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Tópico: COEFICIENTE CON PERDIDA
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2009 15:53:58 Asunto: Re: COEFICIENTE CON PERDIDA
[b]Buenas tardes. En mi opinión debes poner especial atención en caso de que contestes afirmativamente la siguiente pregunta: ¿Efectuaste deducción inmediata de AF en el ejercicio 2008? Si la respuesta es SI: aguas, posiblemente si tengas base para calcular CU Si la respuesta es NO: sigue los consejos arriba vertidos. LISR, art. 14: I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. [u]Para este efecto, se adicionará la utilidad fiscal o reducirá la pérdida fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, según sea el caso con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 220 de esta Ley[/u]. El resultado se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio. Al parecer, la aplicación de la deducción inmediata puede ocasionar que para la determinación de CU la pérdida se convierta en utilidad ¿será? [i]Chiste de puente: niña lloraba en el zoológico, se le acerca una persona y le pregunta ¿porqué lloras niña?, ella responde 'porque se murio un helefante'... el hombre externado le dice 'ya niña, no te aflijas que la muerte es natural.. se fué al cielo', la niña responde 'no, si no lloro porque se murio, sino porque a mí me toco enterrarlo'. (cualquier parecido a chistes de la Güereja es mera coincidencia)[/i][/b] [i]Editado: Mayo 04, 2009 15:56:26[/i]
Tópico: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2009 13:28:05 Asunto: Re: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
[quote]p.d. bruno los tamales llevan carne de puerco...dicen que no se contagia por comer carne de cerdo...pero....prefiero no hacerlo por unas semanas...[/quote] Ya se elaboró un comunicado que dice (mas o menos así): ' Estimados consumidores tamalistas, conforme a la Influenza Porcina, nos vemos en la necesidad de externar la siguiente aclaración: Claramente RAE define 'porcina' como: 1. adj. Perteneciente o relativo al puerco. 2. m. Puerco pequeño. 3. m. Chichón, porcel. Por lo que, aclaramos que nuestros tamales estan elaborados con carne de cerdo y no de puerco, lo cual asegura que no se contagiará al consumir nuestros productos' Espero que los consumidores no utilizen el internet o el diccionario porque cerdo es sinónimo de puerco....jajaja o al revez...
Tópico: DIAS NO LABORABLES POR INFLUENZA SE PAGAN?
Bruno

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 02, 2009 12:41:26 Asunto: Re: DIAS NO LABORABLES POR INFLUENZA SE PAGAN?
Trabajadores sólo recibirán salario si reponen días inactivos Miguel Marón Manzur, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (CANACINTRA), informó que los trabajadores de las empresas que suspendieron actividades por la contingencia sanitaria, a partir de hoy y hasta el 5 de mayo, recibirán su salario a cambio que repongan esos días a cuenta de vacaciones y horas extras. 'Los días decretados por el gobierno para no laborar pueden perjudicar al trabajador como a la misma empresa', aseguró el presidente de la CANACINTRA, quien dijo que para el pago de salarios debe haber una negociación directa entre patrón y trabajador. También comentó que habrá micro y pequeñas empresas con dificultades para cubrir los salarios y podrían recurrir a créditos, pero el problema es que caerían en un mayor endeudamiento. Por ello, sugirió se tomen medidas flexibles en la cobranza de impuestos y obligaciones patronales. Marón Manzur aclaró que no hay un número preciso de las empresas que detuvieron su producción. Recordó que a nivel nacional hay alrededor de 13 millones de trabajadores registrados en el Seguro Social. Apuntó que aquellas empresas que deben detener su producción lo más conveniente es que estos días sean repuestos laborando los sábados o con horas extras. Lo anterior, de común acuerdo entre trabajadores y empresas.
