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Tópico: Declaración anual: envío con FIEL, CIEC ó CIECF???
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 24, 2009 12:31:02 Asunto: Re: Declaración anual: envío con FIEL, CIEC ó CIECF???
[b]Estuve en contacto mediante el 'chat' del SAT,y exactamente eso dicen 'por lo pronto forzozamente FIEL, hasta que se publique la quinta mod. a RMF'.....¿que esperarán para aventarse esa publicación estos canijos?...[/b]
Tópico: Duda Anexo 15 DAFF
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 24, 2009 12:16:27 Asunto: Re: Duda Anexo 15 DAFF
[b]Ignoro lo referente a SIPRED y cosas de ese tipo, pero ¿qué no andaban agarrados de las greñas los CPC y sus representantes con la autoridad para que le bajara de producto de gallina a tanta información y con ello se modificarían anexos y demas? Esperando que algún CPR haga acto de presencia y sea de los que ya tienen el 90% de los dictamenes terminados...[/b]
Tópico: Declaración anual: envío con FIEL, CIEC ó CIECF???
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 24, 2009 12:04:58 Asunto: Declaración anual: envío con FIEL, CIEC ó CIECF???
[b]Qué tal buenos días. Tal como a muchos, en mi caso tengo problemas para tramitar o renovar certificados para la FIEL, alguna veces el SAT ha dicho 'tenganme confianza, los anteproyectos aplicarán aunque no los publique oficialmente' (y ha sido así últimamente)... Por lo anterior, cito la regla que esta en el anteptroyecto de la Quinta modif. a RMF: [i]Presentación Vía Internet de las declaraciones anuales de ISR e IMPAC II.2.15.1. …………………………………………………………………….. III. …………………………………………………………….. Para efectos de los artículos 18 y 31 del CFF, para el envío de la declaración del ejercicio fiscal de 2008 los contribuyentes podrán utilizar la CIEC o CIECF, en lugar de la FIEL vigente, siempre que para ello, durante los meses de mayo y junio de 2009 ratifiquen su firma utilizando la FIEL, de no hacerlo se tendrá por no presentada la declaración del ejercicio fiscal 2008.[/i] ¿Alguien ha tenido contacto con los del SAT? si es así ¿les han asegurado que si jalará la cosa?, o en su defecto ¿alguien ya trato de enviar la anual 2008 sin validarla con la FIEL?[/b] [i]Editado: Marzo 24, 2009 12:05:43[/i]
Tópico: Deduccion de subestacion electrica
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 19:55:00 Asunto: Re: Deduccion de subestacion electrica
[b]Maquinaria y equipo Art. 41, fracc. XV [/b] [i]Editado: Marzo 23, 2009 19:56:40[/i]
Tópico: Denuncia falsas soc. cooperativas
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 18:10:42 Asunto: Re: Denuncia falsas soc. cooperativas
[quote]jaja a que mi bruno...siempre velando por los 'intereses' del cliente... [/quote] [b]Los clientes son como las 'viejas'... los trata uno bien y se aprobechan... dejen nadamas que tenga recursitos y hasta yo mismo descubro las estrategias del rancho para que les peguen una correteada...ahahaha NOTA: se escucha machista, pero es la realidad..hahah[/b]
Tópico: IETU: SON DEDUCIBLES LOS ACTIVOS USADOS QUE SE COMPRAN
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 19:05:32 Asunto: Re: IETU: SON DEDUCIBLES LOS ACTIVOS USADOS QUE SE COMPRAN
[b]Aquí la duda, y se concluye que solo aplica la condicionante a las inversiones que se les aplica el Art. Quinto transitorio de LIETU.... [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=29207&idCat=10[/url] Esa misma duda tuve yo, pero el 13 de Octubre de 2007... cuando estuve un tiempo en la PGR y me dió chanza de leer....ah que tiempos aquellos...cuando creía que estudiando me haría rico .... snif....[/b] [i]Editado: Marzo 23, 2009 19:08:20[/i]
Tópico: Sociedad Civil
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 15:03:39 Asunto: Re: Sociedad Civil
[b]Chupacabras=SAT...hahahahaa Gracias por los comentarios!!![/b]
Tópico: Denuncia falsas soc. cooperativas
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 15:02:42 Asunto: Re: Denuncia falsas soc. cooperativas
