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Tópico: Futbol: Indios y Puebla punto de vista fiscal
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2009 11:22:05 Asunto: Futbol: Indios y Puebla punto de vista fiscal
Indios y Puebla, evasores: SHCP Las directivas de los clubes semifinalistas del futbol nacional dejaron de pagar ISR y las aportaciones al IMSS y al Infonavit, luego de que adoptaron la figura de sociedades cooperativas José Manuel Arteaga El Universal Lunes 25 de mayo de 2009 jose.arteaga@eluniversal.com.mx Fuera ya de las finales del futbol mexicano, la presión deportiva para los jugadores de Puebla e Indios de Ciudad Juárez se transformará en presión fiscal, debido a que esos equipos cayeron en prácticas de evasión de impuestos, confirmaron fuentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las directivas de los clubes semifinalistas del torneo nacional dejaron de pagar al fisco el Impuesto Sobre la Renta y las aportaciones al IMSS y al Infonavit, luego de que adoptaron la figura de sociedades cooperativas. Según las mismas fuentes, Puebla e Indios tienen contratado al despacho IDN Consultoría de Negocios vía Sergio Castro López. El SAT considera que uno de los “pioneros de la implementación en México de esquemas fiscales agresivos” y que utilizó el esquema de sociedades cooperativas es Sergio Castro López, quien se encuentra sujeto a proceso penal ante el juez tercero de distrito de Procesos Penales Federales, con sede en el Reclusorio Norte, por prácticas fiscales indebidas. Este diario publicó el pasado 13 de abril que la autoridad tributaria había detectado esquemas de evasión fiscal en varios equipos de futbol de primera división, así como en distribuidoras de automóviles, servicios de limpieza, hoteles, restaurantes y agencias de publicidad. Por la transformación en sociedades cooperativas, las empresas habían dejado de pagar 3 mil 398 millones de pesos, señaló en esa fecha el SAT. De acuerdo con la autoridad tributaria, al adoptar los equipos de futbol la figura de sociedad cooperativa, los dueños dejan de pagar las aportaciones de los futbolistas y trabajadores del club al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y al Seguro Social. Además, “el patrón no retiene ni entera el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, ocasionando que jugadores y trabajadores incurran en omisión en el pago correcto de sus obligaciones fiscales”, expone el SAT. [u][b]EL UNIVERSAL dio a conocer el pasado jueves que jugadores del equipo poblano, como Álvaro González, Felipe Ayala, Daniel Osorno, Sergio Rosas y Jorge Villalpando, fueron buscados en las inmediaciones del estadio Cuauhtémoc de la ciudad de Puebla, por auditores del SAT, para notificarles de sus adeudos fiscales. [/b][/u] Al siguiente día, los auditores llegaron hasta la sede del hotel donde se concentraba el equipo poblano para intentar fiscalizarlos. De acuerdo con el SAT, a los jugadores que tengan adeudos con el fisco se les enviará una carta-invitación personal para ayudarlos a revisar en qué los afectó el despacho citado así como la cooperativa. La intención es que liquiden los créditos fiscales que pudieran tener. Advirtieron que los auditores del SAT continuarán realizando revisiones intensas contra compañías que hayan explotado el esquema de cooperativa. Hasta marzo pasado, el SAT había girado más de 500 auditorías a las sociedades simuladas, empresas, empresarios y asesores vinculados a esta práctica, cuyos impuestos omitidos ascienden a 3 mil 400 millones de pesos. “El SAT está haciendo operativos para vigilar que se respeten los derechos y obligaciones laborales y fiscales de los involucrados en estos esquemas y continuará implementado estrategias de fiscalización a otros sectores deportivos”, remarcó la autoridad. UN GOLPE MEDIATICO.....POR LLAMARLO ASI!!! [i]Editado: Mayo 25, 2009 11:24:04[/i]
Tópico: FELIZ DIA DEL CONTADOR
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2009 11:19:30 Asunto: Re: FELIZ DIA DEL CONTADOR
[b]Y todo gracias al contador que con su compromiso siempre le dice al 'jefe': si le hacemos así pagamos menos PTU....aun cuando hasta el mismo contador sale perjudicado..jaja Propongo que este tópico sea junta de lamentaciones de los contadores...jaja[/b]
Tópico: FELIZ DIA DEL CONTADOR
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2009 10:43:50 Asunto: Re: FELIZ DIA DEL CONTADOR
[b]O por lo menos que el día de hoy no lleguen requerimientos, multas, etc etc....jaja Feliz día!!![/b]
Tópico: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2009 10:42:50 Asunto: Re: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
[b]Art. 82, II: e) De $3,000.00 a $10,030.00, por presentar medios electrónicos que contengan [u][b]declaraciones incompletas[/b][/u], con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.[/b]
Tópico: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2009 09:38:31 Asunto: Re: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
[quote]Hola: Bueno, pero esto se expresa solamente en la ley especial LISR Hay una ley supletoria y esa habla sobre que las declaraciones debe de presentarse de conformidad a las reglas de caracter general expedidas por la SHCP Y entonces, ¿no se le hace caso al CFF? [/quote] [b]O sea, que aunque se interprete que no se tiene la obligación se debe informar porque el mismo DEM lo solicita....es decir, si no se plasman las cifras se cae en aquello de 'presentarla con datos falsos (errores o falta de información)'....¿alguien tiene la multa por caer en esos casos....?[/b]
Tópico: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2009 22:03:50 Asunto: DEM: ¿Consecuencia de no informar op. con partes relacionadas?
