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Tópico: multa
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2005 Asunto: Re: multa
Dicha multa se considera una sanción formal, dado que su existencia se debe a un incumplimiento de las disposiciones fiscales, en este caso el incumplimiento al entero de impuestos retenidos en el término que marca la ley. Ahora bien, dudo que la multa derive de algún requerimiento dado qeu la multa por incumplimiento esta por los $773.00, pienso que dicha sanción deriva del inicio de las facultades de comprobación por parte de la autoridad, sera así??? Saludos!
Tópico: DEVOLUCION 2003
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2005 Asunto: Re: DEVOLUCION 2003
Que tal compañero, para solicitar la devolución del Impuesto Sobre la Renta es indispensable que previo hayas presentado la declaración del ejercicio, no importa que haya sido presentada fuera del plazo establecido. El único requisito que te establece la ley es haber presentado la declaración en donde hayas manifestado el saldo a favor, el fundamento lo encuentras en el tercer párrafo del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Saludos!
Tópico: llego otra multa
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: llego otra multa
Como lo comentan los compañeros la autoridad tiene facultades para requerir hasta tres requerimientos por obligación, por lo que te sugiero presentar las declaraciones de manera espontánea o bien pelear las multas. El fundamento de lo anterior lo encuentras en el artículo 41 fracción III Saludos!
Tópico: Ajuste inflacionario
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: Ajuste inflacionario
Que tal compañera tu respuesta viene en el artículo 47 de la ley de renta, en específico en su fracción V, donde te dice qeu no serán considerados créditos cualquier ingreso cuya acumulación esté condicionada a su percepción efectiva. Saludos!
Tópico: Momentos de acreditar IVA P.F.
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: Momentos de acreditar IVA P.F.
Como lo comentas el Impuesto al Valor AGregado se deberá de acreditar proporcionalmente, es decir, lo deberás acreditar al momento en que lo hayas pagado y no en su totalidad ya que recordemos que a partir de 2003 el IVA se causa por flujo efectivo. Si realizaste el pago por 25,000.00 deberás acreditar solamente el iva de dicha partida, y de manera consecutiva en los pagos mensuales que realices. El fundamento de lo anterior lo encuentras en el primer párrafo del artículo 1-B de la ley de la materia, pues en dicho ordenamiento te hace referencia a que los anticipos se consideran como efectivamente pagados cuando realizas el acto que extingue la obligación. Salduos!
Tópico: DEPRECIACION ACELERADA AUTOMOVIL 2002
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: DEPRECIACION ACELERADA AUTOMOVIL 2002
Que tal compañero, sería improcedente la deducción inmediata de automoviles dado que así lo establece el propio artículo 220 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Saludos!
Tópico: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Como responsable solidario???? En que sentido hacerlo administrador único o por que vía.
Tópico: sucesion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: sucesion
Para efectos fiscales dale una leída al artículo 109 de renta no recuerdo bien que fracción y el art. 106. También puedes encontrar en el código civil federal todo lo relativo a este tema. Saludos!
Tópico: Pagaré el I.S.C.A.S.?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: Pagaré el I.S.C.A.S.?
Tiene que pagar definitivamente, ya que el principio de relatividad de las sentencias establece qeu el beneficio solamente le es aplicable al peticionario de amparo. Te recomiendo que comiences con una consulta sobre situaciones reales y concretas para confirmar el criterio de no pago por parte de la empresa solicitante, generalmente el SAT rechaza este tipo de estrategias pero te comento que si lo llevas a nulidad el Tribunal esta obligado a aplicar la jurisprudencia. _Saludos!
Tópico: CITATORIOS URGE AYUDA!
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: CITATORIOS URGE AYUDA!
Si no llego el diligenciario, te tiene que levantar otro para que se sigan las formalidades establecidas en el artículo 137 del CFF. Saludos!

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