[quote]BRUNO...SE TE VA A CABAR EL NEGOCIO....BUENO AHORA PUEDES VENDERLE LA IDEA DE QUE LOS DEFENDIES.... [/quote] [b]No, el negocio sigue... gracias a dios no adopotamos la figura de cooperativas, lo vimos muy riesgoso....(el IMSS nos trae de la cola pero no nos puede hacer nada)[/b]
Tópico: Sociedad Civil
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 11:39:35 Asunto: Sociedad Civil
[b]Buen día.. Pues ya ven las sociedades civiles, muy bonitas y lindas todas ellas... Tengo una duda ¿una sociedad civil puede dedicarse a la promoción de bienes muebles e inmuebles, recibiendo a cambio los honorarios por la intermediación o servicio prestado?...¿qué pasaría si comprara y vendiera bienes, se la come el chupacabras? Un saludo!!![/b]
Tópico: Denuncia falsas soc. cooperativas
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 11:36:09 Asunto: Denuncia falsas soc. cooperativas
[b]Aviso o invitación del SAT: El Servicio de Administración Tributaria se ha percatado de que diversos despachos han propuesto esquemas para evadir el pago de contribuciones, entre las que se encuentra el aprovecharse de la figura jurídica de las sociedades cooperativas con el único propósito de eliminar cargas tributarias a las personas morales derivadas de una relación laboral con sus trabajadores; esto es, recibir los mismos servicios personales subordinados a través de una cooperativa (outsourcing), de manera que sus trabajadores se constituyan como socios cooperativistas, lo que causa perjuicio no sólo al fisco federal por omitir el pago de contribuciones, sino también a las personas físicas que prestan los servicios personales subordinados por eliminarles los derechos derivados de una relación laboral, principalmente en materia de seguridad social. Con este esquema se pretende sustituir el pago de un salario bajo la figura jurídica de la previsión social considerada en la Ley General de Sociedades Cooperativas; esto es, dichas sociedades simulan ser cooperativas que registran como socios cooperativistas (realmente empleados) al personal que se les transfiere de las empresas, de tal modo que reciben remuneraciones bajo el concepto de previsión social, sin que puedan acreditar que las cantidades entregadas al supuesto socio se hayan aplicado a los conceptos que la ley señala como previsión social y, en otros casos, que los fondos de previsión social se hayan creado con las formalidades que la misma ley exige. Las supuestas sociedades cooperativas que se crearon para adquirir este esquema fiscal lo que en realidad hacen es distribuir a sus socios un anticipo de los ingresos por la prestación de servicios a terceros, estando obligadas a calcular, retener y enterar el impuesto sobre la renta que resulte, de conformidad con lo previsto por los artículos 110, fracción III, y 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; criterio que ha sido confirmado por diversos órganos jurisdiccionales. Por tal motivo, el Servicio de Administración Tributaria ha iniciado revisiones a diversas empresas que han desnaturalizado la figura de la sociedad cooperativa, así como a terceros relacionados con ellas, derivado de lo cual se han determinado contribuciones omitidas por 1,900 millones de pesos. Ahora bien, los efectos para las personas físicas que laboran en empresas que utilizan una figura jurídica como la Cooperativa con fines de simulación, entre otros, son los siguientes: No se otorgan prestaciones de seguridad social. No se da reparto de utilidades a los cooperativistas, quienes en realidad son trabajadores de la empresa. No tienen derecho a servicio médico. No suman antigüedad para efectos de jubilación. En virtud de ello, si usted está contratado o presta sus servicios bajo este esquema, lo invitamos a que denuncie por correo electrónico a la dirección denuncias@sat.gob.mx. Le garantizamos la confidencialidad de su denuncia. Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso con la sociedad para erradicar la evasión y proteger los derechos de los trabajadores[/b]

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