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Tópico: PROBLEMA DEL I.V.A. A CARGO A RESTAURANTES.
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2009 08:53:07 Asunto: Re: PROBLEMA DEL I.V.A. A CARGO A RESTAURANTES.
Hola, La pregunta que me han hecho algunos clientes es si es posible pagar el IVA por semana, ya que si se esperan al pago, el importe es muy alto, creo que pronto Hacienda va a promocionar pagos parciales, para que lo pagues por semana, etc. ya vimos el primer paso con lo de las tarjetas de crédito, yo de hecho veo factible el hacer pagos parciales dentro del mismo mes, aunque es algo que jurídicamente no esta previsto en la Ley, lo que si esta previsto es que el número de declaraciones comlpementarias donde aumentes el importe a pagar no tiene límite. Fuera de eso de pagar en períodos mas cortos, no veo otra solución, si cobras el 15% del IVA y no pagas IVA acreditable. Saludos Miguel
Tópico: DIOT .....NO CUADRA
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2009 20:43:40 Asunto: Re: DIOT .....NO CUADRA
Hola Lobozac, Lo que hemos hecho es simplemente comprobar que el IVA acreditable que se capture por proveedor sea el correcto, sin importar que al final nos ponga un total de IVA acreditable que no tiene sentido. Saludos Miguel.
Tópico: compras de importacion para ietu
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2009 12:28:09 Asunto: Re: compras de importacion para ietu
Hola, Coincido con lo señalado por CP_PACO, no es una inconsistencia, la Ley del IETU esta basada en el flujo de efectivo de las empresas. Saludos Miguel
Tópico: oficio para desvirtuar el acta final de auditoria
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2009 07:54:30 Asunto: Re: oficio para desvirtuar el acta final de auditoria
Buenos días, Hablas del recurso de revocación, el cual es recomendable lo realice un abogado, ya que en caso de que se vaya a juicio el caso, el escrito de revocación representa la base para dicho juicio. El recurso de revocación no es más que un escrito libre fundamentado en el artículo 18 y 122 del Código Fiscal de la Federación, siendo el dato más importante cual es el agravio que sufre el contribuyente. Saludos Miguel
Tópico: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2009 12:51:53 Asunto: Re: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
No corres ese riesgo con tu compra. Mi preocupación era lo del cheque con fecha de diciembre, pero por las auditorías que reciben ellos por parte de la Contraloría o la Secretaría de la Función Pública, porque si es un no contribuyente se supone que ellos toman el papel del gobierno en la obra social, y reciben auditorías. En fin, solo te estoy pintando como veo el asunto. Saludos Miguel
Tópico: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2009 12:41:29 Asunto: Re: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
Por último recuerda también que en cuestión de ejercicio fiscal para cualquier gobierno o dependencia, se maneja el flujo de efectivo por lo que [u][b]mi presunción[/b][/u] es que puede ser que el cheque te lo den con fecha de diciembre, para que ellos no tengan problemas, por lo que en mi opinión ya deberías acumularlo con fecha de diciembre, excepto el IVA, que la ley del IVA expresamente te pide qe aparezca en el estado de cuenta. Claro que de esto último hay dos interpretaciones, yo te sugiero la que considera acumulable el ingreso cuando lo cobras aunque no lo hayas depositado. Saludos Miguel
Tópico: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2009 12:26:45 Asunto: Re: Reg. Intermedio (ingreso y Gastos)
Hola, Creo que lo que comenta Lobozac es válido, es mejor tener toda la información desde un principio, esta operación debe ser vista desde el punto de vista contable o administrativo, porque primero son los negocios y después los impuestos, si al día de hoy te dicen que te van a comprar el retroproyector con fecha de diciembre, y en diciembre no tenías existencia de dicho retroproyector, creo que depende de ustedes la respuesta de si quieren facturarle o no con esa fecha, no es algo que alguien del foro te deba recomendar ya que solo ustedes conocen los detalles y a la Institución que les esta pidiendo eso, sobre todo me refiero a eso de que 'se les fue el tiempo', que como excusa es válida siempre y cuando ustedes confirmen que esa fue la verdadera razón. Lo que si te puedo decir con toda seguridad es que fiscalmente dicha transacción no tiene efectos. Saludos Miguel
Tópico: PAGO DE RETENCIONES DE IVA DIC- EN DIC.
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2009 09:27:23 Asunto: Re: PAGO DE RETENCIONES DE IVA DIC- EN DIC.
Hola enrique9727, Lamejor manera de revisar si tu pago fue aceptado o no es revisando en tu expediente de pagos en el portal del SAT, ya sea que tengas el CIEC o la FIEL, si ahí lo ves reflejado, yo creo que la discusión se termina, son los Bancos los encargados de recaudar este impuesto por lo que si lo aceptaron tu pago es válido, es mi opinión que en un futuro próximo no solo lo podrás hacer en el mismo mes sino que podrás hacer varios pagos dentro del mes, es algo que facilitaría el flujo de efectivo, acreditamiento del IVA, etc. Saludos Miguel
Tópico: iva retenido
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2009 08:32:45 Asunto: Re: iva retenido
Hola, Un criterio normativo es la postura oficial de Hacienda ante una situación en particular, como lo menciona el oficio, el art. 5 del Código Fiscal nos dice que las leyes son de aplicación estricta, pero cuando algo no este claro, se usa la interpretación, etc. En caso de cualquier revisión de la autoridad, por supuesto que el criterio normativo del SAT te protege en caso de que no hayas efectuado las retenciones. Hay algunos criterios que si entran a Ley, hay otros que no, es probable que este no entre, porque se requiere de mucha explicación para entenderlo, por la cuestión de que se trata de un servicio auxiliar del transporte terrestre, haría muy largo el artículo 1-A, Al final es una facilidad, quien la quiere usar la usa, pero entre menos impuestos manejes es mejor. Saludos Miguel
Tópico: PAGO DE RETENCIONES DE IVA DIC- EN DIC.
migueljurado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2009 22:15:24 Asunto: Re: PAGO DE RETENCIONES DE IVA DIC- EN DIC.
Hola, El que un pago se haga antes de tiempo, no le quita validez, sobre todo tomando en cuenta que pagaste las retenciones del mes de diciembre, si las hubieras pagado el día de hoy igual seguiría siendo diciembre el período de pago. Por otro lado, la Ley prevee también el pago extemporáneo, que en este caso no causa recargos. No es ni siquiera un problema de interpretación. Saludos Miguel

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