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Tópico: Baja la prima de riesgo?
migueljurado

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 25, 2009 08:21:00 Asunto: Re: Baja la prima de riesgo?
Buenos días, El resultado te puede dar un riesgo menor, debido al número de personas, comparado contra los accidentes de trabajo, etc. Solo revisa bien los cálculos para que no tengas duda, lo puedes hacer en SUA, en excel e inclusive haciendo tu los cálculos para eliminar cualquier posible error. Saludos Miguel
Tópico: SALDO A FAVOR ISR
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2009 17:02:47 Asunto: Re: SALDO A FAVOR ISR
Hola, ya tienes el dinero en una cuenta de anticipo de ISR, solo tienes que moverlo de ahí a una cuenta por cobrar, que en este caso sería un impuesto a favor. Saludos Miguel
Tópico: AT´'N C.P. PAGO Y MIGUEL JURADO
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2009 09:06:16 Asunto: Re: AT´'N C.P. PAGO Y MIGUEL JURADO
Hola, Ya se puede llenar el formato de compensación electrónicamente. Saludos Miguel
Tópico: deducible para ISR?
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 12, 2009 15:36:54 Asunto: Re: deducible para ISR?
Hola, [quote]III. En las operaciones que se celebren ante fedatario público y se hagan constar en escritura pública, sin que queden comprendidos ni los honorarios, ni los gastos derivados de la escrituración.[/quote] Transcribiste esta parte del artículo 31 LISR, en mi opinión, para que lo puedas hacer deducible tendrías que pagarlo con cheque nominativo para abono en cuenta o transferencia electrónica, siempre y cuando el RFC aparezca en tu estado de cuenta, y que en el contrato se señale que no hay retención de ISR y si esta gravado o no con IVA, en caso de que en el poblado no haya Banco, (por lo de los poblados que no tienen un Banco cerca), tendrías que pedirle factura. El compañero Lobozac lo señaló, quienes reciben ingresos están obligados a expedir comprobantes fiscales Saludos Miguel
Tópico: PAGO INDEBIDO IETU 2008 EN 2009
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 12, 2009 15:16:09 Asunto: Re: PAGO INDEBIDO IETU 2008 EN 2009
Hola, Sería bueno tener mas información, por ejemplo por que le llamas pago de lo indebido, si tienes ISR a pagar por 2008, o si pagaste ISR. Saludos Miguel
Tópico: PAGO de MP CON TARJETA DE CREDITO
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2009 12:39:46 Asunto: Re: PAGO de MP CON TARJETA DE CREDITO
De acuerdo con el asiento. Saludos Miguel
Tópico: saldo pendiente de deducir deduccion inmediata ietu
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 11, 2009 08:57:04 Asunto: Re: saldo pendiente de deducir deduccion inmediata ietu
Artículo 220 LISR [color=blue]...La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo 221 de esta Ley[/color] El artículo 220 señala que la cantidad que no se dedujo será deducible en los términos del artículo 221., si esa cantidad va a ser deducible, entonces esta pendiente de deducir y califica para el sexto transitorio de la ley del IETU. Puedo pensar que al SAT no le guste mi interpretación de dicho artículo, pero la Ley del IETU no hace excepciones, puedes aplicar el crédito fiscal al saldo pendiente de deducir. Saludos Miguel
Tópico: SALDO FAVOR ISR 2008 VS IETU ANUAL 2008
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2009 10:44:05 Asunto: Re: SALDO FAVOR ISR 2008 VS IETU ANUAL 2008
Hola enrique9727, El artículo 8 LIETU habla del impuesto anual y el 10 habla del pago provisional. Saludos Miguel
Tópico: ACREDITAMIENTO DEL IVA EN CHEQUES EN CIRCULACION
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2009 10:41:57 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO DEL IVA EN CHEQUES EN CIRCULACION
Perdón compañero CADENA2002, El criterio de los compañeros SHANGAI y CP_PACO es el mismo que tiene el SAT, me equivoqé leyendo el artículo, el resto de mi comentario era si considerabas el IVA acreditable cuando le entregabas el cheque al proveedor. Saludos Miguel
Tópico: ACREDITAMIENTO DEL IVA EN CHEQUES EN CIRCULACION
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2009 10:36:05 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO DEL IVA EN CHEQUES EN CIRCULACION
Hola, Lo señalado por los compañeros es correcto, sin embargo el criterio del SAT (y auditores externos) es el de acreditar el IVA cuando el cheque aparece en el estado de cuenta, mis recomendaciones, pagar más vía transferencia y en caso de que solicites devolución de IVA, cambiar tu criterio, ya que no conviene andarse peleando por ese IVA en tránsito, si no solicitas devolución y tampoco estas obligado a dictamen, puedes seguir con el criterio señalado por los compañeros. Saludos Miguel

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