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Tópico: PAGO INDEBIDO DEL IVA MENSUAL
migueljurado

Mensajes: 71
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2010 12:58:41 Asunto: Re: PAGO INDEBIDO DEL IVA MENSUAL
Hola, aquí hay un fundamento para acreditarlo: El fundamento para acreditar un pago de más en el IVA, [u]porque no es un pago de lo indebido[/u], esta en el artículo 22 del CFF, cuando habla de la obligación de la autoridad de devolver las cantidades pagadas indebidamente y la que procedan : En el segundo párrafo menciona: [quote]Lo dispuesto en el párrafo anterior, se aplicará sin perjuicio del acreditamiento de los impuestos indirectos a que tengan derecho los contribuyentes, de conformidad con lo dispuesto en las leyes que los establezcan[/quote]. En el cuarto párrafo, por último: [quote]Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento de acto de autoridad, el derecho a la devolución en los términos de este artículo, nace cuando dicho acto se anule. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a la determinación de diferencias por errores aritméticos, las que darán lugar a la devolución siempre que no haya prescrito la obligación en los términos del penúltimo párrafo de este artículo.[/quote] El Código Fiscal jamás habla de un pago de más, ni dice que un pago de más es un pago de lo indebido, ya que esta palabra puede tener dos significados, por lo tanto esta redacción esta sujeta a interpretación, [u][b]para mí[/b][/u], un pago de más se parece más a un error aritmético que a un pago de lo indebido, y es sujeto a devolución, o, como lo dice en su segundo párrafo el art. 22, sin perjuicio de acreditarlo. Saludos Miguel
Tópico: Es una burla?
migueljurado

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2010 11:05:39 Asunto: Re: Es una burla?
Buenos días, El foro lo hacen los usuarios, o sea nosotros, sigue el ritmo de los que más participan, si estos se ocupan en otras cosas o se cansan o lo que sea, el foro cambia de rumbo. Mi respuesta a tu pregunta, no es una burla que alguien trate de promover la participación en el foro, alguien trata de mantener el rumbo. Saludos Miguel J
Tópico: Recomendaciones para estudiar un Tema Fiscal?
migueljurado

Mensajes: 16
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2010 10:20:36 Asunto: Re: Recomendaciones para estudiar un Tema Fiscal?
Buenos días, Una recomendación, ya que obtienes la información y llegas a una conclusión, ten confianza en lo que hiciste sin temor a equivocarte, el riesgo vale la pena. Saludos Miguel
Tópico: CALCULO AMORTIZACION CREDITO INFONAVIT
migueljurado

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 07, 2010 09:34:18 Asunto: Re: CALCULO AMORTIZACION CREDITO INFONAVIT
Buenos días, Recordar que en el SUA existe la opción de incluir la amortización como si fuera una cuota fija, esto para el caso del trabajador que en un mismo bimestre tuvo dos bajas y un alta. Saludos Miguel
Tópico: pagos provisionales
migueljurado

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 29, 2010 10:28:35 Asunto: Re: pagos provisionales
Buenos días, En mi opinión, aún y cuando existe la obligación de presentar pagos provisionales, las sanciones por no presentarlos o presentarlos incorrectamente solo deberían ser aplicables antes de que se presente la declaración del ejercicio. Saludos Miguel
Tópico: IVA Flete de Exportacion
migueljurado

Mensajes: 19
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2010 10:13:00 Asunto: Re: IVA Flete de Exportacion
Buenos días, [quote]y no entiendo porque uno de mi transportista me aplica el 0% y el otro no puede aplicar este mismo porcentaje, y se basa en el último párrafo del art 29 de LIVA[/quote] Obviamente tienes que hablar con el que te cobra el IVA, para que fundamente el porque aplica la tasa 16%, así tendrías más información. Con la información que nos diste, lo correcto es gravar a tasa cero. Saludos Miguel
Tópico: Tarjetas de regalo gravan iva ¿?
migueljurado

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2010 11:19:30 Asunto: Re: Tarjetas de regalo gravan iva ¿?
Buenos días, Tengo entendido que la razón es que para el vendedor, es decir la tienda, esa venta tiene un tratamiento especial, en la cual el IVA considerado no se realiza hasta que se utilizan los certiicados de regalo. Para el que los compra, es una cuestión de criterio, primero, porque no es posible saber como lo acumuló la tienda, pero si utilizas el estado de cuenta como comprobante fiscal podrías desglosarlo usando el 16%, no olvidemos que el certificado de regalo es una estrategia de ventas, si le pones esa barrera de acreditar el IVA, entonces cual es el atractivo. Revisa miscelánea fiscal, ahí debe de venir algo. Saludos Miguel
Tópico: FACTURA LICENCIA DE SOFTWARE DE USA DEDUCIBLE?
migueljurado

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2010 11:24:23 Asunto: Re: FACTURA LICENCIA DE SOFTWARE DE USA DEDUCIBLE?
Buenos días, La pregunta es: ¿Por qué no sería deducible?, revisa el reglamento de la LIVA, trae el procedimiento para lo que se conoce como 'importación virtual', que consiste en supuestamente pagar un IVA de importación que se puede acreditar. Saludos Miguel
Tópico: Pago parcial iva
migueljurado

Mensajes: 118
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2010 11:39:17 Asunto: Re: Pago parcial iva
Hola a todos, Analizando los artículos comentados, principalmente el 1, 1-B y 5 de la Ley del IVA, se puede observar que no hay impedimento para acreditar el IVA en la manera que desea Perron. La razón es la mala redacción que tiene sobre todo el artículo primero y el 1-B, especialmente en la parte que 'se econsideran efectivamente cobradas las contraprestaciones', y no dice para que sirve que se consideren efectivamente cobradas, igualmente en el artículo 5 hay otra puerta abierta al decir que el requisito del acreditamiento es que el impuesto se haya pagado (fracción III). Sin embargo, lo que comenta Perron obviamente se parece a una simulación y a un problema de partes relacionadas (artículo 215 LISR), pero ese no es problema mío sino de la autoridad, quien debe en todo caso revisar a ambos contribuyentes y antes que nada, corregir la redacción de los artículos, sobre todo el primero de la Ley del IVA, para decir que el impuesto se causa cuando las contraprestaciones son cobradas, no cuando se realizan. Saludos Miguel
Tópico: Pago de lo indebido como compensarlo
migueljurado

Mensajes: 16
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2010 10:49:01 Asunto: Re: Pago de lo indebido como compensarlo
Hola, Es bueno que se haya animado a preguntar en este foro. Hasta ahorita, lo que más le puede ayudar y que ya comentó Lobozac es que acuda con la gente del SAT, quienes lo hacen gratis. Desafortunadamente, desde que empezó el IETU, el DIOT, y algunos cambios sobre todo en las reglas de presentación de declaraciones, no cualquiera puede presentarlas, inclusive las declaraciones anuales, un contador tiene que prepararse para presentarlas bien. He conocido gente que cree que los contadores no deberían equivocarse, y si lo hacen, que deben pagar por esos errores, impuestos, multas, etc. La verdad es que las personas que contratan un contador deberían tener una idea de lo que el contador va a hacer, y fijar las expectativas con base en eso, negociando situaciones como la mencionada, la cual se presenta hoy más que antes gracias a una política del SAT de ser desconfiado al extremo. Saludos Miguel

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