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Tópico: ampliando lo del IDE no retenido por el banco.
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 19:04:01 Asunto: Re: ampliando lo del IDE no retenido por el banco.
[b]Debiste seguir el tema y no abrir otro...ya te respondí en el otro....[/b]
Tópico: REGLA 5.12.1
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 19:03:16 Asunto: Re: REGLA 5.12.1
[b]Buenas tardes. Si es una regla tan vieja, quizas ya se encuentra en Ley, dale una analizada al art. 3o de LIVA, saca tus conclusiones (y pidele la constancia de retencion a PEMEX, así todo sin problemas....)[/b]
Tópico: IDE NO RETENIDO POR EL BANCO
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 18:54:07 Asunto: Re: IDE NO RETENIDO POR EL BANCO
[b][color=blue]¿De que se preocupa compadre?, digo por lo pronto tiene mucho tiempo para que la autoridad le requiera, mientras, jinetee la lana, inviertala en algo..... Veamos el porque de mi dicho:[/color] Artículo 5. [u]Si de la información a que se refiere la fracción VII del artículo 4 de esta [/u]Ley, [u]se comprueba que existe un saldo a pagar de impuesto [/u]a los depósitos en efectivo por parte del contribuyente, la autoridad determinará el crédito fiscal correspondiente, lo notificará al contribuyente y le otorgará el plazo de 10 días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga. Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la autoridad procederá al requerimiento de pago y posterior cobro del crédito fiscal a que se refiere el párrafo anterior, más la actualización y recargos correspondientes desde que la cantidad no pudo ser recaudada hasta que sea pagada. [color=blue]¿y que dice la fracc. VII del artículo 4?[/color] VII. [u]Proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero[/u], la información del impuesto recaudado conforme a esta Ley y del pendiente de recaudar por falta de fondos en las cuentas de los contribuyentes o por omisión de la institución de que se trate, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.[/b] [color=blue][b]Entonces, con lo anterior, usted y el banco tienen hasta el 15 de febrero de 2009 para darle efecto a tal situación ¿o cómo ven?[/b][/color] [b]Le paso mi num. de cuenta para que me depósite el 5% de los rendimientos que le genere lo no retenido....[/b] :big::big: [i]Editado: Octubre 31, 2008 18:56:13[/i]
Tópico: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 18:48:46 Asunto: Re: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
[color=blue][i]brivera y RubenPineda[/i][/color], accesen aquí [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=32957&idCat=10[/url] me interesa su opinión (especifico, por que ustedes estan en el ramo...para conocer que opinan sus CPC y asesores, pero no limito la participación de nadie...bienvenidos todas las opiniones, vengan de quien vengan)
Tópico: Pago a PEMEX cuenta concentradora ¿repercusión fiscal?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 15:11:40 Asunto: Pago a PEMEX cuenta concentradora ¿repercusión fiscal?
