Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de CPhugoocejo

Autor Mensaje
Tópico: ¿Cambia de regimen cuando se tributa en Repecos y aumenta obligaciones en arrendamiento?
CPhugoocejo

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 15:56:02 Asunto: Re: ¿Cambia de regimen cuando se tributa en Repecos y aumenta obligaciones en arrendamiento?
[quote]El esta tributando en Repeco, va hacer aumento de obligaciones en arrendamiento, al hacer este tramite ¿cambiaria de regimen automaticamente? o ¿Puede continuar como pequeño y tributar por separado en arrendamiento? es correcto.[/quote] Exacto, se hará un aumento de obligaciones con ACTOS DISTINTOS, ..en el caso de repecos estos SOLO cambian de regimen dentro de SU ACTIVIDAD los supuestos que marca el numeral 139 F-IV LISR., por lo tanto puedes aumentar el arrendamiento, puesto es un acto distinto al de repecos....y puedes llevar ambos regímenes. saludos
Tópico: Constancia de aportaciones IMSS
CPhugoocejo

Mensajes: 21
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 13, 2010 13:55:42 Asunto: Re: Constancia de aportaciones IMSS
Es innegable la obligación de cada patron a cumplir con lo dispuesto en la Ley, máxime que la disposición aludida está por Ley. Efctivamente son pocos quienes hacen lo dispuesto en el 180 LSS, pero lo recomendable es obtenerlo del SUA, vía tabla dinámica, y listo....en excell, ya que la ley no me prohibe realizarlo en el mismo. saludos
Tópico: sistema más recomendable
CPhugoocejo

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Software Enviado: Julio 13, 2010 13:36:55 Asunto: Re: sistema más recomendable
Coincido con mi estimado Vabdo... actualmente manejo contpai y está muy completo. saludos
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 13:33:53 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
[quote]PRESIENTO QUE ESOS DESDICHADOS,.....NO VAN A DEFINIR NADA.......[/quote] Pues si son peras o manzanas yo me voy a depositar a las Islas caimanes..jejejejeje..un paraíso fscal.... saludos
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 12:37:48 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
[quote]Pero esperemos defina su postura el SAT.[/quote] Así es mi estimado Vabdo.. saludos
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 11:36:29 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
[quote]'dejo preguntas al aire..¿ porqué voy a pagar de algo que no es mío? vaya que no me pertenece, ya que se está pagando una deuda. COMO ESTUVO ESO ?.......LA DEUDA........NO ES 'TUYA' ?.............LA LANA QUE RECIBISTE, O LA CASA O EL CARRO .....O EL BIEN.....NO ES TUYO ?......NO ES TUYO ALGO QUE PREVIAMENTE RECIBISTE............Y POSTERIORMENTE COMIENZAS A PAGAR [/quote] Que tal mi estimado Lobozac.. Respecto a lo que comentas, propiamente me refiero a lo siguiente.. 1-. A la reforma a la fracción VI del artículo 2 de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. 2-. EL IDE, nace como impuesto “control”; es decir, no busca fines recaudatorios, simplemente controlar con información el movimiento de dinero que no paga impuestos, con ésto podemos decir, ok, estoy de acuerdo.. 3-. Hasta el 30 de junio de 2010,[u] la disposición establecía[/u] que están “exentos” de este gravamen, aquellos depósitos en efectivo que se hagan en cuentas propias abiertas con motivo de créditos otorgados por las mismas instituciones de crédito. pensemos que se refiere a cuando te otorgan un crédito (préstamo) X y te obligan a abrir una cuenta de cheques o “algo parecido” para que en esa misma cuenta deposites las mensualidades o pagos , que vayas a realizar del crédito otorgado previamente y que de ahí la institución se cobra dicha amortización. 4-. [color=red]La reforma consiste[/color] en que a partir de julio de este mismo año, la exención solo aplica a “[u]PERSONAS FISICAS QUE NO REALICEN ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES[/u]”. La duda me asalta cuando me encuentro con noticias de que [color=red]si llegas a pagar en efectivo tu saldo de tu tarjeta de crédito te la van hacer de jamón con el IDE...[/color] Entonces...entonces al final DEBES MAS LANA?...como está eso??..porque nos indagarían el cobro de un IDE?...no pues está caón... saludos
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 11:23:00 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
Exactamente mi estimado Chavalón. ' es urgente que el SAT defina y aclare que tipo de créditos son objeto del IDE.' un saludo mi estimado.
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 11:19:56 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
[quote]Artículo 1. Las personas físicas y morales, están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero. [/quote] Okis..pregunta--¿ Si ya tienes un ORIGEN..¿ cual es el objeto del IDE? No se si me expliqué........ saludos
Tópico: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
CPhugoocejo

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 10:55:52 Asunto: Re: ¿ Será legal la aplicación del 3% de IDE respecto a C.Hipotecarios?
Efectivamente Vabdo, por ahí va el asunto.. Considero que [color=red]el pago de una deuda nunca será un depósito[/color]. ¿ que debo considerar como un depósito? bueno, veamos lo que establece el artículo 267 de la LGTOC , dejo preguntas al aire..¿ porqué voy a pagar de algo que no es mío? vaya que no me pertenece, ya que se está pagando una deuda. Numeral 267 LGTOC.- El depósito de una suma determinada de dinero en moneda nacional o en divisas o monedas extranjeras, transfiere la propiedad al depositario y lo obliga a restituir la suma depositada en la misma especie. Con esto, está perfectamente claro que al pagar la deuda que tengo en mi tarjeta de crédito, no estoy realizando ningún depósito ( en efectivo, cash ) por lo que estamos ante una operación NO OBJETO DE LEY..entonces ¿ Porqué se tiene que pagar un impuesto , insisto, ¿ SI NO HAY EL OBJETO DE LEY? Concluyendo, NO DEBE CAUSAR IDE....Y...ojalá nuestras autoridades aclaren este panorama... saludos [i]Editado: Julio 13, 2010 11:00:12[/i]
Tópico: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
CPhugoocejo

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2010 10:42:24 Asunto: Re: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
[quote]tengo una empresa que paga isr mensual e iva; las ventas han ido aumentando y como se dedica a la comercializacion de ropa quisieramos ampliar el local y el dueño no tiene dinero y dice que se lo renta por 10 años pagando una renta fija cada mes pero con la condicion de que la constuccion sea por cuenta de mi cliente y el solo pone la mano de obra.[/quote] ¿ porqué no mejor 'aclaras ' quien renta a quien?.......haz mejor tu planteamiento... saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 311 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 471 472 473 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531