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Tópico: DETERMINACIÓN DE IVA EN AUDITORÍA
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2009 15:41:14 Asunto: Re: DETERMINACIÓN DE IVA EN AUDITORÍA
Hola, En mi opinión el pelearse por ese 1.5% de diferencia entre el IVA que tu obtienes y el IVA que te están determinando no es el problema, el verdadero problema son las multas por error en las declaraciones y las otras por impuestos omitidos, por las cuales tendrías mayores argumentos para pelearlas que por la base gravable del IVA. Saludos Miguel
Tópico: DEVOLUCION IDE REPECOS.
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 17, 2009 19:50:26 Asunto: Re: DEVOLUCION IDE REPECOS.
Para obtener la devolución del IDE es necesario presentar dictamen, algo que no es posible en un pequeño contribuyente, por lo tanto te sugiero otra estrategia para que no cause tanto IDE, una podría ser tener cuentas en diferentes bancos. Saludos Miguel
Tópico: pago de lo indebido
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2009 09:24:42 Asunto: Re: pago de lo indebido
Hola, No he visto algo parecido en las leyes fiscales, lo que si he visto es que los estímulos fiscales son considerados ingresos acumulables, esto recientemente señalado así por las autoridades, concluyo que la autoridad tendría que considerar el pago de lo indebido como algo acumulable y plasmarlo en algún artículo de la Ley, si no lo ha hecho es porque no lo considera objeto. Saludos Miguel
Tópico: DECLARACION ANUAL ES O NO ACREDITABLE EL ISR RETENIDO PARA IETU
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 19:49:02 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL ES O NO ACREDITABLE EL ISR RETENIDO PARA IETU
En el caso que mencionas: Ingresos acumulables sueldos $ 354,461 arrendamiento $ 341,249, proporción 49.05% Total $ 695,711, ISR causado, no lo pusiste, pero creo que es así: ISR a favor 52,000 ISR retenido $ 106,961 igual a ISR causado $ 158,961 ISR causado por la proporción= $ 77,970 Ingresos para IETU $ 524,998 impuesto 16.5% $ 86,625 ISR propio $ 77,970 IETU a cargo $ 8,655 Podrías compensar el ISR a favor para pagar este importe. Saludos Miguel
Tópico: DECLARACION ANUAL ES O NO ACREDITABLE EL ISR RETENIDO PARA IETU
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 14, 2009 19:34:35 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL ES O NO ACREDITABLE EL ISR RETENIDO PARA IETU
Hola, [color=blue]Para los efectos del acreditamiento a que se refiere este artículo, las personas físicas que estén obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única y además perciban ingresos a los que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, [b]considerarán el impuesto sobre la renta propio en la proporción que representen el total de ingresos acumulables[/b], para efectos del impuesto sobre la renta, obtenidos por el contribuyente, sin considerar los percibidos en los términos del Capítulo I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en el ejercicio, respecto del total de los ingresos acumulables obtenidos en el mismo ejercicio.[/color] Este es el antepenúltimo párrafo del art. 8 de la LIETU, es decir los ingresos que tienes por arrendamiento los divides entre el total de ingresos (arrendamiento mas sueldos o asimilables), esa proporción la multiplicas por el ISR causado del ejercicio 2008. Saludos Miguel
Tópico: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 06, 2009 20:29:57 Asunto: Re: Como puedo no gravar el ingreso percibido de terceros
Hola, Podría ayudar también el que manejes la contabilidad de tu actividad en donde registres los depósitos como anticipos y los egresos como devolución de los mismos. Saludos Miguel
Tópico: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2009 12:18:37 Asunto: Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
Hola edwin1702, Hablando de la Ley del IETU estos son el 5to y sexto párrafo del artículo 8: [color=blue]El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación. También se considera impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, el efectivamente pagado en los términos del artículo 11 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que el pago mencionado se haya efectuado en el ejercicio por el que se calcula el impuesto empresarial a tasa única.[/color] 'El impuesto sobre la renta propio por acreditar' lo define como el pagado, en las exclusiones no menciona el retenido, ni tampoco define dicho impuesto como el calculado en los términos de los artículos 10 o 177 LISR según corresponda, como para que tú lo consideres así, o el SAT. O por favor explícame en que parte del artículo 8 se define el impuesto del ejercicio como el impuesto anual. Saludos Miguel
Tópico: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 02, 2009 23:26:14 Asunto: Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido
Hola, Esta incertidumbre es una prueba de que al SAT le gusta jugar rudo y de que además no esta seguro de como ayudar al contribuyente para que no queden dudas de como descifrar ese cálculo anual de los siameses IETU/ISR. De lo que si estoy seguro es de que voy a declarar e informar en el renglón donde más se parezca la información de cualquier pago que haya hecho un servidor, cualquier retención que me hayan hecho, o a cualquiera de mis clientes. Saludos Miguel
Tópico: Requerimientos en Listado IETU
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 02, 2009 16:44:05 Asunto: Re: Requerimientos en Listado IETU
Hola, No me ha tocado ver ni las multas y no sé cual es el fundamento que da el SAT por las citadas multas, lo que si sé es que dicha obligación no esta mencionada en el artículo 18 de la LIETU, y creo que esta mencionada dicha obligación en la Ley de Ingresos del 2009, por lo que en mi opinión sería por el ejercicio 2009. Ahora es muy probable que de cualquier manera tengas que hacer valer tus derechos a través de una impugnación de las multas, porque el SAT a fuerzas quiere tratar al IETU como si fuera un impuesto mensual, ignorando cientos de años de teoría económica, esto último como comentario personal. Saludos Miguel
Tópico: Compensacion de ISR a Favor me piden constancias
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2009 16:59:24 Asunto: Re: Compensacion de ISR a Favor me piden constancias
Una pregunta, ¿Estas usando la nueva aplicación para compensar o es la anterior con papel?, porque si es en papel se supone que estas contestando un requerimiento, y los requisitos para la constancia de retención de intereses son los vigentes en 2004, no los de 2009, tendrías que contestar primero eso y después ver que decide el SAT a lo que expreses en tu contestación. Saludos Miguel

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