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Tópico: He visto que agregan Imagenes de Excel en los Topicos
jleeglz

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 05, 2010 12:27:50 Asunto: Re: He visto que agregan Imagenes de Excel en los Topicos
Esa es la cuestion Lic. como comenta Lobozac... imagen directa de PC como subiria. las que liga uno directamente de direccion URL ... voy hacer una prueba. [img]http://sphotos.ak.fbcdn.net/hphotos-ak-ash2/hs104.ash2/38537_1561105424620_1144835685_31603688_3267639_n.jpg[/img] Si se ve entonces es de esta forma... pero la duda es como la que comenta Lobozac... desde la PC....
Tópico: He visto que agregan Imagenes de Excel en los Topicos
jleeglz

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 04, 2010 17:50:27 Asunto: He visto que agregan Imagenes de Excel en los Topicos
He visto que agregan imagenes de Excel aqui en los topicos. ¿Como le hacen? Quiero Agregar algunos pero y no he podido, si alguien me puede decir como utilizar la formula siguiente se los agradeceria mucho: [code] Alguien me explique ---->[ img ] object [ / img ] [/code] Obviamente para sirvan de ilustracion... como luego dicen una imagen dice mas que mil palabras... [i]Editado: Agosto 04, 2010 17:52:23[/i]
Tópico: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 19, 2010 18:21:00 Asunto: Re: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
Un poco de Historia: Si bien pero antes no hacian el calculo de riesgo de trabajo las empresas, no me acuerdo pero creo que en el reglamento ya venia como se realizaba dicho calculo y que se tenia que presentar, pero como todo no existia un formato o manual de como debia de hacerse, aparantemente todo parecia bien(antes de entrar en vigor ley IMSS 01/jul/1997), pero empezaron los empresarios a empujar al imss que la prima estaba mal y que no era equitativo lo que se pagaba, y luego hubo un cambio, el seguro convoco a los empresarios a cursos para realizar dicho calculo el cual antes se realizaba despues de 3 o 4 años algo asi, y ahora se tenia que presentar anual, en que las empresas tenian que presentar la declaración Prima de Riesgo como siempre hubo inconformidades... si mal no recuerdo fue 1995-1996,cuando entro en vigor la nueva ley se reformulo la ecuación para determinar la nueva prima de Riesgo de Trabajo... Y el formulario.... y hasta ahora es la que se esta presentando actualmente, los otros cambios son los formatos de ST-7 antes ST-1, antes era RT-1 Riesgo de Trabajo se cambio por Salud de Trabajo... De lo anterior si alguien recuerda un poco mas de esto, se lo agradeceriamos, nos retroalimentarios con un poco de historia.... ... creo siempre la autoridad en este caso el Seguro Social buscara la forma de todo sea a su FAVOR....mientras no se le demuestre lo contrario por medio de recursos de inconformidad... En pocas palabras la autoridad no va reconocer un error... Saludos a Todos...
Tópico: DESCUENTO POR FALTA
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 19, 2010 14:00:40 Asunto: Re: DESCUENTO POR FALTA
[quote]En una semana laboral de lunes a viernes un trabajador falta uno o dos dias; se le descuenta la parte proporcional de sabado y domingo? Por ejemplo si faltó un un dia se le pagan 4 dias y 1.6 dias por sabado y domingo? O sabado y domingo se pagan completos? Gracias anticipadas [/quote] Aplicar el criterio que marca a LFT de acuerdo a lo comentado por el Lic Pepe Soto, la duda es la siguiente: ¿Se trabaja semana inglesa? ¿Por cinco dias laborados les pagas dos de descanso? Tendrias aque a usar una regla de 3 simple 5 ****** 7 4 ****** ?? resultado: 5 ***** 7 4******5.6 dias ó ¿Es semana normal? ¿Se labora los 6 dias? Regla de tres seria la siguiente: 6******7 4******?? resultado: 6 ****** 7 4*******4.66 Saludos a todos
Tópico: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 19, 2010 11:27:46 Asunto: Re: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
Hola a todos, Estoy de acuerdo con vcaspe... Saludos a todos los poblanos, extraño probar el mole poblano, haber cuando vuelvo a visitar esa gran capital ....
Tópico: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 15, 2010 18:55:03 Asunto: Re: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
Vaya interesante los comentarios, como siempre dijo nos vamos retroalimentando de todos los comentarios. Aqui en mi trabajo actual Establo que esta en el municipio Gomez Palacio (Durango) los pocos años que tengo trabajando en el area de Rec. Humanos y Nominas, he visto de todo con los trabajadores con respecto a los riesgo de trabajo, aqui por lo general se les manda al seguro social, la unica politica para que sea aceptado como Riesgo de Trabajo es que el Trabajador accidentado haya dado aviso a un jefe de area o en su caso a vigilancia, para dejar evidencia de que realmente fue aqui en el trabajo, cuando no es asi, ni un jefe de area o en vigilancia tomaron nota de lo sucedido, se le expresa en la hoja en las observaciones y en donde dice quien tomo conocimiento ahi le ponemos [b]'Que nadie de la empresa tuvo conocimiento del accidente'[/b], lo mismo en las observaciones y en los hechos de como pasaron las cosas se le pone la leyenda : [b]'Dice el trabajador: que al estar etc etc etc...'[/b] Y en esto que les comento el seguro los califica como no de trabajo, ya tambien nos ha tocado trabajadores que supuestamente se lastimaron en viernes y hasta el lunes fueron a consulta... y caen en contradicciones el doctor no les cree, ademas un compañero de oficina, antes de entrara laborara en la empresa, el se cayo y el medico no le creia que el se habia lastimado en la empresa, ya que el golpe fue en la rodilla, y varias veces le hacia la misma pregunta.... donde se habia golpeado... creyendo que fue en juego de futbol... NO se que opinen los demas, nada mas una vez no mandamos la hoja al seguro y no paso nada, obviamente al trabajador se le atendio con particular y ya no fue al seguro, y no paso nada, eso fue ya como 2 años, pero siempre mandamos las hojas al seguro, siempre con la politica que arriba les mencione, siempre y cuando el jefe de area haya tenido conocimiento y a veces haya sido testigo. En su caso firma el jefe de area y luego ya me firma el representante legal, si no va la firma del jefe de area o a veces no quiere firmar le ponemos la leyenda arriba mencionada, para cumplir con el requisito de llenar la ST-7 antes(ST-1)... También nos ha tocado de que se les lleva a la cruz roja por emergencia ya se le especifica que fue atendido en la cruz roja como primera atención medica o en clinica particular si fue atendido por la aseguradora en caso de los choferes. Se aprende en eso y creo que cada dia hay muchos casos diferentes... Si ha aumentado 1% y tambien ha bajado 1% Saludos a todos...
Tópico: Constancia de aportaciones IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 14, 2010 11:05:30 Asunto: Re: Constancia de aportaciones IMSS
Vaya vaya, deberas como se dice cada dia se aprende algo nuevo, esto de las constancias, como algunos comentan es una carga administrativa más. Creo en mi opinion aquellos Colegas que tienen la oportunidad de asistir a las juntas en los Colegios de Contadores en la conocida CROSS (Comisión Regional de Organismo de Seguro Social) en donde representantes a nivel local, estatal y nacional hacen sus demandas con respecto a los criterios a tomar en relación a la Ley del Seguro Social, es donde creo yo [u][b]FALTA MAS FUERZA[/b][/u] para que el seguro mismo junto con estos sindicos representantes de las empresas y/o colegios de contadores se llegue a un criterio, no nomás en esto en muchas otras cosas de las cuales cada subdelegación tiene un criterio, si han observado cada año el IMCP manda un comunicado sobre los criterios de presentar el Dictamen para efectos del Seguro Social. Por ejemplo de como seria esta Constancia misma y a la vez hacer presión modifique este articulo y en vez de que sea bimestral se haga anual como la constancia de Sueldos y Salarios. Como luego dicen los gastos de papeleria, se iria haciendo elaborando poco a poco; o en el mismo SUA se implemente un parche, en donde incluya el tipo de formato que acumule los pagos hechos a las aportaciones de los trabajadores, ya con el criterio que tomen los Sindicos con los representantes del Seguro Social. En lo fiscal hasta resolución miscelanea hay, criterios normativos, entre otras cosas, como dicen hay mas presión en lo FISCAL que en lo que es la parte APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. No se que opinen los demás. Saludos a todos.
Tópico: Liquidacion de un trabajador por comisiones
jleeglz

