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Tópico: ¿Los bonos por productividad integran el salario para imss ?
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 13, 2012 11:58:49 Asunto: Re: ¿Los bonos por productividad integran el salario para imss ?
Se debe integar al 100%, desgraciadamente el IMSS debera de buscar la forma de canalizar buen sus recursos y buscar la forma de bajar la base de cotizacion. Simplemente un ejemplo un trabajador que tiene un SDI $328.47 pesos CF $394.17 (considerando un mes 31 dias) EXC $ 65.90 PD $ 93.81 GMP $145.21 RT $ 91.86 (Esta puede variar seguna el factor que tenga la empresa) IyV $242.02 G $101.90 Total $1,137.87 pesos a pagar Si quitaramos la CF y Exc, un patron solamente pagaria $ 677.80 pesos al mes. Son las cuotas desde un punto de vista son relleno, supuestamente van al gasto de Enfermedades y Maternidad, si quieren seguir cobrando esas cuotas que baje la base a estas mismas. Al menos creo que si bajan la BASE el IMSS, habra más patrones registrados en su base del IMSS y aumentaran los ingresos en dicho INSTITUTO. Al menos SAT al bajar la base del LISR de 32 % a un 28% su tasa para las personas morales y fisicas con actividad empresarial. No se que opinen, Saludo a todos.
Tópico: IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2012 08:56:06 Asunto: Re: IDSE
Buenos Días. Aquellos foristas que tenga la oportunidad por medio de los colegios de los representantes de ante las autoridades en lo que respecta el IMSS e INFONAVIT y CONSAR viene siendo la [b]Comisión Regional Organizacion de Seguridad Social[/b] en sus siglas [b]CROSS[/b], por medio de ellos informar el mismo INSTITUTO (IMSS) avise oportunamente cuando el sistema se venga a bajo. Y de avisar formalmente a todo los usuarios cuando vayan hacer cambios en los sistemas. Saludos a todos.
Tópico: Consulta Empresarial de Acreditados (CEA)
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2012 15:56:26 Asunto: Re: Consulta Empresarial de Acreditados (CEA)
En la pagina del INFONAVIT(infiernovit como dicen algunos foristas) Entras clic en empresarios. Dice Servicios en Linea: (ver tres opciones) Empresas de Diez con INFONAVIT Atencion y Comunicacion Empresarial Consulta Empresarial de acreditados. Das clic y abre otra pestaña, pedir ID que es el numero de registro patronal, la contraseña es la misma y luego te va a solicitar de nuevo el RPN. Saludos.
Tópico: IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2012 15:27:33 Asunto: Re: IDSE
Si aparece error HTTP 404 al momento darle clic pagina del IDSE, desde la mañana he podido enviar un movimiento desde la pagina del proveedor que tenemos contratado, marca error en la firma. Y entre al Pagina del IMSS y aparece el error que arriba menciono del IDSE, como siempre he dicho 'IMPOSIBLE DESDE SU EMPRESA'.... Dice error 404: Este error (HTTP 404 No encontrado) significa que Internet Explorer se pudo conectar al sitio web, pero no encontró la página solicitada. Es posible que la página web no esté disponible temporalmente o que el sitio web haya cambiado o quitado la página web. Para obtener más información sobre errores HTTP, consulte la Ayuda. :mad: Saludos a todos.
Tópico: Error IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 01, 2012 16:02:30 Asunto: Re: Error IDSE
Saludos a todos nuevamente, Apenas se reestablecio el sistema del IDSE (imposible desde su empresa) volvio a funcionar acabo de entrar, a consultar una autorizaciòn permanente, que envie desde ayer en la mañana, pero todavia no me aparece el archivo procesado, espero que esto no se deba a lo mismo, estuvo fallando el portal. Pero en fin, que vamos a ser... :roll: ... See you later....
Tópico: Error IDSE
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 01, 2012 14:02:24 Asunto: Re: Error IDSE
Hola A mi tambièn me aparece el error con el certificado que acuda a la subdelegación y como comenta la compañera lizzie, temprano aparecia el error #37, como siempre he dicho, IMPOSIBLE DESDE SU EMPRESA (IDSE). Alguien mas tendra el mismo problema, Saludos.
Tópico: FIRMA ELCTRONICA IDSE (NPIE)
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 16, 2012 11:28:08 Asunto: FIRMA ELCTRONICA IDSE (NPIE)
Hola nuevamente, Alguien sabe si aumento el plazo del NPIE, tengo entendido que eran 2 años. Mi pregunta se debe ha que dentro de pocos días se cumple 2 años de que se renovamos dicha firma. A parte tengo que hacer cambio de representante legal, otra duda el formato del escrito de revocación ese pasa en limpio y se imprime en hoja membretada de la empresa. Agradeceria mucho su apoyo. Son tramites que no se hacen todo los días. Saludos a todos.
