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Tópico: Resolucion IMSS determina no relacion laboral.
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
Pues verlo con un abogado especialista, para que lo turnen a un Recurso de Inconformidad, con que fundamento demuestran que no hay relación laboral, si la persona física, esta cumpliendo con lo que marca la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos en el sentido estricto de darse de alta y dar de alta a sus trabajadores aun siendo este un solo trabajador. Si bien es cierto que hay empresas que simulan como dice el IMSS, estas no les hacen nada y ni siquierea las tocan. Desgraciadamente a las personas que tratan de obrar de buena fe, les toca siempre el lado obstinado del IMSS. Y quienes evaden o se ocultan del Seguro Social, pues esos ni quien les quite el Sueño. Saludos.
Tópico: SE ME PERDIO EL DISCO ORIGINAL SUA
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
[quote:244b9a9a72="alfredochavezfrausto"]BUENO MARIO, DICEN QUE EL NO SABE ES COMO EL QUE NO VE, QUISIERA QUE HICIERAS EL SIGUIENTE EJERCICIO, PARA TERMINAR CON ESTE PROBLEMA, HAZTE UN FAVOR; CON UN DISKETTE CON EL CUAL HAYAS PAGADO COPIALO A TU COMPUTADORA PARA QUE NO SE DAÑE EL ORIGINAL Y CON WINWORD EDITALO, EN EL PRIMER RENGLON ENCONTRARAS LO SIGUIENTE 02 FIJO REGISTRO PATRONAL DEL SEGURO SOCIAL AÑO QUE PAGAS MES QUE PAGAS LOS NUMERO QUE ESTAN ENTRE EL MES Y LA RAZON SOCIAL DE TU EMPRESA ESTA EL DICHOSO FOLIO DEL SUA, DESPUES ESTA LA RAZON SOCIAL, DIRECCION ETC. AHORA CON ESE NUMERO QUE ESTA GRABADO EN EL DISCO DE PAGO, BUSCALO EN ALGUNA PARTE DEL COMPROBANTE DEL PAGO EN PAPEL QUE TE DA EL BANCO, Y COMPROBARAS QUE EFECTIVAMENTE EXISTE EL FOLIO SUA. YA SE QUE EL BANCO MANEJA UN FOLIO DE OPERACION, UNA FECHA, Y MUCHAS COSAS MAS. ENTONCES PORQUE SI VAS A SOLICITAR UNA DEVOLUCION AL IMSS UNO DE LOS REQUISITOS ES EL DISCO ORIGINAL CONQUE PAGASTE?, APARTE SI EL PAGO LO HACES POR INTERNET, COMO SERIA POSIBLE QUE LE BANCO TE ASIGNE UN FOLIO QUE TE SOLICITAN EN EL IMSS?[/quote:244b9a9a72] Anexo copia en relación al dato que menciona nuestro compañero Alfredo: [quote:244b9a9a72][b:244b9a9a72]02A4048385108 EDA960919PK9200505[size=14:244b9a9a72][color=darkblue:244b9a9a72]968466[/color:244b9a9a72][/size:244b9a9a72]EMPRESA DISTRIBUCION EN GAS, S.A. DE C.V. CARRETERA A MIELERAS KM. 3 ANT. EJ.ZARAGTORREON, 052725933-73-73 0658875200503COMPRA VENTA Y ALMACENAMIENTO GAS LP 0509C50N30002657000000092 03A4048385108 INO960919PK920050503886911589PEES691108 01PEREZ$ESTRADA$SAMUEL[/b:244b9a9a72][/quote:244b9a9a72] Como se veria el archivo del SUA abierto como indica nuestro comapeñoro el folio fue verificado del disco de pago con el impreso en el resumen que se imprime del SUA y la caratula del banco cuando se paga el mismo. El cual el archivo es el que tengo respaldado, para cuestiones de aclaraciones. Por cuestiones de seguridad se cambio el nombre de la empresa ha sido cambiado. Saludos.
Tópico: AYUDA DESCUENTO INFONAVIT
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
Nada mas como complemento: Artículo 42 del Reglamento de Inscripción del INFONAVIT que a la letra dice Artículo 42. Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador a través del aviso para retención de descuentos, en dondes se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación. Si de conformidad con el artículo 24 de este reglamento, el Instituto incluye en la cédula de determinación correspondiente los datos de los trabajadores acreditados, aun cuando el patrón no hubiera recibido el aviso para retención de descuentos, la citada cédula de determinación hará las veces de este aviso y el patrón estará obligado a iniciar la retención y a enterar los descuentos. El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba alguna de los formatos a que se refiere este artículo" Saludos. :)
Tópico: SERVICIO DE COMEDOR ?