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2010 13:03:19 Asunto: Re: Liquidacion de un trabajador por comisiones
Ahora si como luego dicen, si hay un tratamiento, mas no recuerdo el articulo, los fundamentos es de acuerdo a la LFT pero se paga sobre el ultimo sueldo base mas prestaciones. Ejemplo sencillo Sueldo Normal Diario ****$100.00 x factor 1.0452 (Nota: factor es de acuerdo a su antiguedad) Salario Diario Integrado *$104.52 Comisiones************** $100.00 ( 6,000.00 comisiones bimestre anterior /60 dias) Total********************** $204.52 <- este sueldo base se calcularia su finiquito [i]Editado: Julio 13, 2010 13:04:25[/i] [i]Editado: Julio 13, 2010 13:05:52[/i]
Tópico: Liquidacion de un trabajador por comisiones
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2010 12:44:53 Asunto: Re: Liquidacion de un trabajador por comisiones
Hola a todos. [quote]Un trabajador al cual van a liquidar tiene su sueldo base, y por fuera su patron dependiendo sus ventas le daba dinero. El calculo se hizo sobre el salario base, pero la duda es como podria calcularle para una liquidacion esas 'comisiones' ????? [/quote] Esas comisiones que mencionas se enteraban ante las autoridades (SAT/IMSS/INFONAVIT), hubo alguna modificación al sobre su sueldo ante el Seguro Social, en su recibo (Semanal/Decenal/Catorcenal/Quincenal) se enteraban esas mismas comisiones. O son asi como dices 'por fuera su patron', si es asi pues esta el detalle como dijo Cantinflas... Haber que opinan los demas foristas....
Tópico: PENSION
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 13, 2010 10:23:03 Asunto: Re: PENSION
Hola a todos, estoy de acuerdo con la opinion personal del Lic. Pepe Soto, Pero también hay que tomar en cuenta en caso de que esta persona fuera un trabajdor normal por lo que comenta: [quote] ÉL SE HA ESTADO REGISTRADO ANTE EL IMSS, EN DIFERENTES PERIODOS, SIENDO EL ULTIMO, EN EL AÑO 1986 Y ACTUALMENTE NO ESTA DADO DE ALTA.[/quote] OJO: Articulo 150 LSS, habla sobre la conservación de derecho, tengo una duda, que opinan los demas, en la fracción III del articulo en mención dice: ' Si el reingreso ocurre despues de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento;y' La pregunta es ¿despues de 24 años que pasa? Saludos a todos.

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