Tópico: no puedo mandar la declaracion de rt
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 27, 2012 10:51:49 Asunto: Re: no puedo mandar la declaracion de rt
Pola: Evitate de problemas, hasta que no se obligatorio el presentar la Declaraciòn de RT por medio magnetico o a travez del portal del IDSE, presentalo en Papel, asi la vamos a presentar nosotros, aqui en la empresa, compañero encargado de eso, hizo dos pruebas, una en la hoja de calculo de excel que viene en la pagina del IMSS y el otro calculo en el mismo SUA, para ver si el resultado era el mismo. Realizada dicha prueba, imprimio los formatos, OJO en la esquina superior derecha viene hoja _ de _, tener que ponerle el numero de hojas que se presentan, no lo imprime el RT, las imprime en blanco, se los regresan. Saludos.
Tópico: REGLAMENTO de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 14, 2012 18:24:01 Asunto: Re: REGLAMENTO de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Con respecto a esto y tocando el tema en relaciòn a este articulo en particular: ARTÍCULO 44. Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador, a través del aviso para retención de descuentos, en donde se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación. De igual manera actuará el Instituto respecto de los trabajadores ya acreditados cuando éstos adquieran una nueva relación laboral. Si de conformidad con el artículo 27 de este Reglamento, el Instituto incluye en la cédula de determinación los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación de los trabajadores acreditados, aun cuando el patrón no hubiera recibido el aviso para retención de descuentos, la citada cédula de determinación [b][i][u]hará las veces de este aviso y el patrón estará obligado a iniciar la retención y a enterar los descuentos.[/u][/i][/b]Si el Instituto elimina de la cédula de determinación los datos del crédito de alguno o algunos de los trabajadores acreditados, aún cuando el patrón no hubiera recibido el aviso de suspensión a la retención de descuentos, dicha cédula hará las veces de este aviso y el patrón deberá suspender los descuentos a dichos trabajadores, a partir de la fecha de recepción de la misma. [b][u]El patrón podrá consultar el aviso de retención o de suspensión de descuentos a través del sitio de Internet del Instituto.[/u][/b] [i][u][b]El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba el aviso de retención de descuentos o la cédula de determinación en que aparezcan los datos del crédito de alguno o algunos de sus trabajadores acreditados, lo que ocurra primero.[/b][/u][/i] [color=blue]En este punto el INFONAVIT no respeta esta parte que esta en expresamente en LEY.[/color] Ultimamente no se a ustedes nos han llegado notificaciones hasta por diferencias de 0.01 por amortizaciones, los cuales es un gasto inutil por parte del INFONAVIT, es de importancia relativa, nos dio risa nos notificaron bimestres que habian pasado la fecha de solicitar notificaciones por el año, obviamente esas se cancelaron. En relaciòn a los [b]AVISOS PARA RETENCION DE DESCUENTO[/b] estos ultimos si el trabajador no nos avisa del mismo, y nos enteramos en la cedula bimestral, el [b]INFONAVIT [/b] no respecta esto, aunque le dijamos que nos enteramos por medio de la cedula bimestral anticipada, el otro caso que nos ha pasado es que si el trabajador saca un crédito ante el INSTITUTO, y este nos avisa una semana despues, el aviso trae fecha impresa por dar un ejemplo el aviso trae fecha 01/Feb y la viene uno recibiendo el día 07/Febrero, se supone que es a partir de la fecha en que se recibio y no del dia siguiente aquel en que se imprimio dicho documento, no se que opinen ustedes sobre esto. Mi compañero que esta encargado del área fiscal, se hecha unos tiros con estas personas del área fiscal de las subdelegaciones del INFONAVIT, no respetan lo que dice dicho reglamento. Saludos. FELIZ DIA DEL AMOR Y LA AMISTAD, y un abrazo fuerte a todas las compañeras foristas... y un saludo a los foristas... [i]Editado: Febrero 14, 2012 18:27:26[/i]
Tópico: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 04, 2012 13:59:36 Asunto: Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL
Lic. Pepe Soto: el motivo de la baja laboral fue por lo mismo por fallecimiento, no hubo otro, el trabajador no le hubiese dado una hemorragia cerebral es lo que indica la causa de su fallecimiento, el seguiria laborando con nosotros. En lo personal nunca me ha tocado un caso de estos, pero con la experiencia de este, se tomaran las medidas necesarias. Saludos a todos y que tengan un buen fin de semana.

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