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
[quote:cb8db638a7="loerasergio"][b:cb8db638a7]Colegas: No confundir la enajenación con previsión social. La empresa no esta enajenando nada, sólo provee los alimentos a sus empleados. Chequen el artículo 14 CFF que se entiende por enajenación y recuerden que norma especifica deja sin efectos norma general. El artículo 8 de la LIVA te dice que es enajenación y te remite al CFF y en el art. 14 te establece esto, pero recuerda que existe un concepto de previsión social y relacionalo con la ley del Seguro Social, hagan una interpretación armonica. Saludines[/b:cb8db638a7][/quote:cb8db638a7] Saludos.
Tópico: CAUSA IVA EL SERVICIO DE COMEDOR QUE SE DA A LOS TRABAJADOR
jleeglz

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
También estoy de acuerdo con Sergio Ya que es un servicio interno que presta la empresa, no para fines comerciales. Saludos.
Tópico: SE ME PERDIO EL DISCO ORIGINAL SUA
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
[quote:4a77826bb0="viog77"]El pago del banco si lo tengo y ya ubique donde viene el numero de folio del sua, al volver a calcular el pago si me da el mismo monto pero el No. de folio ya no es el mismo, lcgabrielaranda: como hago la certificacion del pago o ante quien para seguir con el tramite de la nota de credito? otra pregunta si le cambio la fecha a mi pc al dia que pague, me pone el mismo folio de sua que el original? Gracias por sus comentarios y ayuda[/quote:4a77826bb0] Como complementario y para que en un futuro no vuelva a pasarles este tipo de detalles: Esta recomendación la dí en este tópico expuesto inicialmente por nuestro compañero Gabriel Aranda [url=http://www.fiscalia.com/postp53618.html&highlight=#53618][b:4a77826bb0]Sugerencias para el control administrativo IMSS-INFONAVIT[/b:4a77826bb0][/url] Cuando se genere el disco de pago, en su PC u Ordenador, crearan una carpeta con el nombre PAGOSGENERADOS, en la cual copiaran tal cual el disco de pago que genero el SUA, así en caso de que se pierda el diskette o se formateado o se tire, tendran un respaldo del pago que se genero en su momento, ya que cuando lo vuelvas a generar el SUA te crea otro folio diferente. [code:1:4a77826bb0]C:\Empresa2005\ │ │__\ArchivosTXT\ │__\PAGOSGENERADOS\ W0501081.SUA W0502081.SUA W0503081.SUA W0504081.SUA W0505081.SUA [/code:1:4a77826bb0] y teniendo esto respaldado no se tendrá problemas a futuro, ya que estos mismos archivos lo copia a un diskette sin ningún problema. Saludos.
Tópico: DICTAMEN DEL IMSS
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
Pero si sería recomendable agragar un % razonable en la prueba según el número de trabajadores. O sea [color=green:0c2166a7bd][b:0c2166a7bd]"Ni tanto que queme al Santo Ni poco que no lo alumbre"[/b:0c2166a7bd][/color:0c2166a7bd] Saludos.
Tópico: DICTAMEN DEL IMSS
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
POr lo que veo, también aqui el la región de Coahuila y Durango, el auditor que nos dictamina para efectos de seguro social, en su prueba anexa 10 trabajadores por cada mes. Pero eso es a criterio de cada auditor sobre la muestra a presentar. Saludos.
Tópico: SERVICIO DE COMEDOR ?
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
Ahora bien si es la propia empresa que otorga el servicio, no, ya que la gente quien prepara la comida forma parte de la empresa como trabajadores por lo tanto no se cobra IVA, ya que el servicio es interno... no con fines comerciales. Al menos en la práctica no he visto caso alguno... esperemos más opiniones. Saludos.
Tópico: SERVICIO DE COMEDOR ?
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
Pues de conformidad en el artículo 2-A LIVA en su fracción I, último parrafo que a la letra dice: "Se aplicará la tasa que esteblece el artículo 1o. a la enajenación de los alimentos que se refiere el presente artículo preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio" Obviamente a los trabajadores no les vas a cobrar el IVA, la prestación que otorga la empresa o el convenio que tiene con los proveedores de este servicio de comedores, ellos facturaran a nombre de la empresa por el importe total que se les va a pagar por el servicio, la empresa solamente, pagara una parte de esa factura de lo que se les retiene a los trabajadore conforme a Ley en materiade Seguro Social en relación a los alimentos en forma onerosa. Saludos.

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