Tópico: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2009 11:54:43 Asunto: Re: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
Buenos días. No entender las repercusiones en la gran mayoria de los contribuyentes sería algo muy, pero muy 'tonto' (para no utilizar palabras fuertes) por parte de la autoridad... El día de ayer en el universal se publicó esta nota en el Universal (resalto en negritas lo que esta en nuestra cancha): [i]Al tiempo de anunciar que habrá un programa de estímulos fiscales para los sectores productivos que se ven perjudicados por los cierres de negocios ante las medidas de emergencia que se toman por la influenza A H1N1, el secretario de Hacienda, Agustín Carstens, reconoció que la economía de México sufrirá una contracción superior a 4%, en el año. [b]“El Presidente ya nos instruyó que estuviéramos ya diseñando algo y pues próximamente lo estaremos dando a conocer”, dijo ayer el funcionario en diversas entrevistas en radio. [/b] [b]Añadió que el vehículo más eficaz de apoyo es a las empresas, porque al ayudarles en sus finanzas se mantiene la fuente de empleo y de esa manera “no se afecta a las personas”. [/b] Al respecto, José Luis de la Cruz, académico del Tecnológico de Monterrey, afirmó que el primer apoyo fiscal será [b]la exención o el aplazamiento del pago de impuestos para los sectores de turismo, transporte y comercio. [/b] Agregó que el gobierno federal también tendría que reorientar, en coordinación con el Congreso, el gasto corriente. “En el ramo educativo hay una partida de 10 mil 300 millones de pesos para el ramo administrativo”, comentó. Sin embargo, reconoció, el margen fiscal del gobierno federal “es muy reducido”, ya que en el primer trimestre del año el resultado será de caída de ingresos tributarios. [b]Por su parte, Miguel Marón Manzur, presidente de Canacintra, aseguró que el programa de estímulos fiscales que esperan del gobierno “debe ser inmediato”. [/b] [b]Agregó que los industriales en el país esperan que la Secretaría de Hacienda establezca facilidades y se dé prórroga en los pago del ISR y del IETU. [/b] [b]En la demanda de los industriales también se encuentra un aplazamiento para el pago de cuotas al Seguro Social y al Infonavit. El investigador del Departamento de Finanzas y Economía del Tecnológico de Monterrey, Carlos Eduardo Canfield, dijo que la autoridad tiene espacio para modificar el IETU. [/b] Por otra parte, el Banco Interamericano de Desarrollo informó que aprobará un préstamo por 3 mil millones de dólares este año para México, en apoyo a sus esfuerzos para contrarrestar los efectos de la crisis económica y la emergencia por la influenza A H1N1. [/i] O toman medidas urgentes, o es un hecho que el país se unde....desgraciadamente en nuestro país algunos negocios no estan preparados financieramente para cerrar por una semana.. y otros estándolo no lo soportan (prefieren dejar de pagar y sacar su lanita).....esto es, repito 'una emergencia' tal como un uracan, terremoto o alguna catastrofe similar, ya que detuvo la economía... Desde mi punto de vista no se debieron hacer o tomar medidas tan extremas, aunque quiza yo ahorita tenga una percepcion de las cosas un poco 'verde'... el tiempo definira: 1. Que milagrosamente se salvo el universo gracias a los mexicanos (jajaja...disculpen pero me da tanta riza)..ó 2. Que gracias al pánico generado por 100 muertos la economía se detuvo y mandó al traste las finanzas públicas y privadas. El crimen organizado dejó en el primer trimestre de este año 2,644 personas muertas y ni quien se inmute.. contra algunas decenas de muertes por la gripita....el cigarro tambien mata y ahí los tienes a las tabacaleras haciendose mas poderosas....en fin incoherencias de la vida!!!
Tópico: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 30, 2009 13:56:28 Asunto: Laboral 'un hecho suspenden' ¿PP abril igual?
[b]Qué tal, buenas tardes. Como sabemos, ya es un hecho en su gran mayoria se suspenden labores del 1 al 5...dense una vuelta por el foro laboral...si ya se, van a decir algunos 'es que de todas formas es puente, que chiste', pues no, en la gran mayoria de los casos ni modo que una empresa 'regale' puentes a los empleados.. o sea, de cajón si no hubieran emitido en el DOF eso se laborarían: Sábado, domingo (cuando aplica) y lunes.... A como vamos, el SAT no tarda en emitir algún decreto que recorra la presentación o pago de impuestos correspondientes al pago provisional de Abril/2009... bueno, aunque sabemos que si lo emite será el día 17 por la noche.. son tan peneques....¿alguien ha sabido algo? (del aplazamiento, no de que sean peneques los del SAT)[/b]
Tópico: ACUERDO SECRETARIA DE SALUD OBLIGATORIO?
Bruno

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Abril 30, 2009 13:43:55 Asunto: Re: ACUERDO SECRETARIA DE SALUD OBLIGATORIO?
