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Tópico: MISMA REVISION
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2007 Asunto: Re: MISMA REVISION
[quote:70bfca478a="ALBERTORH"]ES SOBRE LOS MISMOS HECHOS COMPAÑERO JJFARIAS, COMO SI EMPEZARAN DE NUEVO.[/quote:70bfca478a] Aparentemente significa que la sentencia definitiva dictada por la Sala Regional competente fue sin duda para efectos, esto es, para reponer un vicio de forma surgido durante las facultades de comprobación ejercidas por la Autoridad, por lo que se encuentran en aptitud de subsanar ese vicio y proceder de nuevo a ejercer sus facultades. Practicamente lo que hicieron fue tumbar el crédito, pero ojo, quedo viva la facultad de la Autoridad para revisar. Asi que a como lo comentas no hay problema alguno continuaran la visita domiciliaria subsanando los vicios formales cometidos, aqui lo que me inquieta es como ustedes al ver la resolución no actuaron en tiempo y corrigieron sus propios errores cometidos y que tuvieron como consecuencia el fincamiento del crédito fiscal, precisamente para evitar eso, por que por lo que se ve a simple vista, van a volver a determinarselos.
Tópico: CANCELACION DE CREDITO Y MULTA RCV
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 12, 2007 Asunto: Re: CANCELACION DE CREDITO Y MULTA RCV
Mas que prescripción y considerando que ya tienes el embargo practicamente encima, lo que debes hacer es oponer excepciones en contra de dicha diligencia, toda vez que las facultades de la autoridades han caducado, al exceder del plazo previsto en el Art. 146 del CFF. Asesorate con un abogado, yo se que puede ser poco el monto, pero el escrito necesita cierta tecnica juridica. SUERTE
Tópico: MISMA REVISION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 12, 2007 Asunto: Re: MISMA REVISION
[quote:e12a656f81="ALBERTORH"]HOLA COMPAÑEROS. HACE TIEMPO ME SOLICITARON UNA INFORMACION Y DETERMINARON UN CREDITO FISCAL, ESTE YA SE GANO EN JUICIO DE NULIDAD. APENAS DESPUES (YA DEL JUICIO) ME REQUIEREN NUEVAMENTE LA MISMA INFORMACION. QUE PUEDO HACER. BUEN DIA[/quote:e12a656f81] Es sobre los mismos hechos??? No será que la resolución fue para efectos? Haber si aportas mas de información.
Tópico: MULTA INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 11, 2007 Asunto: Re: MULTA INFONAVIT
Para que opere la figura de la espontaneidad a que hace referencia el Art. 73 del CFF es necesario que la omision no sea descubierta por las autoridades, situación que y de acuerdo a la información aportada señalando que ya te fue notificado el requerimiento, es evidente que no puede aplicarse como tal. Lo anterior es asi, toda vez que como se desprende de tu planteamiento, las formalidades de las notificaciones de carácter personal fueron practicadas adecuadamente, tal y como lo dispone el Art. 137 del CFF, es decir, hubo ya un citatorio de por medio. Ahora bien, si no fue asi, claro que opera la figura de la espontaneidad, solo que normalmente tienes que hacerlo valer mediante una acción legal, por que es sumamente dificil que te acepten dicha argumentación. SUERTE
Tópico: Alta ante el SAT de un extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2007 Asunto: Re: Alta ante el SAT de un extranjero
Los extrajeros como ya lo comentaron necesitan permiso para poder trabajar en el País, ya que sus actividad se encuentra regulada por la Ley General de Población. Para poder trabajar debe informar a la secretaria de gobernación, la actividad a la cual se va a dedicar, o en su caso, solicitar el cambio de calidad migratoria, a otra que le permita trabajar.
Tópico: Condonacion de Credito Fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2007 Asunto: Re: Condonacion de Credito Fiscal
Las reglas relativas a dicho tramite lo puedes encontrar en el acuerdo JG-SAT-IE-3-2007 publicado recientemente en el DOF. SUERTE
Tópico: Multa Imss requerimiento de embargo
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 09, 2007 Asunto: Re: Multa Imss requerimiento de embargo
[quote:3266a3e5d3="hgobh"]Buenas tardes, tengo un problema resulta que hace tiempo llego una multa del imss pero por motivos ajenos se extravio y no se pago, ahora nos llego requerimiento de pago y embargo, mi duda es hay algun procedimiento para pedir alguna condonacion o algun formato para solicitar prorroga y el fundamento? agradeceria mucho su ayuda[/quote:3266a3e5d3] Puedes aplicar el acuerdo 187/2003 y solicitar la condonación del 60%, el problema radica en que no creo que los ejecutores te den la oportunidad de pedirlo, aunque claro con algo de dinero suelen hacerlo. SUERTE
Tópico: PLAZO PARA PAGAR MULTA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 09, 2007 Asunto: Re: PLAZO PARA PAGAR MULTA
El fundamento lo puedes encontrar en el Art. 65 del CFF, que a la letra dice: "Las contribuciones omitidas que las autoridades fiscales determinen como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación, así como los demás créditos fiscales, [b:15a2d4ce50]deberán pagarse o garantizarse, [u:15a2d4ce50]junto con sus accesorios[/u:15a2d4ce50], dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que haya surtido efectos para su notificación[/b:15a2d4ce50]."
Tópico: AUDITORIA FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2007 Asunto: Re: AUDITORIA FISCAL
Yo creo que el riesgo esta latente, inclusive pueden pasar dos años mas y eso no te exenta de alguna fiscalización, el mismo CFF establece los plazos de caducidad de las atribuciones por parte de la Autoridad, asi que no te confies.
Tópico: CONSULTA DE ABOGADOS
jjfarias

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2007 Asunto: Re: CONSULTA DE ABOGADOS
Es cierto el principio, primero en tiempo es primero en derecho, lo que aparentemente esta siendo el abogado es tratar de dilatar el procedimiento judicial del acreedor, pero inevitablemente puede llevar la conducta al fraude, toda vez que el inmueble esta en prenda y ya existe un derecho real. Ahora bien, supongo que al señalar que no quieres perderlo significa entonces que ya se vencio el documento y el acreedor intentará o si no es que haya ejercido acción, por lo que las pretensiones del abogado las veo muy riesgosas, no has optado por asesorarte con algun otro o de plano hacer un convenio y pagar en parcialidades.

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