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07/May/16 23:33
CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Una duda, compañeros especialistas en seguridad social.
Cuál es el día correcto para efectuar la baja de un trabajador, en la última fecha que labora, o al día siguiente.

Es decir, el último día que laboro un trabajador fue el 5 de Mayo. Se le pago hasta ese día.
Cuando es cuando se debe dar de baja, el 05 de Mayo, que fue su último día, o al día siguiente 06 de Mayo.


Agradeceré sus comentarios.
 
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cpallares
Capitán Primero

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09/May/16 15:40
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Hola buenas tardes:

Supongamos que hoy 9 de Mayo es el dia del despido, hasta hoy se le pago. Ya se fue a conciliacion y se procedio con la terminacion laboral. Hoy mismo pudiera realizarse la baja ante el IMSS. Dia cero

Pero el Lunes 15 es el dia 5, donde se pudiera poner la baja con fecha del 9 de Mayo. Y cubrir COP hasta el dia 9 de hoy. Sin importar si el tramite fuese aprobado del 15 hacia atras del mes presente.

El dia 16, se termino el periodo de gracia. Pudiera realizar el tramite con fecha del 16 o el 9, como fecha de terminacion. ante el IMSS (Para la LFT, se supone que fue el 9 de Mayo asi se hizo una terminacion ante la Junta mediante convenio) Pero se debera cubrirse COP hasta el dia 16, por haberse superado los 5 dias de gracia y no haberse realizado el tramite. Cada dia extra, sucede este caso comentado por este parrafo. Por lo que se debera de cubrirse COP hasta el dia en que surta efectos el tramite de la baja, si fuese procedente.





Editado: Mayo 09, 2016 15:42:52
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/May/16 16:48
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Muchas gracias Enrique.
 
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cpallares
Capitán Primero

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09/May/16 18:24
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

El día de la baja se considera cotizado, por tanto en tu ejemplo el aviso llevaría fecha del 5 de mayo, si se presenta dentro del plazo normado al respecto (5 días hábiles siguientes). Si es extemporáneo, el aviso surte efectos en la fecha de presentación.
El 6 de mayo ya no percibió salario, y por tanto no debe cotizarse.
 
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EpiHC
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09/May/16 22:50
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Muy claro Epihc, asi es lo correcto.


Saludos
 
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juancarm
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10/May/16 10:46
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Hola compañero cpallares:

Gracias, por nada. Le sugiero no creerme a mi, esas han sido mis conclusiones de lo que la LSS indica. Usted debe sacar las suyas. Considero que al menos las siguientes disposiciones deben ser observadas en relacion a los movimientos de las bajas, amen de que los reglamentos del IMSS profundizan mas en estas:

Art 15 fraccion I, 17, 21 y 37. Le sugiero darles un estudio, pasar a las correlativas en el reglamento si prevalece alguna duda. Si en el reglamento no expresa algo similar en LSS, le recomiendo solo seguir la ley. El reglamento tan solo es un metodo para cumplir la ley. No obliga. La ley si constriñe al ciudadano. Ese metodo tiene dos fines, ser el puente entre el derecho filosofico y la realidad de operarse, asi darle cumplimiento y vigencia a la ley. El segundo fin, intentar comprender porque se hizo la ley de este modo. La ley es un ordenamiento general, es decir para todos. Sin embargo, en todos los casos se debe atender a particularidades
 
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enrique9727
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11/May/16 12:53
Re: CUAL ES EL DIA CORRECTO PARA DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR?

Conforme a su pregunta compañero:

El trámite debe suscribirse: baja con 5 de mayo pasado. Se debiera tramitarse desde el día 5 hasta el 12 de mayo, con la fecha de suscripción descrita. Pagándose cuotas y afores hasta el 5 de mayo pasado, independientemente de la fecha del movimiento en que surtió el movimiento. El documento que debe detonar el aviso de baja ante el seguro social es el convenio desarrollado ante la Junta.

A partir del 13 de mayo, aunque se indique fecha 5 de mayo por la baja, el seguro social la considerara con fecha de cuando surta efectos el trámite. En este supuesto el pago de COP se hace hasta el día en que surte efecto el trámite de la baja. Teniéndose la oportunidad de solicitarse la devolución de las COP por este último supuesto, si es que el trabajador se dio de alta con otro patrón entre la fecha del 6 de mayo y la fecha en que surta efectos el documento de la baja, de conformidad al 37 de la LSS.
 
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enrique9727
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