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Tópico: Problemas java de la anual 2008
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 23, 2009 11:32:27 Asunto: Re: Problemas java de la anual 2008
[b]En el area donde bajaste el DEM debe estar la liga para bajar el Java que requieres....[/b]
Tópico: IMPRESION LEGIBLE DE ANEXOS IETU
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2009 01:17:40 Asunto: Re: IMPRESION LEGIBLE DE ANEXOS IETU
En el DEM del año pasado se debìa imprimir antes de validar y encriptar ¿en la nueva versiòn ya sale obscurecido desde el inicio la impresiòn?
Tópico: IEPS Asiento Contable gasolineras
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2009 22:46:19 Asunto: Re: IEPS Asiento Contable gasolineras
[b]Tal como lo comenta Enrique, el IEPS al igual que el IVA se causa en base a 'flujo de efectivo'..... Sobre lo anterior, hay un criterio que dice (especificamente en cuanto a gasolineras se refiere) 'vende 1 litro de magna a crèdito en marzo por el cual al cliente le cobrè 0.44 centavos, pero, efectivamente le cobro en abril cuando el IEPS por litro es 0.46, y es ese el momento en que se causa el IEPS y la obligaciòn es pagar 0.46 centavos'... es una locura, pero fiscalistas 'reconocidos' publicaron en revistas especializadas en la materia tal aberraciòn.....(esto es un comentario extra). Retomando el tema de 'flujo de efectivo', en las gasolineras que no manejan un 'buen' sistema de facturaciòn y ventas es realmente dificil controlar el nùmero exacto de litros vendidos a crèdito y sus cobros futuros (ese es uno de los objetivos de los programas de los gasolineros en un futuro inmediato)... En mi caso, aunque tengo cantidades importantes de ventas a crèdito, tomamos la decisiòn de enterar el IEPS, esto aùn cuando representa un impacto financiero, pero se islumbraron riesgos de omisiòn de impuestos por que tenemos programas deficientes y obsoletos... Un saludo y feliz fin de semana!!![/b]
Tópico: ENTERO DE CUOTAS IEPS, SOLO DE PUBLICO EN GENERAL?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2009 15:26:13 Asunto: Re: ENTERO DE CUOTAS IEPS, SOLO DE PUBLICO EN GENERAL?
[quote]YA CALMESE no se enoje si se sigue sulfurando así se le va a subir el azucar ehhh y recuerde que hay broncas con los endulzurantes artificiales......saludos. PD Y el chiste del gato? vaya humorcito, ya vayase pa obregon. [/quote] [b]Es que me caen gordos esos que analizan las Leyes pero ignoran la aplicaciòn...a veces comenten la osadia de hacerse llamar fiscalistas.....grrrr..jajaja Y nombre, en obregon puras plagas...creo que me tirarè a perder en alguna panga que me lleve a Asia o Rusia....ahì esta mi futuro.[/b]
Tópico: IEPS Asiento Contable gasolineras
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2009 16:21:05 Asunto: Re: IEPS Asiento Contable gasolineras
[b]Buenas tardes. Como sabes, unos centavos del precio de venta de la gasolina y diesel corresponden a IEPS que le trasladas al consumidor final. Por lo anterior, y suponiendo que sabes cuantos centavos corresponden a cada litro de magna, premium o diesel, el asiento es asì, ejemplifico (no son reales las cifras): IEPS x 1 lt magna= .44 centavos Vendes 1 litro a 6.99, los cuales se componen asì: Subtotal...... $5.70 IVA 15%.... 0.85 IEPS......... 0.44 Asì las cosas, se contabiliza asì: Cargo Bancos o clientes.... $ 6.99 Abono Ventas magna...................$ 5.70 IVA trasladado 15%..................... 0.85 IEPS por pagar........................... 0.44[/b]
Tópico: PM NO LUCRATIVA, PUEDE VENDER ACTIVOS?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2009 06:37:43 Asunto: Re: PM NO LUCRATIVA, PUEDE VENDER ACTIVOS?
