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Tópico: COMPENSACIONES
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2009 17:32:04 Asunto: Re: COMPENSACIONES
Hola, Si hay una diferencia entre lo señalado en el penúltimo párrafo y la fracción IV del artículo 1-A, una empresa IMMEX lo más seguro es que solicite el IVA en devolución, según yo, el SAT quiere evitar el riesgo de evasión, en caso de que el proveedor no pague IVA y que como quiera tenga que devolverle el IVA al exportador. En el otro caso, el SAT también quiere evitar la evasión, si no hubiera retención, el IVA se tendría que pagar al proveedor, es decir el SAT pide que se le pague en lugar de, por eso no acepta compensación. Saludos Miguel
Tópico: REGIMEN INTERMDIO CON ACTIVIDADES TASA 0% Y GRAVADAS
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 23, 2009 13:42:44 Asunto: Re: REGIMEN INTERMDIO CON ACTIVIDADES TASA 0% Y GRAVADAS
Hola, si solo realizas actividades a tasa cero y tasa 15%, no necesitas hacer prorrateo, este es solo para cuando realizas actividades exentas junto con gravadas. Es decir que no aplicarías el 5B. Saludos Miguel
Tópico: INSCRIPCION EN EL 2% DEL EDO. DE MEX?
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 20, 2009 13:27:59 Asunto: Re: INSCRIPCION EN EL 2% DEL EDO. DE MEX?
Hola, la multa no es legal, pero es un obstáculo, te recomiendo ver una escena de la película 'Más extraño que la ficción', en la escena que te digo llega el auditor y le dice a la dueña de un negocio que ha estado evadiendo impuestos y ella le contesta... Que pena que el gobierno del Estado de México no quiera dinero. Saludos Miguel
Tópico: determinacion de isr para maquiladora
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 19, 2009 12:49:56 Asunto: Re: determinacion de isr para maquiladora
Aplicas el procedimiento del 216 Bis y aparte el señalado en el Decreto de 2003, donde existe el beneficio de considerar el 3% como utilidad fiscal, a este procedimiento se le conocía como Safe Harbor. Saludos MIguel
Tópico: Notificación de Resolucion
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 15, 2009 11:37:31 Asunto: Re: Notificación de Resolucion
Además, El autor del tópico señaló que el contribuyente había cumplido con su obligación de contestar los requerimientos y la autoridad no, es decir que aparenta que el autor del tópico no le tiene miedo a las consecuencias de una queja y nadie le había recomendado que hiciera eso. [quote]1-. No mi estimado, cuando se trata de adivinar lo que “ aparenta “ el autor del tópico, se cae en especulaciones, mas bien, deje que el autor del tópico exponga lo que de a lugar, y con esos elementos partimos…..[/quote] En esta párte no estoy de acuerdo, por supuesto que puedo adivinar, aunque yo no usaría esa palabra, el autor del tópico si mostró intenciones de inconformarse, pero según le dijimos varios, sin resolución no hay inconformidad, así que le dí una opción que [u][b]nadie[/b][/u] le había dado y en la cual tengo experiencia. Saludos Miguel
Tópico: Notificación de Resolucion
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 14, 2009 08:22:02 Asunto: Re: Notificación de Resolucion
[quote]3-. ¿ Que si hay formas para soslayar el incoveniente? claro....color=red]ojo, siempre que le haga saber con sustentos fiscales su error[/color].. ..en la mesa a la autoridad en la misma ALR.........pero hable con la gente adecuada.....[/quote] ¿Cuál es la gente adecuada?, digo, estamos hablando de una devolución, ¿Quieres decir que con quien las recibe hay que ir a exponerle el caso? Ya en otra respuesta comentaste que al contribuyente le iban a dar las razones del rechazo de manera verbal, algo que no es correcto por parte de la autoridad y no se debería de fomentar, porque la autoridad se acostumbra. [quote]4-. le pregunto..entonces cree usted que en todos los casos presentando una queja podremos tener dicha devolucion.....?