Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de Abogado

Autor Mensaje
Tópico: Comp'n vs ret. IVA: Permitida por CFF, prohibida x CFF
Abogado

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 28, 2006 Asunto: Re: Comp'n vs ret. IVA: Permitida por CFF, prohibida x CFF
Ok, de acuerdo que no se pueda compensar debido a que la LIVA abroga a la ley anterior. Ahora que pasa en los casos en los que la retención se paga y luego se acredita bajo el fundamento del artículo 5 de la LIVA?? No sería el mismo razonamiento de la compensación, toda vez que el artículo 1.A penultimo párrafo de igual manera lo prohibe, al señalar textualmente que contra el entero de la retención no podrá realizarse acreditamiento, compensación o disminución alguna??' O serán tiempos y cosas distintas al señalar que contra la retención no procede acredimiento, pero dicha retención una vez pagada podrá acreditarse??? Esperemos comentarios al respecto
Tópico: SEGUROS DE HOMBRE CLAVE ¿DEDUCIBLE?
Abogado

Mensajes: 12
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2006 Asunto: Re: SEGUROS DE HOMBRE CLAVE ¿DEDUCIBLE?
Acaba de salir un articulo respecto a la deduccion del hombre clave la revista es paf la número 411, esta muy interesante el artículo ya que se invocan jurisprudencias que acreditan la deducibilidad del gasto. Saludos!
Tópico: RETIRO DE EFECTIVO
Abogado

Mensajes: 25
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 21, 2006 Asunto: Re: RETIRO DE EFECTIVO
Que tal compañero podrías abundar respecto a la planeación que realizan en cd. Juárez. Como que no me cuadra eso de regresar el dinero en efectivo, yo creo que la persona que te daría la factura estaría incurriendo en delitos fiscales al no declarar ese dinero, o bien al realizar la simulación de los actos. Te agradezco de antemano.
Tópico: urgente informacion de controles volumetricos
Abogado

Mensajes: 1
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2006 Asunto: Re: urgente informacion de controles volumetricos
Debes de aportar datos adicionales, como bien si la revisión dio inicio con una orden de visita o bien una solicitud de información y documentación, a lo mejor se podría pedir una prorroga de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del cff, sin embargo tienes el riesgo ya que dichos controles forman parte de la contabilidad de conformidad con lo establecido en el artículo 28 fracción V del CFF. Adicionalmente el artículo 111 fracción VII del cff considera como delito el no llevar controles volumetricos, alterarlos o destruirlos. Saludos Cordiales!
Tópico: controles volumetricos
Abogado

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2006 Asunto: Re: controles volumetricos
Que tal compañera forista, te comento que diversos contribuyentes plantearon la inconstitucionalidad de la obligación de llevar controles volumentricos en las gaseras, siendo que todos estos amparistas perdieron la instancia ya que la corte resolvió que las obligaciones formales no se encuentran sujetas a los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad, sino qeu estos principios únicamente y exclusivamente son aplicables a las propias contribuciones. Ya existen varias tesis de jurisprudencia a la fecha en donde en todas y cada una de ellas establecen el planteamiento que te comento para el efecto de fallar en contra de los particulares. Saludos!
Tópico: Pago en Efectivo
Abogado

Mensajes: 22
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2006 Asunto: Re: Pago en Efectivo
Coincido con la estratégia que comenta el compañero cervantes-quijano ya que con dichas operaciones o mas bien maquinaciones se cumplirian todos los requisitos para hacer deducible el pago. Les comento que yo la salve en una revisión de un cliente realizando un contrato de mutuo para que los ingresos no sean considerados como acumulables, lo que en el caso que nos ocupa no resulta aplicable pero si podría servir como para robustecer el comentario de cervantes. [/list]
Tópico: Calculo socio cooperativista
Abogado

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2006 Asunto: Re: Calculo socio cooperativista
Posiblemente ese recibo fue expedido por una empresa que presta servicios de outsorcing, pues para ellos lo que recibe el socio ordinario cooperativista se encuentre exento para efectos de isr. Saludos!
Tópico: ISAI EN LA CD. DE MEXICO
Abogado

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2006 Asunto: Re: ISAI EN LA CD. DE MEXICO
Así mismo te comento que dicho impuesto ha sido declarado inconstitucional por el poder judicial de la federación por lo que podrías evaluar el interponer los medios de defensa pertinentes para lograr la devolución del pago efectuado por concepto de isai. Saludos!
Tópico: negaron devolucion de iva
Abogado

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2006 Asunto: Re: negaron devolucion de iva
Puedes acudir a los medios de defensa para efectos de combatir la resolución definitiva que ha emitido la autoridad con motivo de la devolución. Para ello deberá evaluar el costo beneficio. Saludos Cordiales. p.d. Para impugnar la citada resolución tienes 45 días hábiles al en que haya surtido efectos la notificación.
Tópico: Duda sobre el Plazo para notificar Acta Final!
Abogado

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 30, 2006 Asunto: Re: Duda sobre el Plazo para notificar Acta Final!
Que tal compañero. A ver si entendí tu planteamiento. Dices que si el oficio de observaciones podrá aplazar la revisión por un término adicional de 6 meses, podría darse el caso siempre y cuando previo al oficio de observaciones te hubieren notificado un oficio de ampliación. Lo anterior es así, ya que el código fiscal de la federación prevé que las visitas domiciliarias como las de gabinete podrán ampliarse por un término de 6 meses, (antes de las reformas del 28 de junio de 2006), para lo cual es indispensable que te notifiquen un oficio de ampliación, la cual muchas veces es ilegal ya que no hay motivos válidos y suficientes como para tener ampliado el término legal. Ahora, si no te han notificado este ofiico de ampliación, la revisión deberá concluir en un término de 6 meses, lo que al parecer en tu caso ha excedido por lo que si interpones los medios de defensa ordinarios podrías lograr una defensa satisfactoria arguyendo para ello qeu el artículo 50 del cff establce que la orden o solicitud de información quedarán sin efectos así como las actuacoines por parte de los visitadores. Así esta la cuestión con las ampliaciones de visita. Saludos cordiales!

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55