[b]Qué tal, buenas noches. Les planteo lo siguiente (primero fundamentos y despues las dudas): [i]Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: V. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos. Tratándose de pagos al extranjero, éstos sólo se podrán deducir siempre que el contribuyente proporcione la información a que esté obligado en los términos del artículo 86 de esta Ley.[/i] [i]Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: XIII. Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales.[/i] Por lo anterior, cuando una PM realiza operaciones con partes relacionadas 'NACIONALES', ¿es obligatorio incluir la información de operaciones entre partes relacionadas en el DEM para la anual 2008? Un saludo y agradezco de antemano sus comentarios!![/b]
Tópico: ¿Puedo Deducir Mano de Obra como Inversiones?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 19:27:47 Asunto: Re: ¿Puedo Deducir Mano de Obra como Inversiones?
[b]Unas preguntas: 1. ¿Iniciaste de cero la depreciación de lo que consideraste como 'inversión' o continuaste conforme el saldo pendiente de deducir? 2. Estamos de acuerdo en que, por ejemplo 'se te descomponia una pieza' y procedias a darla de baja para tener cierto equilibrio, es decir dabas de baja una parte de la maquinaria porque dejaba de ser útil y dabas de alta la nueva 'pieza'...digo, si hiciste eso de considerarla como inversión, por otro lado debiste darle de baja a la parte o valor que dejó de ser útil. Dale una leía a los criterios del SAT...creo que sacaron algunos sobre el tema que comentas, y seguramente ellos se estan basando en ellos... Un saludo!![/b]
Tópico: Puntos caso:PF enajena inmueble
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 19:23:09 Asunto: Puntos caso:PF enajena inmueble
[b]Buenas tardes. He vuelto a las andadas, resulta que ando haciendo unas reestructuraciones en los bienes de algunas PF, por lo que estuve hablando con un contador que les lleva todo el teje y maneje a muchos notarios....estuvimos platicando sobre algunos temas de los que siempre he tenido ciertas dudas (respecto al tema de inmuebles enajenados por PF)....a manera de resumen se los comento, para que sirvan de referencia o de lectura dominical..jajaja: 1. Enajenación de bienes recibidos mediante donación no honerosa: conforme al art. 152, se menciona que al enajenar un bien, el cual al momento de su adquisición (donatario) estuvo exenta de ISR es obvio que no se tuvo ningun efecto fiscal es decir la autoridad tributaria no recibió nada por esta operación, pero al momento de que el donatario enajene el bien inmueble considerará como costo de adquisición el que haya pagado el donante, y tambien considerara como fecha de adquisición será aquella donde el donante adquirió el bien (diferenciar quien es el donante y quien es donatario para que no se enreden)....yo tenía mis reservas de la aplicación de dicho artículo, mas que nada porque a veces vemos criterios muy encontrados..... 2. Existe una estrategia que se utiliza desde hace tiempo (yo la vendo a 100 pesos..jajaja), consiste por ejemplo, en que el propietario de un bien quiera enajenarlo, pero conforme a sus cálculos se le generaría un ISR muy alto, procede a donarlo a sus hijos y esposa (mientras mas hijos tenga le va mejor..jajaja..bueno en cierta forma), así su esposa e hijos repartiran el ingreso al enajenar el bien disminuyendo la base y por ende el ISR que se causará. 3. Algunos 'fiscalistas', le presentan a sus socios una opción mágica para disminuir el ISR en este tipo de casos, y es como sabemos incluyendo deducciones....la mas común es 'conseguir' un comprobante que ampare adecuaciones o mejoras al bien con lo que disminuyen la utilidad y por ende la base... yo siempre he estado en desacuerdo con dichas 'movidas' y parece ser que la autoridad tambien ya esta monitoreando eso, ya que en el PP no puede detectar o sería dificil, pero ya cuando la PF presenta su anual es cuando algo le huele mal a la autoridad... me comento que es la última noticia al respecto...y que biene muy dura la autoridad contra ese tipo de 'megaestrategias'. En fin, esa fué mi aportación fiscal de hoy, cualquier cooperación en dinero o en especie favor de realizarla en ganado vacuno (bobinos ya no acepto hasta que se les quite la gripa...) :green: NOTA: si tengo faltas de ortografía ustedes disculpen...ando en inga!!!![/b] [i]Editado: Mayo 20, 2009 19:23:36[/i] [i]Editado: Mayo 20, 2009 19:23:55[/i]
Tópico: ESTRATEGIA PARA AC, SC
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 10:03:32 Asunto: Re: ESTRATEGIA PARA AC, SC
[b]Buenos días. Creo que falta aclarar el uso que se le quiere dar a dichas figuras, o mejor dicho el fin.....de ahí se parte para analizar la conveniencia o no....y claro esta, tambien falta conocer que se quiere o desea obtener al implementar estas figuras....[/b]
Tópico: INCORPORACION AL SISTEMA DE PAGOS DEL SAT
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 09:40:25 Asunto: Re: INCORPORACION AL SISTEMA DE PAGOS DEL SAT
[b]Caray caray... yo tambien leí eso y habia dos recuadros...jajajajaa ya estava por lanzar el comunicado al grupo.....no cabe duda estos del SAT se descubren...por lo que quiza el PP de Junio que se entera en Julio ya va a considerar a los dictaminados.....otro mes de descanso... ¿Alguien tiene las RMF que habla sobre el tema?.. por mas que busco no las encuentro...necesito irme preparando...[/b] [i]Editado: Mayo 20, 2009 09:42:03[/i]

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