[b]Esperemos la opinión de un experto.. pero mientras, veamos que:[/b] DOF: 30/04/2009 ACUERDO mediante el cual se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1o. al 5 de mayo del presente año. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 4., tercer párrafo, 73, fracción XVI, bases 1a a 4a, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., fracciones III, XV y XVII, 4o., 6o., fracciones I y V, 7o., fracciones I y XIII, 13, apartado A, fracciones V, VII bis, IX y X, 15, 33, fracción I, 133, fracción II, 134, fracción II, 135, 139, 140, 141, 143, 147, 148, 150, 152, 181 a 184, 402 y 404 de la Ley General de Salud; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y el Decreto por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2009, y CONSIDERANDO Que desde el inicio de la propagación de un nuevo tipo de virus de influenza en el territorio nacional, el Gobierno Federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, ha implementado una serie de acciones dirigidas a controlar y combatir la existencia y transmisión del virus; Que no obstante dichas medidas han permitido retardar la propagación del virus, la situación sigue siendo seria; Que la Organización Mundial de la Salud incrementó a fase 5 la alerta de pandemia, que se caracteriza por la propagación del virus de persona a persona, al menos en dos países de una región de dicha organización; Que una de las consecuencias del incremento referido en el considerando anterior, es que obliga a todos los países a maximizar las iniciativas para contener y retardar la propagación, a fin de evitar en lo posible una pandemia, y Que el 25 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica, en el que el titular del Ejecutivo Federal ordenó que la Secretaría de Salud, con el propósito de combatir la epidemia y cuando lo estime pertinente, implemente de manera inmediata en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las demás acciones ejecutivas necesarias que determine la propia Secretaría de Salud; he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1o. al 5 de mayo del presente año. Artículo Segundo.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior, las labores que resulten indispensables para hacer frente de manera oportuna y eficaz a la situación de emergencia que vive el país. Artículo Tercero.- Los titulares de las instituciones públicas federales deberán identificar las áreas que continuarán prestando los servicios que cotidianamente tienen a su cargo y que sean indispensables para afrontar la situación de emergencia, a fin de garantizar la suficiencia, oportunidad y continuidad en la prestación de servicios y provisión de bienes indispensables para la población. Artículo Cuarto.- Las autoridades federales deberán garantizar la operación continua del transporte y, por lo tanto, seguirán funcionando los puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas. [b]Artículo Quinto.- En el sector privado continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas.[/b] Artículo Sexto.- Se exhorta a todas las entidades federativas y municipios a que se sumen a las medidas a que se refiere el presente Acuerdo. Artículo Séptimo.- Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a lo previsto en los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo a que se refiere el presente Acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional. TRANSITORIO UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de mayo de dos mil nueve y tendrá vigencia hasta el cinco del mismo mes y año. Ciudad de México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil nueve.- El Secretario de Salud, José Angel Córdova Villalobos.- Rúbrica. [b]Como dirían los que saben, por exclusión se sabrá quienes paran labores.. y aquello de los pagos, pues creo que proceden, aún y cuando sea una orden federal .. o acaso ¿alguien tiene en el contrato colectivo algo al respecto?[/b] [i]Editado: Abril 30, 2009 13:50:48[/i] [i]Editado: Abril 30, 2009 13:51:41[/i] [i]Editado: Abril 30, 2009 13:52:26[/i]
Tópico: Saldo a favor PF ¿devolución automática o en papel?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2009 17:25:17 Asunto: Re: Saldo a favor PF ¿devolución automática o en papel?
[b]Pero eso de no subir la info del estatus, como que huele a que las estan agarrando 'calientitas' y las rechazan o autorizan en 'caliente'..... De hecho, por leer el comunicado del SAT entré a ver el estatus Esperemos la siguiente mesada..jaja[/b]
Tópico: Saldo a favor PF ¿devolución automática o en papel?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2009 14:32:43 Asunto: Saldo a favor PF ¿devolución automática o en papel?
[b]Qué tal, buenas tardes. PF con ingresos asimilados a salario y dividendos, le resultó saldo a favor de ISR por $6,000 pesos, y presentó su declaración anual firmandola con a FIEL, se plasmó que se solicita en devolución dicho saldo a favor... eso fué con fecha de 16 de abril, pero se accede al portal del SAT y no aparece nada de información en la aplicación de consulta de devoluciones automáticas ¿estan tardando en subir el estatus o qué estará pasando?....¿tienen algún caso similar? Un saludo!![/b] [i]Editado: Abril 29, 2009 14:33:08[/i]
Tópico: Art. 86 Fracc. XX y LGSM ¿¿??
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2009 14:23:57 Asunto: Re: Art. 86 Fracc. XX y LGSM ¿¿??
[b]Analizando el tema, concluyo lo siguiente (jajajaaja): 1. Respecto a la fecha, se basará conforme a la de presentación del dictamen, de todas formas ¿sería nula la asamblea por no cumplir con la fecha que marca LGSM ó que efecto legal tendría?. 2. Respecto a la fracc. XX del art. 86, esta se incluye apartir del ejercicio 2006, por lo que es cuando iniciaré con dicha 'regulación de la fecha posterior al dictamen'.[/b]
Tópico: Pérdida y utilidad cambiaria: ambos lados de la moneda
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2009 13:41:35 Asunto: Re: Pérdida y utilidad cambiaria: ambos lados de la moneda
[i][b]cjlopez escribió[/b][/i] [quote]En mi opinion es ded para la pm conforme se devenge ya que la limitante del 31 es para otros ingresos y la utilidad para la PF en su caso seria en elr eg de intereses no? por otro lado, la PF creo no tendria que declarar un ingreso...... [/quote] [b]Coincidieron en el Colegio con tu apreciacion... Eso si ¿entonces cuando recarajos aplica la no deducibilidad que plasmé anteriormente?[/b] [i]Editado: Abril 29, 2009 13:43:39[/i] [i]Editado: Abril 29, 2009 13:44:08[/i]

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