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Tópico: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2009 10:43:48 Asunto: Re: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
[quote]Es deducible hasta el tope de $250.00 diarios. [/quote] [b]Creo que andas un poco desviado del tema....dale lectura al art. 44 de LISR, ya que no dice 'podra', sino que señala claramente 'considerará'[/b]
Tópico: Deducción de cubre bocas,antibacteriales y jabón para manos
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2009 10:39:15 Asunto: Re: Deducción de cubre bocas,antibacteriales y jabón para manos
[b]Buen día. No había accesado al tema, simplemente porque no pensé que hubieran manejado algo asi como que se requeria de alguna publicación para hacer deducible este concepto.... La respuesta va de la mano con la 'respuesta' a la siguiente pregunta ¿cómo haces deducibles las erogaciones por concepto de botiquines médicos?.. Recuerda, las enfermedades representan baja de productividad, y un patrón cuida que sus empleados esten sanos.....va de la mano este asunto!!! Claro, no está demas tener un control de entrega de cubrebocas, y algunos memos internos para darle sustento a erogaciones importantes ..... Un saludo!!!![/b] [i]Editado: Mayo 18, 2009 10:41:18[/i]
Tópico: IMSS e ISSSTE ¿pros y contras?
Bruno

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 18, 2009 10:30:49 Asunto: Re: IMSS e ISSSTE ¿pros y contras?
[b]Gracias Mem por el tip, de hecho, lo había pasado por alto....lo analizo!!!![/b]
Tópico: IMSS e ISSSTE ¿pros y contras?
Bruno

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 17, 2009 15:34:12 Asunto: Re: IMSS e ISSSTE ¿pros y contras?
[quote]Esa practica de prohibir otro trabajo, esta fuera de la CPEUM. Pero, bueno es algo comun. El primero que rompe con el seguimiento de nuestra Carta Magna, es el propio Gobierno. A que grillos los jefecitos, buscan tenerlos bien amarrados a las ubres. 1.- Contrata a sus empleados por honorarios, no les entrega ISSSTE. 2.- Y luego con les da la supuesta planta. Es decir, contratados a prueba, (tambien es una arbitrariedad a la ley), ya contratados de planta, se les prohibe estar teniendo otros trabajos. Como si la paga fuese tan buena. Si se cumple con los tiempos, que se pague. Si no pues no hay pago. Que el otro trabajo se haga lo mismo. A los bueyes de mi compadre, todo el rigor de la ley. A los mios solo se aplique por arribita. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Es por eso que tenemos una cultura de estar haciendo las cosas chuecas. Es que si se hacen derecho, uno no queda muy conforme, pues resulta algo incomodo hacer las cosas bien en la primera ocasion. Que despues, mejor se desarregla y se hacen las cosas como en Mexico mandan. Pero, no como la CPEUM. ¿Seran asi, las cosas? O ¿es pura coincidencia? [/quote] [b]Buenas tardes Enrique. De hecho, en teorìa tus apreciaciones serìan razonables, pero en la pràctica tenemos que dicha medida se aplica debido a que no se puede ser juez y parte, o por ejemplo tenemos el caso del Jefe Diego, el muy recanijo litiga mediante su despacho y a la vez se acomoda las Leyes a conveniencia, o sea un negocio redondo.... Como el anterio existen muchos casos, y el gobierno teoricamente tiene todo controlado, pero en la práctica se les van las patas.... Po lo anterior comprendo totalmente que en el caso de un funcionario público se le prohiba tener 'chamba' por fuera.....aun cuando sabemos que los que amazan poder y fortuna se las ingenian para evadir tal regulaciòn. Un saludo!![/b]
Tópico: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2009 13:16:24 Asunto: Re: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
[b]Como que estos temas son para un lunes.. los viernes y sábados es de relax...te hubieras esperado!!!!!!! jajajaja[/b]
Tópico: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2009 14:27:11 Asunto: Re: ADQUISICION DE AUTOMOVIL POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO
[b]En mi opinión, se debe concatenar (que bonito se escucha, no se ni que significa) lo siguiente: [i]Artículo 42. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes: II. [color=red]Las inversiones [/color]en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.[/i] Entonces, ¿para arrendamiento financiero cual es la cantidad que se considera como 'inversión? [i]Artículo 44. Tratándose de contratos de arrendamiento financiero, el arrendatario considerará como [color=red]monto original de la [u]inversión[/u][/color], la cantidad que se hubiere pactado como valor del bien en el contrato respectivo.[/i] Por lo anterior, en mi opinión al plasmarse en el contrato de arrendamiento financiero que el automovil tiene un valor de $180,000 pesos, la diferencia con los $175,000 es un importe que no puede ser deducible porque supera el 'tope'. Existe un criterio que basa su dicho en que los $175,000 son aplicables al ejercicio, es decir que si un automovil tiene un valor de $600,000 multipliacarán esta cifra por 25%, resultando $150,000 de deducción (no me metí con actualizaciones)... entonces, considera que es deducible porque no supera el monto de $175,000. Con lo último comentado no comparto el criterio... Un saludo!!![/b] [i]Editado: Mayo 15, 2009 14:28:32[/i] [i]Editado: Mayo 15, 2009 14:28:59[/i]
Tópico: Existe alguna condonación del Pago del 2% sobre nomina
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2009 14:00:50 Asunto: Re: Existe alguna condonación del Pago del 2% sobre nomina
[b]¿Giro hotelero, restaurantero o servicios de esparcimiento?...sino es así no entras en el decreto..... [i]'Se otorga un subsidio fiscal a las entidades federativas que, con posterioridad a la entrada en vigor de este Decreto, eximan de los Impuestos sobre Nóminas y sobre Hospedaje a los contribuyentes de los sectores de hotelería, restaurantes y servicios de esparcimiento'[/i] Pero no está demás seguir el consejo de PACO... no sea que saquen algo para los demas mortales!!![/b]
Tópico: REQUISITOS PARA DEVOLUCION DE IVA
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2009 11:39:21 Asunto: Re: REQUISITOS PARA DEVOLUCION DE IVA
Venancio, accede aquí, encontraras 'TODOS' los requisitos para cualquier trámite en el SAT (saca probecho de este, vendeselo a tus compañeros.....digo, nada es gratis...): [url]ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/legislacion09/a1A060509.doc[/url] [i]Editado: Mayo 15, 2009 11:39:41[/i]
Tópico: Acreditamiento del ietu vs imss
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 15, 2009 10:55:13 Asunto: Re: Acreditamiento del ietu vs imss
[quote]hola foristas: PORQUE EN EN 2009 YA NO SE PUEDE ACREDITAR EL IETU CONTRAS LAS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CLARO CON SU RESPECTIVO PORCENTAJE ME PUEDEN DAR EL FUNDAMENTO [/quote] [b]Nunca se ha podido 'acreditar EL IETU contra las aportaciones de SS'... así como lo planteas....[/b]
Tópico: DUDA LEYENDA EN CHEQUES
Bruno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 14, 2009 22:41:43 Asunto: Re: DUDA LEYENDA EN CHEQUES
[b]LISR Pongase a practicar en un despacho para que no ande pidiendo que le hagan la tarea!!!![/b]

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