONAVIT: Artículo 30.- Las obligaciones de efectuar las aportaciones y enterar los descuentos a que se refiere el Artículo anterior, así como su cobro, [b]tienen el carácter de fiscales[/b]. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en su carácter de organismo fiscal autónomo, está facultado, en los términos del Código Fiscal de la Federación, para: I.- Determinar, en caso de incumplimiento, el importe de las aportaciones patronales y de los descuentos omitidos, así como calcular su actualización y recargos que se generen, señalar las bases para su liquidación, fijarlos en cantidad líquida y requerir su pago. Para este fin podrá ordenar y practicar, con el personal que al efecto designe, visitas domiciliarias, auditorías e inspecciones a los patrones, requiriéndoles la exhibición de libros y documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones que en materia habitacional les impone esta Ley. Las facultades del Instituto para comprobar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, así como para determinar las aportaciones omitidas y sus accesorios, se extinguen en el término de cinco años no sujeto a interrupción contado a partir de la fecha en que el propio Instituto tenga conocimiento del hecho generador de la obligación. El plazo señalado en este párrafo sólo se suspenderá cuando se interponga el recurso de inconformidad previsto en esta Ley o se entable juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. La prescripción de los [b]créditos fiscales[/b] correspondientes se sujetará a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación. Definitivamente las aportaciones al INFONAVIT no son aprovechamientos y por lo tanto son contribuciones. Saludos Miguel
Tópico: REFRIGERADORES.....AL PUBLICO..
migueljurado

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 15, 2010 10:19:56 Asunto: Re: REFRIGERADORES.....AL PUBLICO..
[quote]siempre y cuando tengan documentación con la que puedan comprobar que la vida útil de dichos bienes no excede de 5 años[/quote] Buena suerte con esto. Saludos Miguel
Tópico: IVA AL 18 %......
migueljurado

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2010 22:27:28 Asunto: Re: IVA AL 18 %......
Hola, Primero, una reforma con esos números no tendría oportunidad en el Congreso. Segundo, para la mayoría de los alimentos (procesados) y medicinas, la eliminación del gravamen 0% no provocaría aumentos en los precios al consumidor. Saludos Miguel
Tópico: PARCIALIDADES ?.......YA NO
migueljurado

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 28, 2010 21:01:27 Asunto: Re: PARCIALIDADES ?.......YA NO
lobozac, La declaración la presentamos el 1 de mayo y el pago fue el 3 de mayo, ya que fue en efectivo. En años anteriores, el criterio del SAT había sido siempre que ambos plazos se recorrían, tanto el de la presentación como el del pago en parcialidades. Las razones detrás de otorgar un día más de plazo son muy simples, antes era para evitar largas filas en el banco, ahora son para evitar la saturación en las páginas de internet del banco. Las decisiones se toman con lo que se tiene, y si se tiene un día más de plazo, pues... Me da gusto que el SAT haya respondido así, la verdad era mi esperanza que así contestaran y lo hicieron, aunque todavía me falta ir el lunes a las oficinas a solicitar los recibos de esos dos clientes, pero no creo que haya problema, fila sí. En fin, como quiera confirmamos dos cosas, una que no conviene desafiar a el SAT cuando puedes evitarlo (30 de abril 2011, decl anual 2010), y otra, que las quejas a través de MI Portal son mejores que cualquier coraje que pudieras hacer en las oficinas del SAT, además de que son una advertencia para cualquier empleado del SAT que se quiera pasar por el arco del triunfo los miles de cursos de atención al contribuyente a los que ha asistido. Saludos Miguel

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63