[/quote], lo que yo creo es que la ley se debe de cumplir, y si la autoridad no cumple el procedimiento del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, en este caso la devolución ya que se cumplieron con los requerimientos de la devolución, el contribuyente debe quejarse, para mí no hay otra, abres un caso en 'Mi Portal', hablas por teléfono. Además, El autor del tópico señaló que el contribuyente había cumplido con su obligación de contestar los requerimientos y la autoridad no, es decir que aparenta que el autor del tópico no le tiene miedo a las consecuencias de una queja y nadie le había recomendado que hiciera eso. No siempre recomiendo una queja, y suponiendo que ya los plazos se hayan ido muy lejos (creo que ni siquiera le hemos preguntado eso, pero bueno), no veo otra manera, no me gusta ir a las oficinas a preguntar por cosas, lo he hecho, depende del caso. Lo único que te puedo asegurar es que si se queja, le van a hacer caso, ahora, hay maneras de presentar una queja, esta mas bien debería ser un recordatorio de que no han efectuado el depósito, y entonces la autoridad, también con seguridad te va a contestar. Si de una queja se deriva una revisión, es un riesgo, el permitir el abuso de autoridad, también lo es, la historia dice que Hacienda ha cambiado sus formas cuando la gente se queja, si no nos quejamos es porque estamos a gusto. Saludos Miguel
Tópico: Notificación de Resolucion
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 13, 2009 18:29:54 Asunto: Re: Notificación de Resolucion
Ahora Octavus, y Hugo, Dicen que hay maneras para defenderse y soslayar el inconveniente, en este caso en particular, ¿Cuáles serían?, digo, además de la queja, Saludos Miguel
Tópico: Notificación de Resolucion
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 13, 2009 18:25:33 Asunto: Re: Notificación de Resolucion
Para Octavus, Exacto, toda decisión tiene un riesgo, el autor del tópico es quien decide, yo no decido por él, ahora hablando del caso de tu amigo, el SAT no siempre hace lo mismo, es precisamente de lo que estamos hablando, no hizo la notificación cuando siempre la hace. Ahora, das a entender que le estoy sugiriendo algo arriesgado cuando no es así, es algo que yo haría y he hecho y mi experiencia me dice que hay contadores que no se quejan por las razones que tu mencionas, en mi opinión por eso Hacienda es especialista en complicar trámites, porque es muy desconfiado y pocos le reclamamos. Por otro lado, no le recomiendo que presente otra vez la devolución porque no le han notificado, y presentarla significaría perder tiempo, si le notifican la causa entonces si, que se presente otra vez. Saludos Miguel
Tópico: Notificación de Resolucion
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 13, 2009 17:48:16 Asunto: Re: Notificación de Resolucion
Hola, Se me hace raro que el SAT no te haya notificado, por lo regular lo hacen, ahora, lo hacen diciendo que como no cumpliste asumen que tu eres el que no cumples y por lo tanto te desistes del trámite y te piden lo hagas de nuevo, si quieres. Efectivamente no te conviene demandar, sobre todo por que no tienes nada contra que pelear, podrías presentar una queja refiriéndote a la indefensión en la que te encuentras, ya que no se ha cumplido con el procedimiento señalado en el Código Fiscal para las devoluciones, y ya deberían haberte depositado. No creo que debas presentarla otra vez ni tampoco que tengas que ir a preguntar, para mí tiene mas razón de ser una queja, sobre todo para que dejes un antecedente de que no vas a permitir abusos de autoridad. Porque no notificar es eso, un abuso de autoridad. Saludos Miguel
Tópico: No quiero ser representante legal
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 12, 2009 08:36:29 Asunto: Re: No quiero ser representante legal
Hay que revisar el Código Fiscal de la Federación, realmente el responsable ante el SAT es efectivamente el representante legal, pero el señalado en la escritura pública como Administrador Unico, si ya les dijiste que revocaran el poder, y no han hecho nada, lo que puedes hacer, como dicen los compañeros, es revocar la firma electrónica. En realidad poco puedes hacer, revisa la reforma que no pasó y en ella creo que Hacienda quería hacer responsables solidarios a cualquier representante legal, ¿Cómo vas a ser responsable si no tienes acceso a los fondos de la empresa? ¿O si ya no trabajas y ese era la razón por la que te nombraron representante legal? Saludos Miguel

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