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08/Ene/09 13:00
iva retenido

Hola! Buen dìa

Quisiera oir sus comentarios al respecto.

Somos una persona moral, pagamos servicio de tralado de valores a una persona moral. Le habìamos estado reteniendo el 4% de iva, asì como lo marca el art. 3 del reglamento de la ley del iva. En diciembre la empresa de traslado de valores nos hace llegar un oficio donde dice 'que con el fin de simplificar los procesos administrativos y en estricto apego a lo establecido en los art. 1-A de la LIVA y el art. 3 de RLIVA, se va a cancelar la retencion del Impuesto al valor agregado', es decir ya no les retendriamos.
ES VALIDO? NOSOTROS NO TENDREMOS PROBLEMAS?

Que otra oculta tienen esos articulos? que yo solo capto que se trata de quienes estan obligados a retener y cuanto hay que retener, (en lo referente al art. 3 RLIVA)
Espero sus comentarios, gracias.
Buen dìa!
 
Buen dia!
 
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mvazquezs22
Teniente

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08/Ene/09 13:44
iva retenido

BUSCA ESTE CRITERIO NORMATIVO, SALUDOS

71/2007/IVA SERVICIOS DE MENSAJERIA Y PAQUETERIA; no se encuentran sujetos a la retención del IVA:
 
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SHANGAI
Capitán Segundo

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08/Ene/09 18:05
Re: iva retenido

Se me hace que es el mismo oficio que nos llego, el argumento no nos parecio valido el socio dijo negativo, se basa en un criterio, que no va encima de la ley, ademas el retenedor es responsable solidario, asi ke les dijimos la retencion sigue hasta que cambie la ley.

Saludos
 
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TAXISTA
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09/Ene/09 08:32
Re: iva retenido

Hola,

Un criterio normativo es la postura oficial de Hacienda ante una situación en particular, como lo menciona el oficio, el art. 5 del Código Fiscal nos dice que las leyes son de aplicación estricta, pero cuando algo no este claro, se usa la interpretación, etc.

En caso de cualquier revisión de la autoridad, por supuesto que el criterio normativo del SAT te protege en caso de que no hayas efectuado las retenciones.

Hay algunos criterios que si entran a Ley, hay otros que no, es probable que este no entre, porque se requiere de mucha explicación para entenderlo, por la cuestión de que se trata de un servicio auxiliar del transporte terrestre, haría muy largo el artículo 1-A,

Al final es una facilidad, quien la quiere usar la usa, pero entre menos impuestos manejes es mejor.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
Capitán Primero

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09/Ene/09 09:50
Re: iva retenido

Mil gracias por sus comentarios, es bueno tener otras opiniones. !Claro que se aprende en este foro!

Buen dìa!
 
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mvazquezs22
Teniente

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