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Tópico: Iva acreditable
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: Iva acreditable
Gracias mi estimado, lo que pasa es que una persona del despacho me estaba poniendo en duda, se que solamente a las personas con actividades exentas no se les permite el acreditamiento. Gracias BR1, por cierto muy valiosas tus aportaciones. Saludos!
Tópico: Iva acreditable
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Iva acreditable
Que tal compañeros, tengo una inquietud respecto a una persona moral. Esta persona solamente realiza actividades gravadas a la tasa 0% para efectos del IVA, la duda esta en que si dicha persona podrá acreditar en su totalidad el iva que le sea trasladado? Ahora bien, podrá esta misma persona compensar dicho saldo a favor? Les agradesco de antemano.
Tópico: gastos de mantenimiento
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: gastos de mantenimiento
Que tal ratoncillo, podrías no cobrar el iva si es que estas constituido como una AC, pues con esta figura no se persigue el fin de lucro además de que dichas personas no estan afectas al pago de dicho tributo. -saludos
Tópico: gastos de mantenimiento
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: gastos de mantenimiento
Claro que estas obligado, de conformidad a lo que dispone el artículo 1 fracción III y 14 fracción I de la Ley del IMpeusto al Valor AGregado. Ante tales consideraciones deberás trasladar el IVA por las actividades que desarrollas. Saludos!
Tópico: Gasolina...
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: Gasolina...
Muy valiosa tu aportación compañero. Ya me esperaba una prórroga dado que las gaseras aún no cuentan con la infraestructura, ahora bien, dicha prorroga no es oficial pro lo que a la fecha podemos esperar cualquier cosa de las autoridades fiscales. Saludos!
Tópico: metimos recurso de revocacion y repuso el sat el procedim..
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: metimos recurso de revocacion y repuso el sat el procedi
Que tal compañero, generalmente los créditos de comercio exterior son caros por lo que te recomiendo que te pongas en contacto con un abogado fiscalista, a fin de evitar arbitrariedades por parte de las autoridades fiscales. De entrada al haberse reiniciado el procedimiento, el recurso de revocación intentado fue para determinados efectos, esto es, no se logró la nulidad lisa y llana de los creditos recurridos, para esto te recomiendo que te vayas a segunda instancia (Juicio de Nulidad), para lo cual tendrás 45 días hábiles a partir de la notificación de la resolución recaída a recurso de revocación. Te recomiendo que dichos créditos se peleen de fondo y no de forma, esto, para lograr una nulidad lisa y llana del acto impugnado. Ahora bien, si la autoridad fue omisa en establecier el plazo para recurrir dicha sentencia el contribuyente contará con un plazo doble, es decir 90 días para impugnar la sentencia. Finalmente, te comento qeu la autoridad tiene un término perentorio de 4 meses para reponer el procedimiento. Saludos y cualquier duda la comentamos.
Tópico: Depósito bancario: ¿Ingreso presunto?
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: Depósito bancario: ¿Ingreso presunto?
Compañero FCAUNAM no me llegó tu mensaje, pero con gusto comentamos el artículo 16 de la LISR ya que hay suficiente material incluso constitucional. Saludos!
Tópico: hospedaje y alim. de P.F. o P.M. que prestan Servicios a P.M
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: hospedaje y alim. de P.F. o P.M. que prestan Servicios a
asi es como lo comenta el compañero, si los gastos efectuados se realizan en una franja menor los 50 km que circunden el establecimiento la deducción que procede es al 25%, ahora bien si los gastos exceden del limite los podrás deducir al 100% en lo que respecta a consumos en restaurantes. Ahora bien respecto a los gastos efectuados por hospedaje los puedes hacer deducibles al 100% siempre y cuando el establecimiento se encuentre a mas de 50km que circunden el establedimiento del contribuyente. Respecto a dichos gastos la autoridad no distingue, solamente hace distinción de pagos por hospedaje en el extranjero. Fundamentos art 32 fracciones V y XX. Saludos!
Tópico: llenado de factura
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: llenado de factura
Las disposiciones son muy claras, es obligación por parte del que expide el comprobante desglozar los impuestos que deban trasladarse, esto de conformidad con el artículo 29-A fracción VI, referente a los requisitos de los comprobantes fiscales. Ahora bien el contribuyente que recibe el comprobante podrá acreditar los impuestos trasladados en el improbable caso de que la factura no contenga el desgloce, pues a la fecha existen criterios jurisprudenciales que lo permiten. Por otra parte el no trasladar los impuestos en el respectivo comprobante se incurre en la comisión de una infracción, por lo que la autoridad impondrá las sanciones qeu por derecho le correspondan al contribuyente. Saludos!
Tópico: F.E.A. ?
Abogado

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: F.E.A. ?
Dale una leida al artículo 18 del CFF, en pocas palabras dicho ordenamiento establece que la FEA será solamente obligatoria en aquellas cuestiones determinadas por la autoridad, lo que en la actualidad la autoridad ha sido omisa en precisar cuales trámites se presentaran a través de la FEA. Se que los dictamenes para efectos fiscales se deben de presentar con la FEA, pero hasta ahi. Saludos!

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