[b]Que tal, buenas tardes. Ya que esta de moda lo de las gasolineras, así mismo que hay algunos que las manejan, lanzo lo siguiente: 1. En su mayoria, las gasolineras depositan en cuentas concentradoras la mayor parte de sus ingresos, esta cuenta concentradora es de PEMEX, así se evita causar el IDE. 2. PEMEX, aun cuando recibe (por decirlo así) varios pagos que sumados estos cubren 1 factura, no expide conforme a LIVA un comprobante simplificado por cada parcialidad. ¿acaso la autoridad podría observar esto? o que tal ¿qué opinan los CPC que dictaminan a los contribuyentes gasolineros? El mío se quedo con cara de 'wath' cuando se lo plantee.....aún no me resuelve.... Por otro lado, al estar depositando el efectivo a la cuenta de PEMEX, yo, aunque tengo el famoso credito a 6 días, considero pagadas las facturas que cubran los depósitos que efectúo, ya que esta efectivamente pagado, tanto para IVA como para IETU ¿ustedes como le hacen? Saludos!![/b]
Tópico: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 15:02:34 Asunto: Re: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
[b]RubenPineda Yo tambien conversé con los de PEMEX en su momento, creo que, el fiscalista que te atendió no sabe ni que ondas, es decir, a mí me dieron un sustento mas 'sustentable' (como diría la chimoltrufia), o mejor dicho dos sustentos, que fueron los siguientes: 1. Que las mermas no son afectas a IVA, y 2. Que no se desglosa el IVA porque la obligación emana dede LIF. Sobre el origen de la bonificación por mermas, en la liga que plasmé al inicio esta el origen (estudio por parte del IPN determinaron el 0.74%), aunque claro ¿porqué es el mismo en el DF que es frio que en Sonora que es caluroso? Así mismo, si no fuera bonificación 'que le pongan otro nombre en la factura', ya que eso es un hecho 'es bonificación' y LIVA es clara al respecto. ¿no disminuir el IVA por dicha bonificación en los pagos definitivos puede ser motivo de considerar no deducible toda la compra? es pregunta, esta muy escandalosa, pero algunos dicen que ese sería el efecto...¿será? Sobre la opinión de los CPC, no es por menospreciar, pero en su mayoria no son fiscalistas (eso lo tengo mas que comprobado), así es que te den un razonamiento, que el 'mero mero' de la empresa sea testigo y que a tí como contador no te echen las culpa despues si las cosas no son como piensan (aclaro, yo actuo de manera conservadora, por ello desgloso el IVA) Así mismo, y aca entre contadores gasolineros ¿no se han dado cuenta el robo que esta haciendo PEMEX a los gasolineros?, esto se refleja en un aumento de las mermas comparandolas con las del 2007 ¿o Baja California será la excepción? Saludos!![/b] [i]Editado: Octubre 31, 2008 15:06:25[/i]
Tópico: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2008 12:17:54 Asunto: Re: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Para Rubenpineda: cuando cambiamos de CPC, exactamente eso le propuse 'no afectaré el IVA, pero en cambio consideraré como otros ingesos la bonificación', accedió a regañadientes, pero aceptó. Resulta, que analizando bien este tratamiento, el CU tiene una variación, por lo que (si recuerdo bien) por un lado no disminuyes IVA acreditable y por el otro tu CU tiene una variación. Terminamos afectando el IVA, debido a que al cambiar la deducción de las PM de compras a CV, como que almacenes no eran reales.....¿como deducir un CV mas elevado que el real?, y eso es lo que estas haciendo, no le disminuyes al Costo de tus compras la bonificación ¿porqué es otros ingresos si esta desglosado en una factura de compra de mercancias?....aquí ya truena tu esquema.....analizalo y comentales a los que te dictaminan... Punto y aparte es que la autoridad revisa, que nos dictaminan, que Juan el de las manzanas... la autoridad solo se dará cuenta de los golazos que le estan metiendo, cuando se ponga a ver el caso en concreto... es mas, me propongo a mi mismo, que del contribuyente que siempre disminuyo el IVA se emitirá la consulta....y ahora sí, les compartiré el desenlace de la novela.....si me dicen 'estas bien' pues que bueno, pero si me dicen 'estas mal' ya me cargo la huesuda, he disminuido IVA acreditable.. SOS: tienes mucha razon...ya es tiempo de disipar este tema...¿tendras algún formato para elaborar la consulta a la autoridad?..jejejeej
Tópico: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2008 20:10:35 Asunto: Re: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