[b]De que puede, puede... claro esta con sus consecuencias fiscales correspondientes... veamos una resoluciòn por parte de la autoridad: FECHA 07 - Febrero - 2008 TEMA Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) SUBTEMA Personas Morales no contribuyentes ANTECEDENTES: Es una persona moral con fines no lucrativos toda vez que la misma es un sindicato. Expone que, al realizar una enajenación de bienes distintos de su activo fijo, se ve en la necesidad de expedir un comprobante fiscal, por lo que considera se le confirme su criterio en el sentido de que quedará como contribuyente del impuesto sobre la renta, solo en el ejercicio que realice operaciones empresariales y en el subsecuente volverá a considerarse como persona moral no contribuyente. CONSIDERANDOS: Tomando en consideración que es una persona moral que se encuentra en el Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos, ésta no es contribuyente del impuesto sobre la renta, salvo que se ubicara en los supuestos establecidos por el artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. De lo anterior, se concluye en primer término que no es contribuyente del impuesto sobre la renta, sin embargo, según señala en su promoción, obtuvo ingresos por el concepto de enajenación de bienes distintos de su activo fijo, en consecuencia se encuentra en la hipótesis establecida en el párrafo primero del artículo 94, es decir, pasa a ser contribuyente del impuesto sobre la renta respecto de dichos ingresos. En ese sentido, si bien es cierto se ubicó en la hipótesis antes referida, el numeral en comento no establece que en los subsecuentes ejercicios se convierta en contribuyente del impuesto sobre la renta, sino que se considerará como sujeto de dicho impuesto, solamente respecto de dichos ingresos y solamente respecto del ejercicio en que se hayan percibido los ingresos a que alude en su promoción. Corrobora lo anterior, el hecho de que en las reglas 2.9.7., 2.14.1., 2.17.1. y 2.17.2., todas de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, se prevea dicha situación, estableciéndose en las mismas la mecánica a seguir, cuando las contribuyentes personas morales no contribuyentes hayan enajenado bienes distintos de su activo fijo, sin que en ningún momento se mencione que éstas, al ubicarse en la hipótesis motivo de la presente consulta, originará que en los siguientes ejercicios cambien de régimen dichos contribuyentes. De las reglas anteriores, se concluye de que no obstante, de que se confirma el criterio planteado por parte de su representada, es de observarse que de acuerdo a la fracción III, de la Regla 2.14.1., se advierte que si se manifiesta el sindicato como una organización, que realice actividades que se ofrezcan al público, constituida por una multitud de actos que se repitan independientemente por los cuales obtiene una ganancia, bajo estos supuestos su representada, tendrá la obligación de efectuar un aumento y/o disminución de obligaciones, según corresponda. RESOLUTIVO: ÚNICO: Se confirma el criterio en el sentido de que toda vez que realizó una enajenación de bienes distintos de su activo fijo, y se vio en la necesidad de expedir un comprobante fiscal, ésta se considerará como contribuyente del impuesto sobre la renta, respecto de los ingresos obtenidos y sólo respecto del ejercicio que realizó las operaciones empresariales y en el subsecuente ejercicio volverá a considerarse como persona moral no contribuyente, es decir no cambiará su régimen fiscal en virtud de dichos ingresos. NOTA: Esta resolución se emitió conforme a las disposiciones legales vigentes en 2008. [/b] [i]Ups.. creo que no es el tema...¿serà que ando dormido...? es muy temprano en mi rancho!!![/i] [i]Editado: Marzo 21, 2009 06:40:59[/i]
Tópico: OTROS INGRESOS ES ACUMULABLE ??'
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2009 17:27:32 Asunto: Re: OTROS INGRESOS ES ACUMULABLE ??'
[b]Siendo realistas, ¿te parece justo deducir para IETU todo el gasto cuando recuperas parte de él?....así mismo ¿cuando recuperas esa parte excedente no la pones a jugar para IVA?.....[/b]
Tópico: DAR DE ALTA UNA AC PARA NO PAGAR IDE
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2009 16:42:49 Asunto: Re: DAR DE ALTA UNA AC PARA NO PAGAR IDE
[quote]Hola , te recomiendo lo siguiente: 1.- Banorte te da opciones legales, checalo , pregunta y analizalo. 2.- Via telegrafos haces una transferencia a tu cuenta y eliminas el IDE. [/quote] [b]¿Te refieres a créditos con Banorte y pagarle en efectivo? Aunque fué mediante regla miscelanea, creo que telegrafos ya va a empezar (sino es que ya lo hizo) a girar 'instrucciones de retencion de IDE'....aguas!!! (validas o no, pero es contingencia)[/b]
Tópico: ENTERO DE CUOTAS IEPS, SOLO DE PUBLICO EN GENERAL?
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2009 16:40:39 Asunto: Re: ENTERO DE CUOTAS IEPS, SOLO DE PUBLICO EN GENERAL?
[b]Platicalo con el contador que dices, como siempre digo hay de criterios a criterios... si él ya se asesoró con un abogado fiscalista y le ve posibilidades de 'lucrar' con el IEPS, pues ya son sus riesgos!!!![/b]
Tópico: DAR DE ALTA UNA AC PARA NO PAGAR IDE
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2009 13:31:24 Asunto: Re: DAR DE ALTA UNA AC PARA NO PAGAR IDE
[quote]EN ESTE CASO EL CONTRIBUYENTE AL QUE LE ESTA AFECTANDO EL IDE, ES UNA PERSONA MORAL Y SI ESTA DICTAMINADA. [/quote] [b]Ok, ya con conocimiento de tu situación, te lanzo una serie de pregunta que te guiaran hacia el camino (que en mi opinión sería el correcto, ya si piensas otra cosa lo expones y se analiza: 1. ¿La abarrotera está mal financiera que no puede financiar al gobierno por 25 días hábiles que tardaría la devolución del IDE? 2. ¿La abarrotera es perdedora y no genera ISR para acreditarse el IDE Vs este impuesto, así mismo no genera IVA ó IETU para que sea compensado el IDE Vs estas contribuciones y por el remanente solicitar devolución? (en este caso, ponle números para que visualices la conveniencia o no de aventarte a crear la figura de la AC) 3. ¿Quienes estan vendiedo la idea? (aquí aguas, muchos venden por vender y les vale queso que sea inecesario el gasto, mientras ellos ganen...la cosa cambia si ustedes como grupo estan armando el negocio o la estrategia) 4. ¿No le ven riesgos tales como que la autoridad llegue a considerar como ingresos los que reciba la AC por administrarle los recursos a las abarroteras o en su caso elusión porque el fisco sufre un demerito al no causarse un IDE por ventas al contado que teoricamente debieron cusar dicho impuesto? En fin, un saludo y estamos en contacto!!![/b] [i]Editado: Marzo 20, 2009 13:32:48[/i] [i]Editado: Marzo 20, 2009 13:33:20[/i]

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