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27/Jul/10 12:42
PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

BUEN DIA TENGAN USTEDES, PAGO HONORARIOS A UNA PERSONA Y LE AGO TRANFERENCIAS POR SEMANA LA PERNONA ME QUERE DAR UNA SOLA FACTURA POR MES PERO NO ES LO CORRECTO ¿ME PODRIAN DECIR EN QUE ARTICULO ENCUENTRO EL FUNDAMENTO?
MUCHAS GRACIAS ANTEMANO
 
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camargo82
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27/Jul/10 13:03
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

Lo normal es que esa persona te entregue su recibo de honorarios cada ves que le haces un pago, sin embargo, si existe acuerdo de ambos, pueden convenir que se entregue un solo recibo de honorarios donde se acumulen todos los pagos efectuados en un mes de calendario. Salvo las razones de control interno, no le veo ningun otro problema al asunto.
 
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Emprendedorfiscal
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27/Jul/10 13:09
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

y si por algun motivo desconfias...y dices que le pagas por transferencia, utiliza la misma como comprobante, desglosandole el iva y poniendole el RFC en la misma transferencia

Saludos
 
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lcruizuscanga
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27/Jul/10 13:48
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

BUENOS DIAS/TARDES
A TODOS

AL IGUAL QUE LOS DEMAS FORISTAS YO NO VEO NINGUN PROBLEMA EN QUE AL FINAL DEL MES TE ENTREGEN UN SOLO RECIBO DE HONORARIOS O FACTURA LOS CHEQUES QUE EXPIDES O LAS TRANSFERENCIAS QUE REALIZAS LAS PUEDES CONSIDERAR TAMBIEN COMO UN ANTICIPO Y DESGLOSARLES EL IVA COMO TE LO MANEJA lcruizuscanga AHORA QUE SI ES CUESTION DE CONFIANZA ESE YA ES OTRO PUNTO APARTE PERO EN MI PUNTO DE VISTA NO CREO QUE REPRESENTE ALGUN PROBLEMA FISCAL
 
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AUDITORIAMG
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27/Jul/10 14:39
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

BUEN DIA TENGAN USTEDES, PAGO HONORARIOS A UNA PERSONA Y LE AGO TRANFERENCIAS POR SEMANA LA PERNONA ME QUERE DAR UNA SOLA FACTURA POR MES PERO NO ES LO CORRECTO ¿ME PODRIAN DECIR EN QUE ARTICULO ENCUENTRO EL FUNDAMENTO?



Nada impide esa operación., solo asegurese que lo que esté en la factura este bien detallado, con respecto a lo que le está pagando.



saludos
 
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CPhugoocejo
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27/Jul/10 16:37
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

Mestros una duda:
Al respecto, cuál es el fundamento legal que permita lo planteado???
 
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FISCALDICT
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27/Jul/10 18:23
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

COMO YA LO HABIA DICHO NO VEO NADA DE MALO EN QUE SOLO SE TE ENTREGE UN COMPROBANTE POR MES PERO SI LO QUE QUIERES ES APLICAR LA LEY ENTONCES PUDES DENUNCIAR A ESTA PERSONA Y LE APLIQUEN LO RELATIVO A LAS INFRACCIONES DE LA OBLIGACION DE LLEVAR UNA BUENA CONTABILIDAD LO SIGUIENTE:

' Artículo 83.- Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación, las siguientes:.....................
VII. No expedir o no entregar comprobante de sus actividades, cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales.
VIII.......'

Y EL CUAL OBTENDRA LA SIGUIENTE SANCION:

Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:
............
IV. De $12,070.00 a $69,000.00, a la señalada en la fracción VII. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,210.00 a $2,410.00. En el caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán, además, clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días. Para determinar dicho plazo, las autoridades fiscales tomarán en consideración lo previsto por el artículo 75 de este Código.

SI ES ESTO LO QUE ESTAS BUSCANDO AQUI ESTAN LOS FUNDAMENTOS Y QUE TENGAS SUERTE CON TUS COMPROBANTES
 
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27/Jul/10 18:42
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

bueno y donde dejan lo del pago en parcialidades ? en una revision no creen que lo quieran cuadrar asi ?
No habra problema para quien paga el servicio? pues serán varios 'abonos' para un solo recibo

Saludos
LG
 
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JOEGON
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27/Jul/10 18:48
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

camargo82:
En este caso no se pueden deducir pagos sin comprobantes checa por favor la fracción III del Art.31 LISR; Art.5 LIVA f III, 32 LIVA, ....Arts 29 CFF comprobantes en materia de pagos etc., (excepto 29-C), 83 CFF.

Editado: Julio 27, 2010 18:49:42
 
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FISCALDICT
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27/Jul/10 18:58
Re: PUEDEN ENTRGARME UNA FACTURA ACUMULANDO TODOS LOS DEPOSITOS REALIZADOS

si fuesen pagos en parcialidades se tendria que recabar el comprobante respectivo de dicha parcialidad, amen de que en la factura se cumpla con el requisito de que se paga en parcialidades y no en una sola exhibicion (que al respecto hay tesis que libera de cerciorarse de que la factura traiga marcada dicha opcion)

Ahora bien, como anticipos, puede ser que se le pueda dar dicho tratamiento, pero de igual forma a quien se le paga tiene la obligacion de expedir comprobante por dicho anticipo.

Aqui lo mas conveniente seria, que por cada pago que se le haga, expida su comprobante respectivo, o en su defecto utilizar la opcion del articulo 29-C de CFF junto con sus RMF correspondientes.

Pero sobre todo, hacerle ver al prestador de servicios que es su obligacion expedir comprobantes por cada pago que le efectuen.

De acuerdo al articulo 133 fraccion III de LISR


Expedir y conservar comprobantes que acrediten los ingresos que perciban, mismos que deberán reunir los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento. Los comprobantes que se emitan deberán contener la leyenda preimpresa 'Efectos fiscales al pago'.



Cobro en parcialidades

Cuando la contraprestación que ampare el comprobante se cobre en una sola exhibición, en él se deberá indicar el importe total de la operación. Si la contraprestación se cobró en parcialidades, en el comprobante se deberá indicar además el importe de la parcialidad que se cubre en ese momento.



Comprobantes de cobros en parcialidades

Cuando el cobro de la contraprestación se haga en parcialidades, por el cobro que de las mismas se haga con posterioridad a la fecha en que se hubiera expedido el comprobante a que se refiere el párrafo anterior, los contribuyentes deberán expedir un comprobante por cada una de esas parcialidades, el cual deberá contener los requisitos previstos en las fracciones I, II, III y IV del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como el importe de la parcialidad que ampare, la forma como se realizó el pago de la parcialidad y el número y fecha del documento que se hubiera expedido en los términos del párrafo anterior




Saludos

Editado: Julio 27, 2010 19:03:23
 
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lcruizuscanga
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