[b]Buenas tardes brivera. En mi caso, yo entré como contador de la gasoliería en 2001, dicha estación tiene fecha de constitución 1995, así es que muchos años no 'disminuyo' el IVA acreditable. Cuando entré, cuestioné el por que no le daban efecto al IVA, y me contestaron 'dicho contribuyente se dictaminaba, y al manejarse como grupo todas las estaciones tomaron el mismo criterio y el CPC nunca observo eso'. Pero al cambiar de CPC todo cambió, nos dijo 'esta mal'..y claro, yo salte de gusto por que le atiné a algo en la vida..jajajaa Cuando consultamos a un despacho de fiscalistas bastante reconocidos (lo conoce don Pepe el del abarrote, doña lucha la de la tortillería, María la del barrio..etc etc), el contador antiguo (aun forma parte del grupo, pero es contralor) les expuso 'nosotros dictaminamos edos. fiancieros, y nunca no observaron eso, sino hasta ahora que cambiamos de dictaminador', el contador que formaba parte del despacho fiscalistas cuestionó ¿sabes quienes hacen el dictamen en ese despacho?, y el contralor dijo 'pues los de la firma ¿no?'... y el fiscalista solto la carcajada y dijo 'el dictamen pasa por las manos del socio solo al firmarse, o sea el dictamen es realizado por los archichincles y descuidan los que saben el area fina, lo fiscal..delegan todo'...(era un despacho donde mi compadre cjlopez regañaba a los subalternos..jajaja) Así que, de X número de estaciones (PM) que yo era responsable tomaban el criterio de afectar el IVA, el contralor dijo 'te estas arriesgando, tirando dinero a la basura', pero, despues de la consulta con los especialistas fiscales cambió el criterio en la única estación que no afectaba el IVA. Conclusión: para su seguridad, realize una consulta a la autoridad, así le confirmaran su criterio y estara, ya sea muy agusto sabiendo que hace las cosas bien, o preocupado por que el criterio que tomó es incorrecto y le puede traer consecuencias 'hasta de no deducibles'. ¿se anima? Un saludo!![/b] [i]Editado: Octubre 30, 2008 20:12:24[/i] [i]Editado: Octubre 30, 2008 20:13:24[/i] [i]Editado: Octubre 30, 2008 20:15:18[/i]
Tópico: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2008 17:59:12 Asunto: Re: IVA acreditable en bonificacion de Factura de PEMEX
[b]Buenas tardes. Anteriormente expuse el mismo caso accede a este aquí: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=26864&idCat=10&p=1#149591[/url] La obligación por parte de PEMEX, se encuentra en LIF: [color=blue]Capítulo II De las Obligaciones de Petróleos Mexicanos Artículo 7o. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios estarán obligados .......... VII. Otras obligaciones Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, [u]por concepto de mermas, el 0.74 por ciento del valor total de las enajenaciones de gasolina que realice a dichas estaciones de servicio[/u]. El monto de ingresos que deje de percibir Petróleos Mexicanos por este concepto podrá ser disminuido de los pagos mensuales que del impuesto especial sobre producción y servicios debe efectuar dicho organismo en los términos del artículo 2o.-A, fracción I de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.[/color] No realizé consulta ante la autoridad, aunque no lo he dejado de lado, quizas la presente.....si tienes respaldo legal (abogado fiscalista) comentales, el nuestro dijo 'PEMEX está mal, si quieres realiza la consulta, pero te dirán que esta mal'....así es que esta en el aire.... En mi caso 'desgloso el IVA de las bonificaciones de PEMEX, y se lo resto al IVA acreditable', aunque esto, a primera vista aparenta un golpe a la bolsa del contribuyente, pero LIVA es clara, y si PEMEX se equivoca (quiza sí, quiza no) quiero dejarle el paquete a ella y no al contribuyente por acreditarse IVA en exceso...... Saludos!!! [i]Editado: Octubre 30, 2008 17:59:58[/i][/b] [i]Editado: Octubre 30, 2008 18:01:03[/i]
Tópico: Fraccionadores Personas Fisicas Antiguos
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2008 15:06:19 Asunto: Re: Fraccionadores Personas Fisicas Antiguos
[b]En el caso que se menciona, al ser Persona Física con Actividad empresarial (ni modo que sean actos accidentales) ¿qué no deduce al erogar? o ¿de plano lo manejan comoenajenación de bienes no afectos a act. empresarial??????? digo, a menos ese creo que sería el tratamiento y momento de las deducciones 'en base a flujo de efectivo' y no mediante CV....[/b] [i]Editado: Octubre 29, 2008 15:08:28[/i]

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